I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Asistencia social. (BOE-A-2023-12085)
Decreto-ley 2/2023, de 23 de febrero, por el que se aprueba el abono de una prestación extraordinaria a las personas titulares de las Pensiones No Contributivas, del Fondo de Asistencia Social y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, para paliar los efectos sociales derivados de la pandemia producidos por la COVID-19 durante el año 2022, así como se modifican puntualmente algunos aspectos de la Ley 5/2022, de 19 de diciembre, de Renta Canaria de Ciudadanía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de mayo de 2023

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Igualmente, en el año 2021 se aprobó el Decreto-ley 15/2021, de 18 de noviembre,
por el que se aprobó el abono de una prestación extraordinaria a las personas titulares
de las Pensiones No Contributivas, del Fondo de Asistencia Social, del Subsidio de
Garantía de Ingresos Mínimos y de la Prestación Canaria de Inserción, residentes en la
Comunidad Autónoma de Canarias, para paliar los efectos sociales derivados de la
COVID-19, así como un suplemento extraordinario a las personas titulares de la
Prestación Canaria de Inserción residentes en los municipios de Los Llanos de Aridane,
El Paso y Tazacorte para paliar los efectos sociales derivados de la crisis volcánica y
otras medidas en los ámbitos social, agrario y de uso del suelo, mediante el abono de
una cuantía individual de 250 euros.
Aunque por razones de limitación presupuestaria no fue posible acometer una
medida similar en el pasado año, por parecidas razones, se hace preciso implementar
nuevamente este año una medida similar de apoyo económico a las personas y familias
beneficiarias de la PNC, el FAS y el SGIM, para paliar los efectos sociales derivados de
la pandemia producidos por la COVID-19 durante el año 2022.
Las Pensiones No Contributivas (PNC) tienen su regulación en los artículos 363
al 373 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
El Fondo de Asistencia Social (FAS) tiene su origen en el Real Decreto 2620/1981,
de 24 de julio, por el que se regula la concesión de ayudas del Fondo Nacional de
Asistencia Social a ancianos y a enfermos incapacitados para el trabajo. En fecha posterior,
el artículo 7 de la Ley 28/1992, de 24 de noviembre, de Medidas Presupuestarias Urgentes,
determina que a partir del 23 de julio de 1992 quedan suprimidas las pensiones reguladas
en el citado Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por lo que únicamente las percibirán
quienes las tuvieran ya reconocidas antes de dicha fecha.
Por su parte, el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) tiene su origen en
la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos que, inspirándose en
los derechos que el artículo 49 de la Constitución reconoce, estableció, entre otras
prestaciones, este subsidio. Esta ley fue derogada por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Sin
embargo, la disposición transitoria única del texto refundido dispone que los beneficiarios
del SGIM continuarán con el derecho a la percepción del mismo, siempre que sigan
reuniendo los requisitos exigidos reglamentariamente para su concesión y no opten por
pasar a percibir pensión no contributiva de la Seguridad Social.
En efecto, el impacto que la citada pandemia ha tenido en la Comunidad Autónoma
de Canarias ha puesto en evidencia la necesidad de mejorar la asistencia que se presta
a este colectivo ya que la adquisición de material de protección frente a la COVID-19
supone un gasto extra, que no pueden afrontar, pues se encuentran en una situación
generalizada de precariedad económica, teniendo en cuenta la cuantía de la prestación
que perciben y su bajo nivel de renta.
Por otra parte, la evolución de la economía, que sigue marcada por la crisis social y
económica, ahora agravada con la guerra de Ucrania, así como el aumento de los
precios de los productos básicos, que ya se situaba en agosto de 2022 en el 9,5 %
interanual, recomiendan reforzar nuevamente la protección social en aquellos hogares
más vulnerables, con la aprobación de una prestación extraordinaria de 250 euros para
compensar el aumento del gasto de las familias. De hecho, según datos recientes, la
tasa de variación interanual del IPC en Canarias se sitúa en el 6,9 % en noviembre
de 2022, si bien supone una bajada de una décima con respecto al dato del mes anterior
(7,0 %). A nivel estatal dicha tasa tomó el valor 6,8 %. Estos datos suponen que la
inflación superaba en noviembre de 2022 la media nacional por primera vez desde 2016
y bajaba solo una décima.
La tasa de variación mensual de noviembre tomó el valor 0,3 %, situándose la
variación en lo que va de año en el 5,7 %. Por otra parte, la tasa anual del índice general
sin alimentos no elaborados ni productos energéticos (inflación subyacente) toma el

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