III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-12395)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se publica el Convenio con la Demarcación de Andalucía, Ceuta y Melilla del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, para la regulación de las actuaciones necesarias para el visado colegial de aquellos trabajos, promovidos por la Autoridad Portuaria de Huelva, que sean ejecutados por Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Sábado 27 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72791

Décima.
Durante la vigencia del presente convenio, el colegio emitirá todas las certificaciones
que la APH solicite tanto del presente convenio, como de los visados emitidos y de los
pagos de las PCV respectivas.
Undécima.
Los ICCP responsables de los trabajos profesionales promovidos por APH tendrán
las coberturas correspondientes al seguro de responsabilidad civil profesional concertado
por el Fondo de Asistencia Mutua (FAM). Colegio se hará cargo del pago del importe de
la franquicia en caso de siniestro amparado por la indicada póliza.
En los trabajos de dirección de obra, los colaboradores naturales de los Ingenieros
de Caminos, Canales y Puertos que no tengan esta condición, estarán igualmente
cubiertos por dicho seguro, siendo también a cargo del colegio el pago de la prima por la
eliminación de la franquicia en dichos casos. Los colaboradores beneficiarios de esta
cobertura serán únicamente los que figuren en la relación anexa a este convenio. Las
actualizaciones de dicha relación de profesionales deberán ser aceptadas por ambas
partes. El contenido básico actual que ofrece la cobertura de la póliza de
Responsabilidad Civil Profesional es el siguiente:
– Un Seguro General que cubre a todos los Ingenieros de Caminos, Canales y
Puertos Colegiados con una cobertura por daños a terceros de 100.000 euros por
siniestro. Existe una franquicia fija de 30.000 euros.
– Un Seguro de Trabajos Profesionales que cubre a los Ingenieros de Caminos
Colegiados del trabajo visado, siempre que en la fecha del siniestro el trabajo se
encuentre efectivamente visado y el asegurado esté colegiado en el Colegio de
Ingenieros de Caminos Canales y Puertos. También tendrán la consideración de
asegurados los colaboradores naturales de los anteriores. La cobertura por daños a
terceros es de 400.000 euros por siniestro, en exceso de la Póliza General, es decir,
hasta 500.000 euros, reduciéndose la franquicia fija a 10.000 euros. Incluye una
cobertura de daños a la propia obra por el 50 % de la cobertura de daños a tercero.
– Un Seguro para Direcciones de Obra o Direcciones de contrato de obra y trabajos
asimilados sometidos a visado con una cobertura por daños a terceros producidos a
partir de la apertura al uso público de la obra de 1.300.000 euros por siniestro en exceso
de los 500.000 euros de las Pólizas anteriores, es decir, hasta 1.800.000 euros, con una
franquicia fija de 10.000 euros. Cubre los daños a terceros, excluidos los daños a la
propia obra ocasionados después de la apertura de ésta al uso público.
Desde la eficacia del convenio el colegio facilitará a la APH una copia de la póliza
contratada y, durante la vigencia del mismo, o de sus prórrogas, colegio informará
puntualmente a la APH sobre posibles modificaciones de las coberturas anteriores o de
otros contenidos de la póliza de Responsabilidad Civil Profesional contratada.

La APH incluirá en los contratos de obra y en sus pliegos de condiciones una
cláusula expresando la obligación por parte del contratista de designar un delegado de
obra, cuyo nombramiento deberá ser visado en el colegio profesional que corresponda a
la titulación de dicho delegado, adecuada a la naturaleza de las obras de que se trate.
Decimotercera.
El colegio se compromete a revertir un importe equivalente al 5 % de los ingresos
que perciba la APH por aplicación de este convenio de visado en cada período anual en
cursos de formación para el personal adscrito a esta Administración (no solo para los
técnicos, extensivo a todo su personal) sobre cualquier tema que la APH considere

cve: BOE-A-2023-12395
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.