III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-12021)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Decanato de los Juzgados de Sevilla, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad a través de ruedas de reconocimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70198
idóneo (normalmente dispositivo de telefonía móvil). En consecuencia, la jornada no
superará las cuatro horas.
4. Cada día de asistencia y permanente localización en el tramo establecido se
computará como dos jornadas de cumplimiento de la pena de trabajos en beneficio de la
comunidad, con independencia de que resulten o no seleccionados para intervenir en
una rueda de las señaladas en dicha fecha.
5. A través del funcionario/a, designado/a al efecto, se coordinará la selección de
un total de entre 4 y 8 personas, en función de sus características similares al
investigado/a y se le requerirá por escrito y mediante comparecencia su obligación de
acudir al Juzgado de Instrucción solicitante, a la hora señalada, para la práctica de la
misma, computándose como dos jornadas más de cumplimiento de la pena de TBC.
6. Si por algún motivo se prolongara la realización de la rueda de reconocimiento
excediéndose del horario establecido de las 13:00 horas, se computará como dos
jornadas más de cumplimiento.
7. El Juzgado de Instrucción remitirá al Decanato la relación de penados asistentes,
los que se quedan a participar en la rueda de reconocimiento y hora en la que han
terminado la misma.
Quinta.
Seguimiento y control del cumplimiento de la pena.
1. En la oficina de Decanato se efectuará un control de asistencia, debiendo las
personas penadas firmar, a tal fin, en el Registro de Presentaciones contenido en el plan
de Ejecución previamente remitido por el Servicio de Gestión de Penas.
2. En caso de incidencia, se actuará tal y como establece la cláusula tercera,
punto 2.º, debiendo ser comunicada al SGPMA por correo electrónico o a través de las
vías habilitadas al efecto.
Confidencialidad y protección de datos.
1. El Juzgado Decano de Sevilla se compromete a mantener en secreto todos los
datos e informaciones facilitados por la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente convenio.
En particular, será considerado como información confidencial todos los datos relativos a
la persona penada, debiendo el Juzgado Decano mantener dicha información en reserva
y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o
jurídica que no sea parte del presente convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en
materia de protección de datos, en concreto, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021,
de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención,
detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de
sanciones penales, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de
Protección de Datos en lo que resulten de aplicación.
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter
personal respectivamente recabados en el ámbito del trabajo en beneficio de la
comunidad. El acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la
otra parte, se realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y
exclusivamente con la finalidad derivada de la realización de las actividades objeto del
convenio. Los datos de carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros,
salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a
otras Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
3. En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente convenio, actuarán como responsables del tratamiento la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias y el Juzgado Decano de Sevilla. Los datos objeto
de tratamiento tendrán por finalidad la ejecución de sanciones penales, al amparo de la
cve: BOE-A-2023-12021
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70198
idóneo (normalmente dispositivo de telefonía móvil). En consecuencia, la jornada no
superará las cuatro horas.
4. Cada día de asistencia y permanente localización en el tramo establecido se
computará como dos jornadas de cumplimiento de la pena de trabajos en beneficio de la
comunidad, con independencia de que resulten o no seleccionados para intervenir en
una rueda de las señaladas en dicha fecha.
5. A través del funcionario/a, designado/a al efecto, se coordinará la selección de
un total de entre 4 y 8 personas, en función de sus características similares al
investigado/a y se le requerirá por escrito y mediante comparecencia su obligación de
acudir al Juzgado de Instrucción solicitante, a la hora señalada, para la práctica de la
misma, computándose como dos jornadas más de cumplimiento de la pena de TBC.
6. Si por algún motivo se prolongara la realización de la rueda de reconocimiento
excediéndose del horario establecido de las 13:00 horas, se computará como dos
jornadas más de cumplimiento.
7. El Juzgado de Instrucción remitirá al Decanato la relación de penados asistentes,
los que se quedan a participar en la rueda de reconocimiento y hora en la que han
terminado la misma.
Quinta.
Seguimiento y control del cumplimiento de la pena.
1. En la oficina de Decanato se efectuará un control de asistencia, debiendo las
personas penadas firmar, a tal fin, en el Registro de Presentaciones contenido en el plan
de Ejecución previamente remitido por el Servicio de Gestión de Penas.
2. En caso de incidencia, se actuará tal y como establece la cláusula tercera,
punto 2.º, debiendo ser comunicada al SGPMA por correo electrónico o a través de las
vías habilitadas al efecto.
Confidencialidad y protección de datos.
1. El Juzgado Decano de Sevilla se compromete a mantener en secreto todos los
datos e informaciones facilitados por la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente convenio.
En particular, será considerado como información confidencial todos los datos relativos a
la persona penada, debiendo el Juzgado Decano mantener dicha información en reserva
y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o
jurídica que no sea parte del presente convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en
materia de protección de datos, en concreto, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021,
de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención,
detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de
sanciones penales, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de
Protección de Datos en lo que resulten de aplicación.
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter
personal respectivamente recabados en el ámbito del trabajo en beneficio de la
comunidad. El acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la
otra parte, se realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y
exclusivamente con la finalidad derivada de la realización de las actividades objeto del
convenio. Los datos de carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros,
salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a
otras Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
3. En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente convenio, actuarán como responsables del tratamiento la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias y el Juzgado Decano de Sevilla. Los datos objeto
de tratamiento tendrán por finalidad la ejecución de sanciones penales, al amparo de la
cve: BOE-A-2023-12021
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Sexta.