I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Cultura. (BOE-A-2023-12083)
Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público de Cultura de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sección 4.ª
Sec. I. Pág. 70802
Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura
Artículo 25. Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura.
1. El Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura es el servicio adscrito al
Instituto Canario de Desarrollo Cultural, a efectos presupuestarios y de recursos
materiales, estructurales y humanos, que desarrolla las funciones de centro de estudios,
información, documentación, análisis e investigación en materia cultural del sistema
público de cultura de Canarias.
2. El Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura pondrá a disposición de la
ciudadanía los estudios e informes elaborados a través de un portal web de libre acceso.
3. En el ejercicio de sus funciones, el Servicio de Investigación y Análisis de la
Cultura, cuando le sea requerida, proveerá de información y documentación al Consejo
Canario de Cultura así como a la Comisión de coordinación del sistema público de
cultura de Canarias.
CAPÍTULO IV
Consejo Canario de Cultura
Artículo 26. Naturaleza del Consejo Canario de Cultura.
1. El Consejo Canario de Cultura es el órgano colegiado de asesoramiento y
consulta del conjunto de las administraciones públicas de Canarias y de los demás
organismos y entes integrados en el sistema público de cultura de Canarias.
2. El Consejo Canario de Cultura queda adscrito a la consejería competente en
materia de cultura, que le proporcionará la asistencia y medios necesarios para su
adecuado funcionamiento, aunque no se integra en su estructura orgánica ni jerárquica.
Artículo 27.
El Consejo Canario de Cultura está integrado por los siguientes miembros:
– Una persona representante de la Academia Canaria de la Lengua.
– Una persona representante de las universidades públicas del territorio de la
Comunidad Autónoma de Canarias, propuesta por la comisión competente en materia de
cultura del Parlamento de Canarias.
– Una persona representante de las bibliotecas integradas en el Sistema
Bibliotecario de Canarias, propuesta por la Comisión Técnica de la Red de Bibliotecas
Públicas de Canarias.
– Una persona representante de la Red de Museos de Canarias.
– Una persona representante de los archivos y hemerotecas titularidad o
gestionados por las administraciones públicas canarias, propuesta por el Consejo
Regional de Archivos de Canarias.
– Una persona representante de las asociaciones representativas del sector de las
artes escénicas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se
encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias, propuesta por la
comisión del Parlamento de Canarias competente en materia de cultura.
– Una persona representante de las asociaciones representativas del sector de la
música en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias que se encuentren
inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias, propuesta por la comisión
competente en materia de cultura del Parlamento de Canarias.
– Una persona representante de las asociaciones representativas del sector de las
artes visuales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias que se encuentren
inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias, propuesta por la comisión del
Parlamento de Canarias competente en materia de cultura.
cve: BOE-A-2023-12083
Verificable en https://www.boe.es
1.
Composición del Consejo Canario de Cultura.
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sección 4.ª
Sec. I. Pág. 70802
Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura
Artículo 25. Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura.
1. El Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura es el servicio adscrito al
Instituto Canario de Desarrollo Cultural, a efectos presupuestarios y de recursos
materiales, estructurales y humanos, que desarrolla las funciones de centro de estudios,
información, documentación, análisis e investigación en materia cultural del sistema
público de cultura de Canarias.
2. El Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura pondrá a disposición de la
ciudadanía los estudios e informes elaborados a través de un portal web de libre acceso.
3. En el ejercicio de sus funciones, el Servicio de Investigación y Análisis de la
Cultura, cuando le sea requerida, proveerá de información y documentación al Consejo
Canario de Cultura así como a la Comisión de coordinación del sistema público de
cultura de Canarias.
CAPÍTULO IV
Consejo Canario de Cultura
Artículo 26. Naturaleza del Consejo Canario de Cultura.
1. El Consejo Canario de Cultura es el órgano colegiado de asesoramiento y
consulta del conjunto de las administraciones públicas de Canarias y de los demás
organismos y entes integrados en el sistema público de cultura de Canarias.
2. El Consejo Canario de Cultura queda adscrito a la consejería competente en
materia de cultura, que le proporcionará la asistencia y medios necesarios para su
adecuado funcionamiento, aunque no se integra en su estructura orgánica ni jerárquica.
Artículo 27.
El Consejo Canario de Cultura está integrado por los siguientes miembros:
– Una persona representante de la Academia Canaria de la Lengua.
– Una persona representante de las universidades públicas del territorio de la
Comunidad Autónoma de Canarias, propuesta por la comisión competente en materia de
cultura del Parlamento de Canarias.
– Una persona representante de las bibliotecas integradas en el Sistema
Bibliotecario de Canarias, propuesta por la Comisión Técnica de la Red de Bibliotecas
Públicas de Canarias.
– Una persona representante de la Red de Museos de Canarias.
– Una persona representante de los archivos y hemerotecas titularidad o
gestionados por las administraciones públicas canarias, propuesta por el Consejo
Regional de Archivos de Canarias.
– Una persona representante de las asociaciones representativas del sector de las
artes escénicas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se
encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias, propuesta por la
comisión del Parlamento de Canarias competente en materia de cultura.
– Una persona representante de las asociaciones representativas del sector de la
música en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias que se encuentren
inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias, propuesta por la comisión
competente en materia de cultura del Parlamento de Canarias.
– Una persona representante de las asociaciones representativas del sector de las
artes visuales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias que se encuentren
inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias, propuesta por la comisión del
Parlamento de Canarias competente en materia de cultura.
cve: BOE-A-2023-12083
Verificable en https://www.boe.es
1.
Composición del Consejo Canario de Cultura.