III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12126)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Construcción de pasarela peatonal sobre el río Alberche N-403A, pp.kk. 52+300 al 52+844. Travesía de Escalona. Provincia de Toledo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70955
Paisaje.
El curso del río Alberche a su paso por Escalona ha sufrido una amplia
transformación, tanto por el cambio hidromorfológico del río al estar regulada su
cabecera, como por el incremento de presencia humana y la proliferación de
urbanizaciones.
Tal y como se indica en el documento ambiental, en el diseño de la estructura se ha
considerado prioritario conseguir una solución estructural cuyas formas estén en perfecta
armonía con el puente de piedra actual sobre el río Alberche, integrada en el entorno
natural y encajada en la ribera del río, haciendo coincidir las pilas de la nueva pasarela
con las pilas de los arcos. Con la solución elegida, se indica que no se afecta la visión de
Escalona desde la ribera del río Alberche. Además, se procederá a realizar plantaciones
de especies autóctonas entre las dos infraestructuras y se revegetarán los taludes.
Se incorporará en el proyecto cualquier otra medida que considere oportuna el
órgano ambiental autonómico competente para favorecer la integración de la
infraestructura en el entorno.
Población.
El promotor considera que el proyecto tendrá un impacto positivo sobre la población
al mejorarse las condiciones de movilidad en el municipio, disminuyendo el riesgo de
accidentes de peatones y ciclistas. Sin embargo, durante la fase de obras puede haber
afección a la población por el ruido de maquinaria, por lo que se realizarán mediciones
periódicas para controlar los niveles de ruido cumpliendo la legislación vigente, además
de limitar la velocidad de la maquinaria y revisar su correcto funcionamiento, así como
realizar un plan específico de regulación de tráfico y señalización. El promotor apuesta
por contratar a personal cualificado residente en el área para la construcción de la
pasarela, además de hacer uso de los servicios de Escalona, lo que se considera
positivo para la población.
Patrimonio cultural.
– Se deberá realizar el control y supervisión arqueológica directa de todos los
movimientos de terrenos generados por la obra por parte de un arqueólogo
expresamente autorizado, realizando la conservación in situ y documentación (informes
arqueológicos, memorias y fichas inventario de Carta Arqueológica) de los bienes
inmuebles y de los restos muebles que puedan aparecer. Dicho Control y Seguimiento
Arqueológico deberá garantizarse mediante presentación en la Delegación Provincial de
Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de la
solicitud de autorización de trabajos arqueológicos y proyecto arqueológico de actuación,
así previsto en el artículo 48 de la Ley 4/2013 de 16 de mayo de Patrimonio Cultural de
Castilla-La Mancha, siendo ésta quien deba autorizar expresamente las medidas de
control y conservación pertinentes.
– El promotor deberá notificar con antelación suficiente el inicio y el fin de la obra
ante la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo.
cve: BOE-A-2023-12126
Verificable en https://www.boe.es
En cuanto a la afección al patrimonio histórico‐artístico, la documentación ambiental
indica que la alternativa proyectada no afecta a ningún bien catalogado, ya que el puente
de piedra actual sobre el río Alberche no tiene ningún tipo de protección. Tampoco hay
afección visual del perfil de Escalona ni de su castillo, al ir la pasarela muy pegada al
puente actual y estar ubicada aguas abajo del puente de piedra. Asimismo, no se prevé
afección a vías pecuarias.
La Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, informa favorablemente la
ejecución del proyecto en cuanto a la afección al Patrimonio Cultural, quedando el
promotor obligado a cumplir con las siguientes disposiciones:
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70955
Paisaje.
El curso del río Alberche a su paso por Escalona ha sufrido una amplia
transformación, tanto por el cambio hidromorfológico del río al estar regulada su
cabecera, como por el incremento de presencia humana y la proliferación de
urbanizaciones.
Tal y como se indica en el documento ambiental, en el diseño de la estructura se ha
considerado prioritario conseguir una solución estructural cuyas formas estén en perfecta
armonía con el puente de piedra actual sobre el río Alberche, integrada en el entorno
natural y encajada en la ribera del río, haciendo coincidir las pilas de la nueva pasarela
con las pilas de los arcos. Con la solución elegida, se indica que no se afecta la visión de
Escalona desde la ribera del río Alberche. Además, se procederá a realizar plantaciones
de especies autóctonas entre las dos infraestructuras y se revegetarán los taludes.
Se incorporará en el proyecto cualquier otra medida que considere oportuna el
órgano ambiental autonómico competente para favorecer la integración de la
infraestructura en el entorno.
Población.
El promotor considera que el proyecto tendrá un impacto positivo sobre la población
al mejorarse las condiciones de movilidad en el municipio, disminuyendo el riesgo de
accidentes de peatones y ciclistas. Sin embargo, durante la fase de obras puede haber
afección a la población por el ruido de maquinaria, por lo que se realizarán mediciones
periódicas para controlar los niveles de ruido cumpliendo la legislación vigente, además
de limitar la velocidad de la maquinaria y revisar su correcto funcionamiento, así como
realizar un plan específico de regulación de tráfico y señalización. El promotor apuesta
por contratar a personal cualificado residente en el área para la construcción de la
pasarela, además de hacer uso de los servicios de Escalona, lo que se considera
positivo para la población.
Patrimonio cultural.
– Se deberá realizar el control y supervisión arqueológica directa de todos los
movimientos de terrenos generados por la obra por parte de un arqueólogo
expresamente autorizado, realizando la conservación in situ y documentación (informes
arqueológicos, memorias y fichas inventario de Carta Arqueológica) de los bienes
inmuebles y de los restos muebles que puedan aparecer. Dicho Control y Seguimiento
Arqueológico deberá garantizarse mediante presentación en la Delegación Provincial de
Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de la
solicitud de autorización de trabajos arqueológicos y proyecto arqueológico de actuación,
así previsto en el artículo 48 de la Ley 4/2013 de 16 de mayo de Patrimonio Cultural de
Castilla-La Mancha, siendo ésta quien deba autorizar expresamente las medidas de
control y conservación pertinentes.
– El promotor deberá notificar con antelación suficiente el inicio y el fin de la obra
ante la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo.
cve: BOE-A-2023-12126
Verificable en https://www.boe.es
En cuanto a la afección al patrimonio histórico‐artístico, la documentación ambiental
indica que la alternativa proyectada no afecta a ningún bien catalogado, ya que el puente
de piedra actual sobre el río Alberche no tiene ningún tipo de protección. Tampoco hay
afección visual del perfil de Escalona ni de su castillo, al ir la pasarela muy pegada al
puente actual y estar ubicada aguas abajo del puente de piedra. Asimismo, no se prevé
afección a vías pecuarias.
La Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, informa favorablemente la
ejecución del proyecto en cuanto a la afección al Patrimonio Cultural, quedando el
promotor obligado a cumplir con las siguientes disposiciones: