T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-12071)
Sala Segunda. Sentencia 29/2023, de 17 de abril de 2023. Recurso de amparo 5398-2021. Promovido por doña Katayoun Seirany Seirany respecto de las sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid y un juzgado de instrucción de la capital que le condenaron por un delito leve de amenazas. Vulneración de los derechos de defensa y a la asistencia letrada: falta de provisión de abogado en causa penal donde la asistencia letrada no es preceptiva.
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Lunes 22 de mayo de 2023

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de su hermana, que ya había sido condenada en varios procedimientos judiciales, y ese
día, se dirigió a ella diciéndole «cabrona, puta, por mi hija que te mato» y que cree que
su hermana puede padecer algún tipo de trastorno mental, el cual no ha sido
diagnosticado. Ese mismo día por la tarde, según refiere doña Aurora Hernández
Gabarre en su denuncia, la denunciada se dirigió a ella diciéndole «puta, os vais a
enterar os voy a joder a todos» y a continuación procedió a grabarla con el móvil
indicando que «mi abogado me ha dicho que si paso caminando por aquí puedo
grabarles».
b) Por diligencia de ordenación de 15 de enero de 2021, se procedió a efectuar el
señalamiento del juicio oral para el día 15 de marzo de 2021. En el texto de la citación,
efectuada por burofax, además de la identificación del juzgado y de la dirección del
mismo, la fecha y hora del juicio, se expresaba que se la citaba en calidad de
denunciada, «al objeto de asistir al acto del juicio oral que se celebrará en la Sala de
Audiencias de este Juzgado, y en el que se enjuiciarán los hechos ocurridos el
día 12-10-20 en bar sito c/ príncipe Carlos (denuncia de M.S.G.) haciéndole saber que si
lo desea puede venir asistido/a de Abogado que le defienda, que deberá comparecer con
las pruebas y/o testigos de que intente valerse y que caso de incomparecencia
injustificada le parará el perjuicio a que haya lugar en derecho. Entregue este burofax en
la Secretaría del Juzgado. En Madrid a 15 de enero de 2021». Dicha citación fue
entregada el 2 de febrero de 2021 a las 12:53 horas.
Con carácter previo a la celebración del juicio, ambas denunciantes se personaron
en las actuaciones como acusadoras particulares mediante la designación de los
correspondientes letrados.
c) El 15 de marzo de 2021, en el acto del juicio celebrado ante el Juzgado de
Instrucción núm. 10 de Madrid, comparecieron las denunciantes asistidas de sus
respectivos letrados y la denunciada sin asistencia letrada.
Los abogados efectuaron el interrogatorio de las denunciantes y también de la
denunciada y de un testigo, sin que la denunciada interviniera en el interrogatorio de las
denunciantes ni del testigo. La recurrente de amparo solicitó que se admitiera como
prueba un pendrive con una grabación audiovisual y documentación relativa a diversos
mensajes de WhatsApp, pero estos medios de prueba fueron rechazados por la
magistrada, que dispuso su unión a las actuaciones a los efectos de la eventual
interposición de un recurso de apelación. Las acusaciones aportaron prueba documental,
consistente en una sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 19 de Madrid.
Practicada la prueba, el abogado que asistió a la denunciante doña Maryam Seirany
Ghanbari solicitó la condena de la denunciada como autora de un delito leve de
coacciones del artículo 173.4 del Código penal (CP), a la pena de tres meses de multa
con cuota diaria de diez euros, y como autora de un delito leve de amenazas del
artículo 171.7 CP, a la pena de tres meses de multa con cuota diaria de diez euros,
interesando también la imposición a la denunciada de una prohibición de aproximación al
establecimiento «Babilonia Café» de la calle Príncipe Carlos 17 de Madrid durante seis
meses, así como a que indemnizara a la denunciante doña Maryam Seirany Ghanbari en
la suma de 500 euros por los daños morales sufridos.
Por su parte, el letrado de la denunciante doña Aurora Hernández Gabarre solicitó la
condena de la denunciada como autora de un delito leve de amenazas del
artículo 171.7 CP, a la pena de tres meses de multa con cuota diaria de diez euros, y
solicitó asimismo la imposición de la prohibición de aproximación al establecimiento
«Babilonia Café» de la calle Príncipe Carlos, 17 de Madrid durante seis meses.
Tras tales informes, se concedió la última palabra a la recurrente en amparo, quien
hizo uso de ella para declararse inocente.
d) El Juzgado de Instrucción núm. 10 de Madrid dictó sentencia el 15 de marzo
de 2021, por la que condenaba a doña Katayoun Seirany Seirany (si bien en la sentencia
es identificada como Katayoun Seirani Seirani), como autora de un delito leve de
amenazas del artículo 171.7 CP, a las siguientes penas: multa de treinta días con cuota
diaria de tres euros y responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de

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Núm. 121