III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-12397)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publican las Adendas a los Convenios de colaboración para la gestión de las subvenciones dentro del programa de Eco-Incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72800
de los buques. Además, se especifica también que el buque Connemara realiza el
servicio Bilbao –Rosslare hasta el 30 de octubre de 2022, y que el Salamanca entra en
servicio en la ruta Bilbao– Rosslare a partir del 3 de noviembre de 2022.
5. En la cláusula décima del Convenio de Colaboración «Modificación y Resolución
del Convenio» se indica que «El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo
expreso de las partes, siempre que la modificación no afecte a aspectos sustanciales y
se formalice antes de la finalización del plazo de vigencia del mismo».
6. Por todo ello, ambas partes, de común acuerdo, han decidido suscribir la
presente adenda al convenio de colaboración con el fin de modificar el anexo I del
mismo, quedando reflejado lo declarado por la entidad colaboradora en el 1.º proceso de
Selección de Entidades Colaboradoras.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben la presente
Adenda al Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Se modifica el anexo I del Convenio de Colaboración para reflejar lo declarado por la
entidad colaboradora en el 1.º proceso de Selección de Entidades Colaboradoras. En el
anexo 1 de la presente adenda se expone la nueva redacción completa y revisada del
anexo I del Convenio de Colaboración.
Segunda.
Validez y eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).
Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» dentro de los diez días
hábiles desde su formalización de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman el presente
documento en la fecha indicada en la última firma electrónica realizada.–La Secretaria
General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.–El representante de la
entidad colaboradora Brittany Ferries Bilbao, SL, Roberto Castilla Prieto.
Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y CLdN RoRo, SA, para la gestión de las subvenciones del EcoIncentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia
11 de abril de 2023.
De una parte, doña María José Rallo del Olmo, Secretaria General de Transportes y
Movilidad, nombrada por el Real Decreto 353/2020, de 11 de febrero, actuando en
ejercicio de las competencias delegadas por la Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en nombre y representación del citado Ministerio.
De otra parte, don Pablo Pellón Ceballos, en nombre y representación de CLdN
RoRo, SA (en adelante entidad colaboradora), con NIF: LU22055614 y domicilio social
en Rue Schiller 3-7, 2519 Luxemburgo.
cve: BOE-A-2023-12397
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72800
de los buques. Además, se especifica también que el buque Connemara realiza el
servicio Bilbao –Rosslare hasta el 30 de octubre de 2022, y que el Salamanca entra en
servicio en la ruta Bilbao– Rosslare a partir del 3 de noviembre de 2022.
5. En la cláusula décima del Convenio de Colaboración «Modificación y Resolución
del Convenio» se indica que «El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo
expreso de las partes, siempre que la modificación no afecte a aspectos sustanciales y
se formalice antes de la finalización del plazo de vigencia del mismo».
6. Por todo ello, ambas partes, de común acuerdo, han decidido suscribir la
presente adenda al convenio de colaboración con el fin de modificar el anexo I del
mismo, quedando reflejado lo declarado por la entidad colaboradora en el 1.º proceso de
Selección de Entidades Colaboradoras.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben la presente
Adenda al Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Se modifica el anexo I del Convenio de Colaboración para reflejar lo declarado por la
entidad colaboradora en el 1.º proceso de Selección de Entidades Colaboradoras. En el
anexo 1 de la presente adenda se expone la nueva redacción completa y revisada del
anexo I del Convenio de Colaboración.
Segunda.
Validez y eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).
Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» dentro de los diez días
hábiles desde su formalización de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman el presente
documento en la fecha indicada en la última firma electrónica realizada.–La Secretaria
General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.–El representante de la
entidad colaboradora Brittany Ferries Bilbao, SL, Roberto Castilla Prieto.
Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y CLdN RoRo, SA, para la gestión de las subvenciones del EcoIncentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia
11 de abril de 2023.
De una parte, doña María José Rallo del Olmo, Secretaria General de Transportes y
Movilidad, nombrada por el Real Decreto 353/2020, de 11 de febrero, actuando en
ejercicio de las competencias delegadas por la Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en nombre y representación del citado Ministerio.
De otra parte, don Pablo Pellón Ceballos, en nombre y representación de CLdN
RoRo, SA (en adelante entidad colaboradora), con NIF: LU22055614 y domicilio social
en Rue Schiller 3-7, 2519 Luxemburgo.
cve: BOE-A-2023-12397
Verificable en https://www.boe.es
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