III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12404)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Valentia Edetanotum FV8 de 210 MWp/210 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Castellón y Valencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72870
Con fecha 16 de mayo de 2023, el promotor remitió un estudio de avifauna con
trabajo de campo abarcando un periodo de visitas desde septiembre de 2022 a abril
de 2023, inferior al ciclo anual, dejando fuera del estudio el periodo reproductor de las
especies presentes o potencialmente presentes en el área de estudio.
El estudio realizado destaca que la LAAT de 132 kV discurre al norte de Quart de les
Valls, en una zona de cortados verticales, siendo estos entornos muy valorados por el
águila perdicera y el búho real (especie en LESRPE). En este sentido, se selecciona un
área de interés que engloba las áreas elevadas donde se han localizado estas dos
especies, así como las zonas bajas más inmediatas, donde tanto el búho real como el
águila perdicera podrían acudir para obtener alimento, aprovechando la menor densidad
de la cobertura vegetal. A fin de minimizar el impacto del proyecto sobre estas dos
especies, al menos, en el tramo de la línea de evacuación más cercano al área
delimitada como «área de interés», el estudio recomienda la instalación de dispositivos
salvapájaros, así como la elección de apoyos de línea que no sean susceptibles (o
minimicen el riesgo) de electrocución y la limitación de los trabajos en época
reproductiva.
En el emplazamiento de las plantas se ha manifestado como una zona de paso,
campeo o presencia puntual de rapaces como el busardo ratonero (Buteo buteo), el
cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), el mochuelo europeo (Athene noctua) o el aguilucho
lagunero occidental (Circus aeruginosus).
El estudio de avifauna contempla una serie de recomendaciones sobre posibles
medidas preventivas y correctoras como es el caso de guardar un período de parada
biológica entre el 1 de marzo y el 30 de junio que afectaría a la fase de obras a los
trabajos de movimiento de tierras, apeo de arbolado, poda y manejo de la vegetación
natural e instalación de cualquier tipo de infraestructura. Igualmente, se señala la
consideración de la Resolución de 15 de octubre de 2010, del DOCV, por la que se
establecieron las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución y
se ordenaron medidas para la reducción de la mortalidad de aves en líneas eléctricas de
alta tensión en la Comunidad Valenciana.
b.5 Suelo. La PSFV Nules-Moncofa se sitúa en una zona clasificada como suelos
de muy alta o elevada capacidad agrológica (Clase A) según la cartografía de capacidad
agrológica del suelo del Institut Cartogràfic Valencià. A este respecto la Dirección
General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana señala las
limitaciones a la implantación de centrales fotovoltaicas en esta clase de suelo en virtud
de la normativa autonómica de ordenación territorial, por lo que no considera viable la
ocupación del suelo necesaria en los términos municipales de Nules y Moncofa. Esta
cuestión también es reseñada en el informe, de carácter desfavorable, emitido por el
ayuntamiento de Moncofa.
b.6 Población y bienes materiales. Respecto a la planificación territorial del riesgo
de inundación, la PSFV Segorbe afecta a zonas de peligrosidad geomorfológica en virtud
del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre prevención del riesgo de
inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA). A este respecto, el Servicio de
Gestión Territorial de la citada Dirección General de Política Territorial y Paisaje, señala
que el PATRICOVA prohíbe la instalación de centros de producción de energía en suelos
no urbanizables afectados por peligrosidad geomorfológica, a no ser que exista un
estudio específico y detallado que pueda justificar una incidencia escasa del riesgo de
inundación sobre la actividad a implantar. El citado Servicio de Gestión Territorial señala
en su informe las zonas sobre las que no debería instalarse paneles en el sector oriental
de la PSFV Segorbe.
No consta a fecha de esta resolución las respuestas del promotor a los informes de
los organismos citados en este apartado.
c. Valoración del órgano ambiental. Los informes desfavorables emitidos por los
organismos competentes en medio natural, ordenación del territorio, paisaje,
infraestructura verde y patrimonio cultural, todos ellos de la Generalitat Valenciana, han
identificado fuertes limitaciones al desarrollo del proyecto en virtud de los criterios y
cve: BOE-A-2023-12404
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72870
Con fecha 16 de mayo de 2023, el promotor remitió un estudio de avifauna con
trabajo de campo abarcando un periodo de visitas desde septiembre de 2022 a abril
de 2023, inferior al ciclo anual, dejando fuera del estudio el periodo reproductor de las
especies presentes o potencialmente presentes en el área de estudio.
El estudio realizado destaca que la LAAT de 132 kV discurre al norte de Quart de les
Valls, en una zona de cortados verticales, siendo estos entornos muy valorados por el
águila perdicera y el búho real (especie en LESRPE). En este sentido, se selecciona un
área de interés que engloba las áreas elevadas donde se han localizado estas dos
especies, así como las zonas bajas más inmediatas, donde tanto el búho real como el
águila perdicera podrían acudir para obtener alimento, aprovechando la menor densidad
de la cobertura vegetal. A fin de minimizar el impacto del proyecto sobre estas dos
especies, al menos, en el tramo de la línea de evacuación más cercano al área
delimitada como «área de interés», el estudio recomienda la instalación de dispositivos
salvapájaros, así como la elección de apoyos de línea que no sean susceptibles (o
minimicen el riesgo) de electrocución y la limitación de los trabajos en época
reproductiva.
En el emplazamiento de las plantas se ha manifestado como una zona de paso,
campeo o presencia puntual de rapaces como el busardo ratonero (Buteo buteo), el
cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), el mochuelo europeo (Athene noctua) o el aguilucho
lagunero occidental (Circus aeruginosus).
El estudio de avifauna contempla una serie de recomendaciones sobre posibles
medidas preventivas y correctoras como es el caso de guardar un período de parada
biológica entre el 1 de marzo y el 30 de junio que afectaría a la fase de obras a los
trabajos de movimiento de tierras, apeo de arbolado, poda y manejo de la vegetación
natural e instalación de cualquier tipo de infraestructura. Igualmente, se señala la
consideración de la Resolución de 15 de octubre de 2010, del DOCV, por la que se
establecieron las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución y
se ordenaron medidas para la reducción de la mortalidad de aves en líneas eléctricas de
alta tensión en la Comunidad Valenciana.
b.5 Suelo. La PSFV Nules-Moncofa se sitúa en una zona clasificada como suelos
de muy alta o elevada capacidad agrológica (Clase A) según la cartografía de capacidad
agrológica del suelo del Institut Cartogràfic Valencià. A este respecto la Dirección
General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana señala las
limitaciones a la implantación de centrales fotovoltaicas en esta clase de suelo en virtud
de la normativa autonómica de ordenación territorial, por lo que no considera viable la
ocupación del suelo necesaria en los términos municipales de Nules y Moncofa. Esta
cuestión también es reseñada en el informe, de carácter desfavorable, emitido por el
ayuntamiento de Moncofa.
b.6 Población y bienes materiales. Respecto a la planificación territorial del riesgo
de inundación, la PSFV Segorbe afecta a zonas de peligrosidad geomorfológica en virtud
del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre prevención del riesgo de
inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA). A este respecto, el Servicio de
Gestión Territorial de la citada Dirección General de Política Territorial y Paisaje, señala
que el PATRICOVA prohíbe la instalación de centros de producción de energía en suelos
no urbanizables afectados por peligrosidad geomorfológica, a no ser que exista un
estudio específico y detallado que pueda justificar una incidencia escasa del riesgo de
inundación sobre la actividad a implantar. El citado Servicio de Gestión Territorial señala
en su informe las zonas sobre las que no debería instalarse paneles en el sector oriental
de la PSFV Segorbe.
No consta a fecha de esta resolución las respuestas del promotor a los informes de
los organismos citados en este apartado.
c. Valoración del órgano ambiental. Los informes desfavorables emitidos por los
organismos competentes en medio natural, ordenación del territorio, paisaje,
infraestructura verde y patrimonio cultural, todos ellos de la Generalitat Valenciana, han
identificado fuertes limitaciones al desarrollo del proyecto en virtud de los criterios y
cve: BOE-A-2023-12404
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 126