III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-12405)
Resolución de 18 de mayo de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Once, para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones educativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado "Programa Reina Letizia para la inclusión".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72883
CP 28012, y con CIF G-78.661.923. Actúa en su calidad de Vicepresidente ejecutivo
de la Fundación ONCE en virtud de las facultades que le fueron conferidas mediante
escritura de elevación a público de acuerdos del Patronato otorgada ante el Notario
de Madrid don Alberto Bravo Olaciregui, en fecha 11 de septiembre de 2018, con el
n.º 1.586 de su protocolo que le confieren facultades para suscribir convenios de
colaboración con los organismos de la Administración General del Estado.
En lo sucesivo, individualmente cada «Parte», y conjuntamente las «Partes».
Ambas partes reconociéndose capacidad jurídica y de obrar suficiente para el
otorgamiento del presente Acuerdo (el «Acuerdo»),
MANIFIESTAN
I. Que el Real Patronato sobre Discapacidad (Responsable del Tratamiento) es un
organismo autónomo adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, cuyo
fin es la promoción y mejora de los derechos de las personas con discapacidad, así
como su desarrollo personal, inclusión social y prevención de las discapacidades a
través de la planificación de políticas, estrategias, planes y programas relativos a la
discapacidad.
II. Que la misión de Fundación ONCE (Encargado del Tratamiento) es contribuir a
la plena inclusión social de las personas con discapacidad, apoyando así a hacer
efectivo el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación.
III. Que, en virtud del correspondiente convenio prorrogado de fecha 02/06/2021, El
Encargado del Tratamiento se ha comprometido a prestar al Responsable del
Tratamiento los servicios de gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la
mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad,
denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión» (los «Servicios»).
IV. Que, para la ejecución de dichos Servicios, el Encargado del Tratamiento
necesita tratar los datos personales responsabilidad del Responsable del Tratamiento.
V. Que, para regular dicho acceso, ambas Partes acuerdan el otorgamiento del
presente acuerdo, que se regirá por Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, (en adelante, «RGPD»), su normativa de
desarrollo y en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales en especial, por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
Segunda.
Duración.
El presente Acuerdo estará vigente durante todo el tiempo de prestación de los
Servicios contratados al Encargado del Tratamiento. No obstante lo anterior, ambas
Partes acuerdan las estipulaciones del presente Acuerdo con intención expresa o
implícita de que continúen en vigor tras el momento de resolución o vencimiento del
mismo, se mantendrán en vigor y continuarán vinculando a ambas Partes según lo
estipulado.
cve: BOE-A-2023-12405
Verificable en https://www.boe.es
1.1 El presente Acuerdo tiene por objeto definir las condiciones conforme a las
cuales el Encargado del Tratamiento llevará a cabo el tratamiento de datos personales
necesario para la correcta prestación de los Servicios proporcionados al Responsable
del Tratamiento.
1.2 La prestación de los Servicios contratados implica la realización por el
Encargado del Tratamiento de los siguientes tratamientos: registro, organización,
consulta, conservación, modificación y supresión de datos personales.
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72883
CP 28012, y con CIF G-78.661.923. Actúa en su calidad de Vicepresidente ejecutivo
de la Fundación ONCE en virtud de las facultades que le fueron conferidas mediante
escritura de elevación a público de acuerdos del Patronato otorgada ante el Notario
de Madrid don Alberto Bravo Olaciregui, en fecha 11 de septiembre de 2018, con el
n.º 1.586 de su protocolo que le confieren facultades para suscribir convenios de
colaboración con los organismos de la Administración General del Estado.
En lo sucesivo, individualmente cada «Parte», y conjuntamente las «Partes».
Ambas partes reconociéndose capacidad jurídica y de obrar suficiente para el
otorgamiento del presente Acuerdo (el «Acuerdo»),
MANIFIESTAN
I. Que el Real Patronato sobre Discapacidad (Responsable del Tratamiento) es un
organismo autónomo adscrito al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, cuyo
fin es la promoción y mejora de los derechos de las personas con discapacidad, así
como su desarrollo personal, inclusión social y prevención de las discapacidades a
través de la planificación de políticas, estrategias, planes y programas relativos a la
discapacidad.
II. Que la misión de Fundación ONCE (Encargado del Tratamiento) es contribuir a
la plena inclusión social de las personas con discapacidad, apoyando así a hacer
efectivo el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación.
III. Que, en virtud del correspondiente convenio prorrogado de fecha 02/06/2021, El
Encargado del Tratamiento se ha comprometido a prestar al Responsable del
Tratamiento los servicios de gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la
mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad,
denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión» (los «Servicios»).
IV. Que, para la ejecución de dichos Servicios, el Encargado del Tratamiento
necesita tratar los datos personales responsabilidad del Responsable del Tratamiento.
V. Que, para regular dicho acceso, ambas Partes acuerdan el otorgamiento del
presente acuerdo, que se regirá por Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, (en adelante, «RGPD»), su normativa de
desarrollo y en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales en especial, por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
Segunda.
Duración.
El presente Acuerdo estará vigente durante todo el tiempo de prestación de los
Servicios contratados al Encargado del Tratamiento. No obstante lo anterior, ambas
Partes acuerdan las estipulaciones del presente Acuerdo con intención expresa o
implícita de que continúen en vigor tras el momento de resolución o vencimiento del
mismo, se mantendrán en vigor y continuarán vinculando a ambas Partes según lo
estipulado.
cve: BOE-A-2023-12405
Verificable en https://www.boe.es
1.1 El presente Acuerdo tiene por objeto definir las condiciones conforme a las
cuales el Encargado del Tratamiento llevará a cabo el tratamiento de datos personales
necesario para la correcta prestación de los Servicios proporcionados al Responsable
del Tratamiento.
1.2 La prestación de los Servicios contratados implica la realización por el
Encargado del Tratamiento de los siguientes tratamientos: registro, organización,
consulta, conservación, modificación y supresión de datos personales.