III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-12246)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa, por el que se establecen las condiciones de la ayuda en el que el Consorcio actúa como beneficiario de la operación de creación, equipamiento, puesta en marcha y prestación del programa de la incubadora High-Tech Auto de Galicia dentro del proyecto "Incubadoras de alta tecnología para el fomento de la innovación y la transferencia de la tecnología a las micropymes".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Jueves 25 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 71760

las que se encuentra la letra «n» de la cláusula novena que recoge como obligación del
Consorcio «Aportar la cofinanciación nacional de fondos propios no comunitarios
necesaria para la ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio,
incluyéndose todas las actuaciones realizadas por la Fundación Incyde en el marco de la
asistencia técnica».
Séptimo.
Que, una vez iniciada por parte de ambos organismos la ejecución del proyecto, y en
aras de detallar la cláusula segunda «acciones a desarrollar» del DECA, en lo
concerniente a determinar las concretas acciones a desarrollar por parte de la Fundación
INCYDE, acuerdan suscribir la presente adenda al convenio de colaboración y
Documento que establece las Condiciones de la Ayuda, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Acciones a desarrollar.
La Fundación INCYDE desarrollará las labores propias de una asistencia técnica,
tales como:
– Actuaciones directamente vinculadas con la gestión del proyecto: asesoramiento
técnico en la planificación, ejecución y gestión del proyecto, volcado de datos en la
plataforma habilitada, recopilación de la documentación, análisis y revisión de
expedientes, realización del proceso de verificación y auditoría, y certificación de los
gastos aprobados a la AG FEDER.
– Actuaciones relativas a la preparación, publicidad, adaptación de sistemas
electrónicos, gestión de la convocatoria del proyecto, evaluación, análisis, y selección de
las operaciones a financiar.
– Actuaciones relativas a labores de evaluación y seguimiento de la operación, así
como recogida de indicadores y certificación de los mismos al FEDER en los procesos
de auditoría y evaluación.
– Actuaciones de publicidad, dinamización y difusión del proyecto en su sentido más
amplio, así como organización de foros y jornadas directamente vinculadas con las
Incubadoras de Alta Tecnología.
– Actuaciones formativas en diferentes materias a los equipos gestores del proyecto,
así como a los equipos gerenciales de las Incubadoras.
– Actuaciones relativas a la puesta en marcha, diseño y creación de una red que
englobe a todas las Incubadoras de Alta Tecnología seleccionadas por la Fundación
INCYDE a nivel nacional.
– Actuaciones relacionadas con el apoyo a los incubados a través de herramientas
de impulso y fortalecimiento para sus iniciativas como son la formación on-line, las
invitaciones a eventos, y la gestión de actuaciones de networking.

cve: BOE-A-2023-12246
Verificable en https://www.boe.es

Todas las labores deberán estar enfocadas a lograr una eficaz implementación del
Proyecto, tanto en labores de gestión, control, ejecución, evaluación y seguimiento,
como a mejorar y reforzar los mecanismos de publicidad y difusión.