III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12326)
Resolución de 23 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Luminora Solar Dos, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Luminora Solar Dos de 196,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Murcia y San Javier (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72392

No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de San Javier; de la Dirección
General de Energía y Actividad Industrial y Minera de la Consejería de Empresa,
Industria y Portavocía de la Comunidad Autónoma de Murcia; de la Dirección General de
Carreteras de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia; de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias); de
Redexis Gas S.A.; de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena; y de
Fortunata Solar, SL Se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto
en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 24 de marzo de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», y el 17 de marzo de 2021, en el «Boletín Oficial de la
Región de Murcia», habiéndose recibido alegaciones dos años después.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a la Confederación Hidrográfica del Segura,
a la Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial de la Consejería de
Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia; a la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio
Climático de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; a la Dirección General Medio Ambiente
de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; a la Dirección General de Bienes
Culturales de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia; a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería
de Salud Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; a la Dirección
General de Seguridad Ciudadana y Emergencias de la Consejería de Transparencia,
Participación y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia; a la Subdirección General de Evaluación Ambiental del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Dirección General de Ganadería, Pesca
y Acuicultura de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; a la Oficina de Impulso
Socioeconómico del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia; al Servicio de Gestión y Disciplina Ambiental de la Dirección General de Medio
Ambiente de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; al Servicio de Cambio Climático de la
Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería,
Pesca y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; al Servicio
de Planificación y Evaluación Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente de
la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; a la Concejalía de Medio Ambiente del
Ayuntamiento de Murcia; a la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de San
Pedro del Pinatar; a la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de San Javier; a
la Fundación ANSE (Asociación de Naturalistas del Sureste); a Greenpeace España; a la
Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU); al
Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF/ADENA); a la Sociedad Española de
Ornitología (S.E.O./BirdLife); y a Ecologistas en Acción de la Región Murciana.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia emitió
informe en fecha 27 de julio de 2021, complementado posteriormente.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El anteproyecto de la instalación y de su infraestructura de evacuación asociada,
junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración

cve: BOE-A-2023-12326
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Núm. 125