III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12323)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Electrificación del tramo Teruel-Sagunto del Corredor Cantábrico-Mediterráneo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72346

recomienda en su informe considerar en el estudio de paisaje los Mapas del Paisaje
elaborados por dicha Dirección General y publicados en la Infraestructura de Datos
Espaciales IDEAragon. En esta línea se ha manifestado el Consejo de Ordenación
Territorial de Aragón en el informe emitido durante el trámite de consultas.
3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes.
De acuerdo con el estudio de riesgos aportado en el Anexo 5 del Estudio, basado
tanto en el análisis de la gravedad del suceso como en el grado de exposición, refleja
que todos los riesgos de accidentes graves o catástrofes son no significativos, a
excepción del riesgo de incendio en las inmediaciones de los núcleos urbanos, que es
considerado aceptable condicionado, por lo que se plantean medidas de protección
frente a incendios.
La Dirección General de Interior y Protección Civil del Gobierno de Aragón informa
que la ejecución y puesta en marcha del proyecto de electrificación del tramo TeruelSagunto del corredor Cantábrico-Mediterráneo no debe suponer un incremento
significativo de los riesgos de protección civil presentes en el territorio afectado, si se
cumplen las medidas preventivas y correctoras contenidas en el estudio informativo,
junto con las establecidas en la normativa de mantenimiento y conservación de líneas
eléctricas. En el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, el promotor deberá
atender a las condiciones expuestas por la Agencia Valenciana de Seguridad y
Respuesta a Emergencias, especialmente en lo que respecta al cumplimiento de
medidas de protección en zonas inundables del Plan de Acción Territorial frente a
Inundaciones de la Comunidad Valenciana (PATRICOVA) y a las normas de seguridad en
prevención de incendios forestales de dicha Comunidad Autónoma.
Programa de vigilancia ambiental (PVA).

De acuerdo con el Estudio, el programa de vigilancia se diseña en 3 etapas: fase
previa al inicio de las obras, fase de construcción y fase de explotación. En esta última
fase, se aplicará durante los tres primeros años desde su puesta en funcionamiento,
salvo para el seguimiento de la avifauna en la LAAT de 400 kV que abarcará los cinco
primeros años de funcionamiento. Esta extensión temporal se considera insuficiente al
menos en cuanto al programa de seguimiento de mortalidad de avifauna por la LAAT,
que deberá prolongarse durante la vida útil de la línea eléctrica. Así mismo, también se
considera insuficiente en cuanto a extensión, ya que también se considera necesario
realizar un seguimiento de la mortalidad de aves causada por la presencia de la LAC
sobre la plataforma ferroviaria, considerando asumible que en este caso tenga una
extensión temporal de cinco años. Estos periodos de seguimiento deberán ser además
prorrogables en función de los resultados de la mortalidad registrada y medidas
extraordinarias adoptadas.
En la fase previa a las obras los principales seguimientos propuestos en el programa
son la ejecución de una prospección de vegetación en la zona prevista de ocupación por
las obras y la realización de recorridos sistemáticos por técnico especialista en fauna,
con objeto de detectar zonas de elevada sensibilidad o vulnerabilidad donde deban
delimitarse zonas de exclusión de obras y otras medidas de protección.
En fase de obras, se prevé realizar un seguimiento diario exhaustivo sobre las obras
a realizar en los terrenos incluidos en la ZEC de Sabinares de Puerto Escandón, con
objeto de garantizar la señalización y protección de aquellos rodales con presencia de
hábitats de sabinares albares. Así mismo, en las áreas identificadas como de mayor
vulnerabilidad para la fauna, y en aquellas otras que se identifiquen en los muestreos
previos al inicio de las obras, deberán efectuarse seguimientos por el técnico especialista
en fauna que verifiquen el cumplimiento de las paradas biológicas acordes con los ciclos
biológicos de las especies afectadas. Otro seguimiento destacado que deberá
desarrollarse durante la fase de obras será la comprobación diaria de la realización de

cve: BOE-A-2023-12323
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