III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12128)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Nuevas unidades de compresión de Aurín. Almacenamiento subterráneo Serrablo, en Sabiñánigo (Huesca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Martes 23 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70976

b.7 Patrimonio cultural y otros bienes materiales: La Dirección General de
Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón indica que, revisado el proyecto y la Carta
Arqueológica de Aragón, se ha comprobado que no existen yacimientos arqueológicos
conocidos en la zona afectada. En cualquier caso, la ausencia en esa zona de estudios
arqueológicos exhaustivos por parte del promotor no permite realizar una valoración
exacta del impacto del proyecto sobre el patrimonio cultural, por lo que es imprescindible
la realización de labores de prospección arqueológica en las zonas afectadas por el
proyecto, antes de su autorización.
Desde la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte se
considera que las pesquisas realizadas en materia de estudio arqueológico y
paleontológico de la zona son insuficientes, y se recomienda la consulta de las Cartas
Arqueológica y Paleontológica del municipio afectado y contar con las memorias
arqueológica y paleontológica derivadas de las labores de prospección pertinentes antes
de proceder con el proyecto. Del mismo modo, se recomienda la realización de un
estudio sobre el patrimonio cultural arquitectónico, etnográfico, o de cualquier otra índole
que pudiera verse afectado por el proyecto.
En lo relativo a otros bienes materiales, la Dirección General de Ordenación del
Territorio del Gobierno de Aragón indica que el proyecto coincide con los Montes H3077
denominado «Tras Sierra y Sierra» y H0353 denominado «Isín». Tal y como indica el
INAGA, el promotor deberá solicitar la concesión de uso privativo del dominio público
forestal de los citados montes, por tratarse de bienes de dominio público. Durante su
tramitación, se definirán las afecciones de la instalación al monte público, se habrá de
acreditar la compatibilidad con los fines y servicios de los montes de utilidad pública y se
establecerá un condicionado administrativo, técnico, ambiental y económico para la
instalación pretendida, de lo que se informará, dado el caso, en el momento en que se
resuelvan los mencionados expedientes. Asimismo, en caso de que el proyecto afecte al
arbolado, deberá tramitarse la correspondiente autorización ante el Servicio Provincial de
Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca.
Respecto a la posible afección de la línea eléctrica sobre la vía pecuaria «Colada de
Isín a Acumer», el INAGA indica que el promotor deberá solicitar la ocupación temporal
de la vía pecuaria afectada, por tratarse de un bien de dominio público de titularidad de
la Comunidad Autónoma de Aragón. Durante su tramitación, se habrá de acreditar la
compatibilidad con los fines y servicios de la vía pecuaria y se establecerá un
condicionado administrativo, técnico, ambiental y económico para la instalación
pretendida. Además de lo anterior, si se construyeran accesos no privativos a través de
vías pecuarias, y en caso de que se tenga prevista la modificación del trazado o de las
características de los caminos en el ámbito de las vías pecuarias, así como su
mantenimiento o mejora, será preciso tramitar ante el INAGA la correspondiente
autorización de compatibilidad de las mencionadas actuaciones con los usos de las vías
pecuarias.
Asimismo, el uso de caminos públicos que discurran por vías pecuarias por vehículos
no destinados a fines agrícolas, pecuarios o forestales precisa de la tramitación, ante el
Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de
Huesca, de la declaración responsable prevista en el artículo 35.3 del texto actualizado
de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

La Dirección General de Interior y Protección Civil del Gobierno de Aragón informa
que si se cumplen las medidas preventivas contenidas en el EsIA así como la normativa
de mantenimiento y conservación de las líneas eléctricas, la renovación de las unidades
de compresión en el almacenamiento subterráneo Serrablo no debe implicar un
incremento significativo en los riesgos de protección civil existentes en la zona.
Asimismo, indica que la actividad del almacenamiento subterráneo está clasificada
como instalación de riesgo superior por sustancias peligrosas (SEVESO superior),

cve: BOE-A-2023-12128
Verificable en https://www.boe.es

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