I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Juventud. (BOE-A-2023-12206)
Ley 2/2023, de 1 de marzo, de Políticas de Juventud de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 71590

2. Respetando el marco competencial establecido en la presente ley, las
actuaciones de estos cuatro programas se concretarán en proyectos y actividades que
quedarán determinadas en la formulación del plan, con la asignación explícita de las
administraciones responsables de su ejecución.
Artículo 40. Metodología de trabajo transversal y fases de desarrollo del plan.
1. El Plan Integral de Juventud de Canarias, desde una metodología de trabajo
transversal, coordina las líneas estratégicas de las políticas de juventud entre los
distintos representantes institucionales que componen el Consejo de Políticas de
Juventud. Además, en la formulación del plan se deben considerar y coordinar las
distintas planificaciones sectoriales que afecten a la población joven.
2. En el seno del Consejo de Políticas de Juventud se designará la comisión
técnica interinstitucional del plan, que participará en su formulación y en su seguimiento
y evaluación, con una metodología de trabajo que permita implicar a todos los agentes
necesarios para elaborar programas de actuación específicos, organizados,
participativos y efectivos, desplegados en todo el territorio de la Comunidad Autónoma
de Canarias.
3. Con carácter interno, el departamento del Gobierno de Canarias con
competencias en materia de juventud será el responsable del impulso del plan y
designará al equipo coordinador del mismo, que actuará en todas las fases en que se
desarrolla, en colaboración con la comisión técnica a la que se hace referencia en el
apartado anterior, estableciéndose además periodos de tiempo específicos para la
finalización de cada fase.
4. El Plan Integral de Juventud de Canarias se desarrolla en cuatro fases:
a) Movilización de la participación, juvenil en primer lugar, con la necesaria
colaboración del Consejo de la Juventud de Canarias, y de la totalidad de agentes y
actores sociales que forman parte activa en las políticas de juventud. Se trata en esta
fase de abrir un proceso participativo y de reflexión a través de distintos espacios
presenciales y virtuales, creados con la finalidad de recoger las aportaciones que
permitan definir las líneas estratégicas del plan y su despliegue en todo el territorio de la
Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Definición. Los resultados obtenidos en la fase de movilización permitirán
identificar las políticas de juventud que deben integrarse en el plan, los objetivos que se
desean alcanzar, los servicios y los niveles de concreción que se pueden generar en
torno a sus líneas estratégicas, y los indicadores necesarios para su seguimiento y
evaluación. Todo ello teniendo en cuenta las necesidades de las personas jóvenes de
Canarias y el diagnóstico de la realidad juvenil territorializada realizado por el
Observatorio Canario de la Juventud, de forma que la planificación responda a la
evidencia de los datos.
c) Implementación. Es necesario convertir los grandes objetivos del plan en
actuaciones y servicios concretos con la finalidad de que lleguen de manera efectiva a
toda la población joven mediante su implementación en todo el territorio autonómico, sin
obviar las especificidades de la realidad juvenil de cada territorio insular y municipal.
Durante esta fase se podrán readaptar las actuaciones y medidas contenidas en el plan
que se consideren necesarias para el logro de una mayor eficiencia y efectividad de las
mismas. Para ello, se realizará una evaluación estratégica y operativa a mitad del
periodo de vigencia del plan.
d) Consolidación y replanificación. Se trata en esta fase de analizar, con la
coordinación del Observatorio Canario de la Juventud, las desviaciones halladas
respecto de los objetivos del plan y de las necesidades definidas, y de analizar también
el contenido, impacto y evaluación de las actuaciones planificadas e implementadas
durante su periodo de vigencia. Las conclusiones de estos análisis permitirán la
modificación de las actuaciones futuras y la nueva planificación integral de las políticas
de juventud.

cve: BOE-A-2023-12206
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Núm. 124