III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12328)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, la autorización administrativa previa para la planta fotovoltaica Carbo de 81,40 MW de potencia instalada, e infraestructura de evacuación a 30 kV, en Fuente Palmera, Guadalcázar y Almodóvar del Río (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72409

Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del EsIA acompañadas de
solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a la Oficina Española del Cambio Climático de la
Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, a la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Andalucía, a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Andalucía, a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Consejería
Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, a la Dirección
General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y a la
Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Consejería de Cultura y
Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Córdoba emitió informe en fecha 13 de julio de 2021, complementado en fechas 21
y 26 de octubre y 31 de diciembre de 2021.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El anteproyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada
mediante Resolución de 26 de octubre de 2022 de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(en adelante, DIA o declaración de impacto ambiental), en la que se establecen las
condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y que ha sido
debidamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Durante la tramitación ambiental efectuada, la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental solicitó información adicional al promotor, que aportó, con fecha 11
de julio de 2022, una «Adenda al estudio de impacto ambiental del proyecto de planta
fotovoltaica Carbo y su infraestructura de evacuación», fechado en junio de 2022, que
modifica el proyecto para eliminar la instalaciones de la planta fotovoltaica que coinciden
con la cartografía del hábitat 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp.» y establece
las medidas compensatorias, y el «Informe Anual de Avifauna».
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– El proyecto definitivo reflejará adecuadamente todos los cambios introducidos en
la «Adenda al estudio de impacto ambiental del proyecto de planta fotovoltaica «Carbo»
y su infraestructura de evacuación», en tanto no contradigan lo establecido en la DIA
(punto i.3).
– En lo relativo a la vegetación, deberán incluirse en el proyecto, con su
correspondiente presupuesto, las medidas compensatorias para la mejora del HIC 6310
«Dehesas perennifolias de Quercus spp.» y para la mejora de las poblaciones de aves

cve: BOE-A-2023-12328
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Núm. 125