III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12401)
Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Mejora de la playa del Postiguet, en Alicante (Alicante)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72826
efecto invernadero a lo largo del tiempo sin acciones de mitigación), e informa
favorablemente el proyecto siempre que se apliquen las medidas contenidas en el EsIA y
en el Plan de Vigilancia Ambiental.
La Dirección General de Cambio Climático de la Generalitat Valenciana informa que
la cota de los nuevos espigones, junto con los aumentos de la playa seca proyectados,
mejorarán la defensa costera reduciendo el riesgo de posibles inundaciones debido a la
acción del mar, sumatorio del ascenso del nivel de mar debido al cambio climático y el
oleaje extremo durante los temporales. Además, considera que la alternativa proyectada
va en línea, desde el punto de vista del cambio climático, con los objetivos de la
Estrategia Valenciana de Energía y Cambio Climático 2030.
Calidad del aire y ruido:
Según se recoge en el EsIA, los principales impactos previstos sobre la atmósfera
se producirán durante la fase de obras por la emisión de gases de combustión de la
maquinaria y por la emisión de ruidos que pueden causar molestias sobre la población y
otros seres vivos. Por ello el promotor realizará un mantenimiento preventivo y regular de
la maquinaria para evitar ruidos procedentes de elementos desajustados que trabajan
con altos niveles de vibración.
También indica que no se espera que las actuaciones produzcan la generación de
nubes de polvo que puedan impactar sobre la atmósfera, ya que la arena de la playa que
se prevé distribuir tiene un contenido en finos prácticamente nulo. El material procedente
de cantera será lavado en origen para evitar la emisión de partículas y el material a
reutilizar del desmantelamiento del dique exento estará ya lavado por el mar. Se
realizará el vertido de la arena dragada desde la menor altura posible para no provocar
nubes de polvo y se planificará de acuerdo con el régimen de vientos. En caso de
considerarse necesario se contemplará la opción de colocar pantallas rompevientos.
El material de cantera necesario para conformar el núcleo del espigón y las escolleras
para ejecutar el espigón a sección completa deberán estar previamente lavados para
limitar su contenido en finos.
El promotor señala que el nuevo espigón evitará la llegada a la playa de aguas
fecales cuando se produzcan vertidos de estas a través del colector, minimizando la
percepción de olores por parte de los usuarios de la playa. Actualmente el Ayuntamiento
de Alicante está cursando un expediente para mejorar la Estación Depuradora de Aguas
Residuales (EDAR) de Rincón de León, encargada de depurar las aguas que vierten por
el emisario más cercano a la playa.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO informa
que las operaciones de dragado suponen una fuente de ruido antropogénico al medio
marino y que pueden generar un desplazamiento de las especies marinas de la zona,
haciendo hincapié en la tortuga boba (Caretta caretta) que, además de encontrarse
presente en el área de actuación, anida durante la época estival (de manera esporádica)
en el levante español, por lo que los trabajos que supongan movimientos de arenas en la
playa, deberán ser evitados entre el 1 de junio y el 15 de octubre, quedando así recogido
en las condiciones de esta resolución.
Tal y como se recoge en el EsIA, las zonas de acopio de materiales y parques de
maquinaria se establecerán fuera de la propia playa, en el entorno pavimentado y
asfaltado de esta, por lo que solo se producirá una ocupación temporal del suelo.
Además, será en esta zona donde se realicen las operaciones de mantenimiento y
reparación de maquinaria, evitando el riesgo de vertidos accidentales de aceites y
combustibles sobre el sustrato. También se limitará y balizará la zona de actuación para
concentrar los fenómenos de compactación del terreno sin alterar el resto de la playa.
El EsIA indica que se producirá la alteración de los fondos marinos por la remoción
de materiales existentes, su ocupación por la construcción del espigón proyectado, el
cve: BOE-A-2023-12401
Verificable en https://www.boe.es
Suelo y geomorfología:
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
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efecto invernadero a lo largo del tiempo sin acciones de mitigación), e informa
favorablemente el proyecto siempre que se apliquen las medidas contenidas en el EsIA y
en el Plan de Vigilancia Ambiental.
La Dirección General de Cambio Climático de la Generalitat Valenciana informa que
la cota de los nuevos espigones, junto con los aumentos de la playa seca proyectados,
mejorarán la defensa costera reduciendo el riesgo de posibles inundaciones debido a la
acción del mar, sumatorio del ascenso del nivel de mar debido al cambio climático y el
oleaje extremo durante los temporales. Además, considera que la alternativa proyectada
va en línea, desde el punto de vista del cambio climático, con los objetivos de la
Estrategia Valenciana de Energía y Cambio Climático 2030.
Calidad del aire y ruido:
Según se recoge en el EsIA, los principales impactos previstos sobre la atmósfera
se producirán durante la fase de obras por la emisión de gases de combustión de la
maquinaria y por la emisión de ruidos que pueden causar molestias sobre la población y
otros seres vivos. Por ello el promotor realizará un mantenimiento preventivo y regular de
la maquinaria para evitar ruidos procedentes de elementos desajustados que trabajan
con altos niveles de vibración.
También indica que no se espera que las actuaciones produzcan la generación de
nubes de polvo que puedan impactar sobre la atmósfera, ya que la arena de la playa que
se prevé distribuir tiene un contenido en finos prácticamente nulo. El material procedente
de cantera será lavado en origen para evitar la emisión de partículas y el material a
reutilizar del desmantelamiento del dique exento estará ya lavado por el mar. Se
realizará el vertido de la arena dragada desde la menor altura posible para no provocar
nubes de polvo y se planificará de acuerdo con el régimen de vientos. En caso de
considerarse necesario se contemplará la opción de colocar pantallas rompevientos.
El material de cantera necesario para conformar el núcleo del espigón y las escolleras
para ejecutar el espigón a sección completa deberán estar previamente lavados para
limitar su contenido en finos.
El promotor señala que el nuevo espigón evitará la llegada a la playa de aguas
fecales cuando se produzcan vertidos de estas a través del colector, minimizando la
percepción de olores por parte de los usuarios de la playa. Actualmente el Ayuntamiento
de Alicante está cursando un expediente para mejorar la Estación Depuradora de Aguas
Residuales (EDAR) de Rincón de León, encargada de depurar las aguas que vierten por
el emisario más cercano a la playa.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO informa
que las operaciones de dragado suponen una fuente de ruido antropogénico al medio
marino y que pueden generar un desplazamiento de las especies marinas de la zona,
haciendo hincapié en la tortuga boba (Caretta caretta) que, además de encontrarse
presente en el área de actuación, anida durante la época estival (de manera esporádica)
en el levante español, por lo que los trabajos que supongan movimientos de arenas en la
playa, deberán ser evitados entre el 1 de junio y el 15 de octubre, quedando así recogido
en las condiciones de esta resolución.
Tal y como se recoge en el EsIA, las zonas de acopio de materiales y parques de
maquinaria se establecerán fuera de la propia playa, en el entorno pavimentado y
asfaltado de esta, por lo que solo se producirá una ocupación temporal del suelo.
Además, será en esta zona donde se realicen las operaciones de mantenimiento y
reparación de maquinaria, evitando el riesgo de vertidos accidentales de aceites y
combustibles sobre el sustrato. También se limitará y balizará la zona de actuación para
concentrar los fenómenos de compactación del terreno sin alterar el resto de la playa.
El EsIA indica que se producirá la alteración de los fondos marinos por la remoción
de materiales existentes, su ocupación por la construcción del espigón proyectado, el
cve: BOE-A-2023-12401
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Suelo y geomorfología: