I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Cultura. (BOE-A-2023-12083)
Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público de Cultura de Canarias.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 70789
CAPÍTULO II
Medios y técnicas para el funcionamiento del sistema público de cultura de
Canarias
Sección 1.ª
Artículo 7.
Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias
Objeto del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
El Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias es el instrumento principal
para la planificación, coordinación y articulación funcional de las actividades y servicios
culturales desarrollados por las administraciones públicas de Canarias y los demás
organismos y entes del sector público, así como por las personas físicas o jurídicas del
sector privado integradas en el sistema público de cultura de Canarias, según lo previsto
en el artículo 3 de esta ley, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la
presente norma.
Artículo 8.
Contenido del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
a) La fijación y evaluación de los objetivos a alcanzar en materia de cultura en el
seno del sistema público de cultura de Canarias, tanto generales como por sectores y
áreas de actuación.
b) La determinación de las líneas de actuación en materia de cultura en el seno del
sistema público de cultura de Canarias, así como de los mecanismos de cooperación,
colaboración y coordinación para su desarrollo.
c) La determinación de los programas del Mapa de Infraestructuras Culturales de
Canarias así como de los criterios para su coordinación y, en su caso, articulación a
través de la Red de Equipamientos Culturales de Utilización Pública, referida en los
artículos 12 y 13 de la presente ley.
d) El análisis y evaluación de los recursos materiales, estructurales, personales y
económicos destinados al funcionamiento del sistema público de cultura de Canarias, en
su caso, identificación de déficits y posibles mejoras y valoración de las necesidades
para atender al cumplimiento de los objetivos establecidos, conforme al calendario fijado,
con sujeción al principio de responsabilidad y al estricto cumplimiento de las obligaciones
presupuestarias y de ejecución del gasto.
e) El análisis y evaluación de las actividades y los servicios culturales desarrollados
y de los planes y programas ejecutados en el seno del sistema público de cultura de
Canarias y, en su caso, identificación de déficits y posibles mejoras con la finalidad de
alcanzar los objetivos establecidos en el propio Marco de Acción Estratégica.
f) La fijación del calendario general de actuaciones del sistema público de cultura
de Canarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos.
g) La determinación de las líneas a desarrollar por las subcomisiones sectoriales,
integradas en la Comisión de coordinación del sistema público de cultura de Canarias,
en los términos establecidos en el artículo 6.11 de la presente ley.
h) El establecimiento de las medidas necesarias, con inclusión de las positivas,
para garantizar el derecho de acceso a la cultura en condiciones de igualdad a los
ciudadanos y ciudadanas que se encuentren situados en las islas más y menos
pobladas, las islas capitalinas y las que no lo son, las áreas metropolitanas y las que no
tienen este carácter, las áreas urbanas y rurales, el centro y la periferia de las ciudades,
así como a las personas de mayor edad, a las personas migrantes, a las personas
privadas de libertad, a las personas con menor capacidad socioeconómica, con especial
atención a las personas con discapacidad. A tal fin, se tendrá en cuenta la promoción y
cve: BOE-A-2023-12083
Verificable en https://www.boe.es
1. El Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias ha de contemplar los
siguientes aspectos:
Núm. 122
Martes 23 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 70789
CAPÍTULO II
Medios y técnicas para el funcionamiento del sistema público de cultura de
Canarias
Sección 1.ª
Artículo 7.
Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias
Objeto del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
El Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias es el instrumento principal
para la planificación, coordinación y articulación funcional de las actividades y servicios
culturales desarrollados por las administraciones públicas de Canarias y los demás
organismos y entes del sector público, así como por las personas físicas o jurídicas del
sector privado integradas en el sistema público de cultura de Canarias, según lo previsto
en el artículo 3 de esta ley, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la
presente norma.
Artículo 8.
Contenido del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
a) La fijación y evaluación de los objetivos a alcanzar en materia de cultura en el
seno del sistema público de cultura de Canarias, tanto generales como por sectores y
áreas de actuación.
b) La determinación de las líneas de actuación en materia de cultura en el seno del
sistema público de cultura de Canarias, así como de los mecanismos de cooperación,
colaboración y coordinación para su desarrollo.
c) La determinación de los programas del Mapa de Infraestructuras Culturales de
Canarias así como de los criterios para su coordinación y, en su caso, articulación a
través de la Red de Equipamientos Culturales de Utilización Pública, referida en los
artículos 12 y 13 de la presente ley.
d) El análisis y evaluación de los recursos materiales, estructurales, personales y
económicos destinados al funcionamiento del sistema público de cultura de Canarias, en
su caso, identificación de déficits y posibles mejoras y valoración de las necesidades
para atender al cumplimiento de los objetivos establecidos, conforme al calendario fijado,
con sujeción al principio de responsabilidad y al estricto cumplimiento de las obligaciones
presupuestarias y de ejecución del gasto.
e) El análisis y evaluación de las actividades y los servicios culturales desarrollados
y de los planes y programas ejecutados en el seno del sistema público de cultura de
Canarias y, en su caso, identificación de déficits y posibles mejoras con la finalidad de
alcanzar los objetivos establecidos en el propio Marco de Acción Estratégica.
f) La fijación del calendario general de actuaciones del sistema público de cultura
de Canarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos.
g) La determinación de las líneas a desarrollar por las subcomisiones sectoriales,
integradas en la Comisión de coordinación del sistema público de cultura de Canarias,
en los términos establecidos en el artículo 6.11 de la presente ley.
h) El establecimiento de las medidas necesarias, con inclusión de las positivas,
para garantizar el derecho de acceso a la cultura en condiciones de igualdad a los
ciudadanos y ciudadanas que se encuentren situados en las islas más y menos
pobladas, las islas capitalinas y las que no lo son, las áreas metropolitanas y las que no
tienen este carácter, las áreas urbanas y rurales, el centro y la periferia de las ciudades,
así como a las personas de mayor edad, a las personas migrantes, a las personas
privadas de libertad, a las personas con menor capacidad socioeconómica, con especial
atención a las personas con discapacidad. A tal fin, se tendrá en cuenta la promoción y
cve: BOE-A-2023-12083
Verificable en https://www.boe.es
1. El Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias ha de contemplar los
siguientes aspectos: