III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12401)
Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Mejora de la playa del Postiguet, en Alicante (Alicante)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Sábado 27 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72832

en el Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el cual se
aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales
que se tienen que observar en la ejecución de obras y trabajos que se realizan en
terreno forestal o en sus alrededores.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño
del mismo, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor)
es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves
y/o catástrofes naturales la presente resolución recoge, resume y traslada los
pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones
suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano
sustantivo, como órgano competente en esta materia, previa autorización del proyecto.
Programa de Vigilancia Ambiental:
El promotor indica en el programa de vigilancia ambiental que se presentará a la
dirección de obra un informe técnico periódico en relación con las actuaciones y posibles
incidencias con repercusión ambiental que se hayan producido, señalando los grados de
ejecución y eficacia de las medidas correctoras, para que, en caso de que los resultados
hayan sido negativos, se pueda estudiar y presentar una nueva propuesta de medidas
correctoras y protectoras del medio ambiente.
Informes y estudios previos realizados por el promotor:










Estudio topo-batimétrico.
Estudio estratigráfico y de sedimentos.
Sondeos geotécnicos.
Caracterización del oleaje, viento y marea.
Caracterización de la calidad de las aguas.
Caracterización de la calidad de los sedimentos.
Caracterización de las comunidades marinas.
Estudio bionómico.
Prospección arqueológica submarina.

Informes y estudios a realizar por el promotor, previo inicio de las obras:
– Estudio topo-batimétrico desde el puerto de Alicante hasta el Club de Regatas, y
desde el trasdós de la playa hasta una profundidad de 5-6 m.
– Estudio de las praderas de fanerógamas marinas y poblamiento de nacras:






Identificación del tipo de fanerógama y determinación de su arranque.
Reconocimiento del estado de conservación de las praderas.
Establecimiento de la densidad de haces y grado de enterramiento.
Identificación y recuento de ejemplares de nacra (Pinna nobilis).
Emisión de informe de resultados.

● Análisis de 4 muestras: 2 en el trazado del futuro espigón y 2 en la playa (1 en
playa seca y otro en el perfil sumergido por encima de la profundidad de cierre).
● Medición del nivel de fosfatos y nitratos.
– Establecimiento de los valores de fondo de turbidez en la zona de actuación y
a 5 m de profundidad fuera de dicha zona y, al menos, durante 5 días.
Estos estudios se realizarán con el objetivo de caracterizar la situación
preoperacional y poder compararla con la situación posterior a las actuaciones.

cve: BOE-A-2023-12401
Verificable en https://www.boe.es

– Caracterización química de los sedimentos: