III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12329)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Caparacena, de 275 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación en Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente, Valderrubio, Íllora y Atarfe (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72417

Granada de la de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible; Ecologistas en Acción y la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, no se
ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los
mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación, el 31 de mayo de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 5 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Granada». Junto con la información pública, se han solicitado a los ayuntamientos
afectados la publicación en sus correspondientes tablones de anuncios y que se
remitiesen edicto con las fechas de publicación. En este caso, los Ayuntamientos de
Ventas de Huelma, Cacín, Chimeneas, Cijuela, Láchar, Pinos Puente y Valderrubio no
han remitido ningún edicto al respecto. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron
contestadas por el promotor.
Tras el periodo de información pública, tuvo lugar una modificación del trazado de la
Línea aérea de alta tensión LAAT 220 kV desde la SET FV Caparacena 30/220 kV hasta
la SET Promotores Caparacena 400 kV y del alcance del proyecto de la Subestación
eléctrica SET Promotores Caparacena 400 kV, mediante sendas adendas fechadas en
febrero de 2022.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del Estudio de Impacto Ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos y a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, ambos
pertenecientes a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
de la Junta de Andalucía; a la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental
de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía; a la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y a la Dirección General de Emergencias y
Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la
Junta de Andalucía.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada emitió
informe no favorable, en fecha 9 de noviembre de 2021, debido a la necesidad de recibir
y/o analizar los informes preceptivos de la Dirección General de Medio Natural,
Biodiversidad y Espacios Protegidos y a la Dirección General de Calidad Ambiental y
Cambio Climático, ambas pertenecientes a la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía. De este modo, con fecha 13 de
diciembre de 2021, el Área de Industria y Energía emite informe favorable
complementario al respecto.
Extemporáneamente, se recibe, con fecha 16 de febrero de 2023, informe favorable
fechado a 18 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial en Granada de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de
Andalucía, condicionando posibles modificaciones en el trazado de la infraestructura de
evacuación que puedan afectar a montes públicos al establecimiento de una serie de
requisitos de actuación.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su Estudio de Impacto Ambiental (en adelante, EsIA)
han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución
de 2 de enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA o
declaración de impacto ambiental), en la que se establecen las condiciones ambientales,
incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la

cve: BOE-A-2023-12329
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Núm. 125