III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12324)
Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Autovía A-57. Tramo: A Ermida-Pilarteiros (Pontevedra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72357

de vista ambiental como del económico, territorial y funcional, por lo que se considera la
primera como la alternativa finalmente seleccionada.
b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto. A la vista del EsIA, de la
información complementaria elaborada por el promotor, del resultado de la información
pública y de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas
interesadas, se reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto y su
tratamiento.
b.1 Población y salud humana. Durante la fase de obras, el EsIA señala que se
incrementarán los niveles sonoros debido al funcionamiento de la maquinaria y de
instalaciones auxiliares, así como el tráfico de vehículos pesados. Además, esta fase
supone la alteración en la accesibilidad y en los servicios presentes en el ámbito del
proyecto (líneas eléctricas, canalizaciones subterráneas, alumbrado, y redes de
abastecimiento y saneamiento del Ayuntamiento de Pontevedra). Por otro lado, durante
la fase de explotación, el tráfico generará un impacto acústico sobre las edificaciones
próximas. Así, en el EsIA se han identificado ciento sesenta y dos edificaciones en las
que se supera el valor límite de inmisión de ruido aplicable a nuevas infraestructuras
viarias en áreas acústicas residenciales en el periodo noche (50 dBs), según se
establece en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica,
objetivos de calidad y emisiones acústicas. Además, se han detectado superaciones de
los valores límite de inmisión correspondientes al día y la tarde aplicables a nuevas
infraestructuras viarias en áreas acústicas residenciales (60 dB en ambos casos)
en setenta y tres y ochenta y siete edificaciones, respectivamente. Como medida
correctora, se propone la instalación de pantallas acústicas.
El promotor propone medidas de buenas prácticas de obra para la protección contra
el ruido, como la no realización de obras entre las veintitrés horas y las siete horas en las
proximidades de núcleos habitados. Para la realización de voladuras, se minimizará la
carga de explosivos por unidad de microrretardo; se realizará un seccionamiento de las
cargas dentro de los barrenos, y se procurará iniciarlos en tiempos distintos, así como
reducir los diámetros de perforación y acortar la longitud de dichos barrenos. Además, se
compensará económicamente a los propietarios expropiados.
La Dirección Xeral de Saúde Pública de la Xunta de Galicia señala, en un primer
informe, que no dispone de la información necesaria para emitir el informe requerido en
el ámbito de sus competencias y, por ello, requiere la identificación, descripción, análisis
y, si procede, cuantificación de los posibles efectos significativos directos o indirectos,
secundarios, acumulativos y sinérgicos del proyecto sobre la población y la salud
humana, así como medidas preventivas, correctoras y de seguimiento, de ser el caso.
En la documentación complementaria presentada con fecha 27 de julio de 2021, el
promotor aporta un nuevo estudio acústico en el que caracteriza los ejes viarios del
entorno del trazado, tanto en lo relativo al tráfico como a las mediciones acústicas
realizadas in situ, y estima las edificaciones residenciales afectadas teniendo en cuenta
los valores límite de inmisión y las previsiones para distintos años. Se obtiene que se
producirían superaciones de los valores límites de inmisión nocturnos en treinta y nueve
edificaciones residenciales para el año 2021, cuarenta y una para el año 2026 y cuarenta
y cinco para el año 2041. Para corregir este impacto, se propone la instalación de 3.400
m de pantallas acústicas de 4 m de altura mínima. Así, se reduce el número de viviendas
en las que se superarían 50 dB durante la noche a trece para el año 2021, catorce para
el año 2026 y 15 para el año 2041. Las viviendas afectadas se localizan a ambos lados
del enlace intermedio que conecta la alternativa seleccionada de la A-57 con la carretera
N-541, a la altura de la población de Carabelos. El promotor señala que resulta imposible
el acondicionamiento de este tramo ya que la instalación de pantallas acústicas presenta
una mayor complejidad al tratarse de un eje secundario. Sin embargo, también indica
que para eliminar la afección sobre estas viviendas será necesaria la aplicación de
dichas pantallas si se considera finalmente viable esta opción. Por último, el promotor

cve: BOE-A-2023-12324
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Núm. 125