III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-12021)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Decanato de los Juzgados de Sevilla, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad a través de ruedas de reconocimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70197

se dispensa a las personas penadas, es al modo como se protegen las prestaciones
personales obligatorias, la derivada de su inclusión en la acción protectora del sistema
de la Seguridad Social únicamente en los casos de accidente de trabajo y enfermedad
profesional». Todo ello también en concordancia con el artículo 11 del Real
Decreto 840/2011, de 17 de junio.
2. Asimismo, al tener a su cargo los Servicios de Gestión de Penas y Medidas
Alternativas, le corresponde la gestión, coordinación y seguimiento de la pena, mediante
contactos con los responsables del Decanato.
3. El Servicio de Gestión de Penas ofertará a personas condenadas a la pena de
trabajo en beneficio de la comunidad la posibilidad de participar en ruedas de
reconocimiento como forma de cumplimiento de la pena, dentro del proceso de
valoración del cumplimiento más adecuado del que son competentes. Para ello se
remitirá un número suficientemente amplio de personas penadas condenadas que tenga
máxima representatividad de acuerdo a sus rasgos físicos.
4. El Servicio de Gestión de Penas facilitará a la unidad que coordinará este tipo de
cumplimiento penal dependiente del Decanato, el plan de ejecución con la aceptación
formal de la persona penada, así como su descripción física.
Tercera.

Compromisos que asume el Decanato.

1. El Decanato, a través de los órganos o servicios habilitados para ello, se
compromete coordinar la selección y contacto con las personas penadas derivadas por
el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, para que la actividad
desplegada por estos y estas, pueda ser cumplida eficazmente a través de las oportunas
ruedas de reconocimiento que se hayan organizado coincidentes en las jornadas y
horarios contenidos en el plan de ejecución de cada penado.
2. El órgano o servicio mencionado en el párrafo anterior, informará a los Servicios de
Gestión de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias de la actividad que vaya siendo desarrollada por el penado y de las incidencias
relevantes que se produzcan en el desenvolvimiento del plan de ejecución, para que por
dichos servicios se comunique lo oportuno a la Autoridad judicial competente.
En todo caso, deberá informarse de las siguientes incidencias:
a) Ausencias de la actividad o abandonos injustificados.
b) Oposición o incumplimiento reiterado y manifiesto a las instrucciones del
responsable de la ocupación.
c) Cuando su conducta sea tal que el responsable de la actividad se negara a
mantenerle en la misma.
Igualmente, dicha Unidad, deberá informar a los Servicios de Gestión de Penas y
Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sobre la
finalización de la Actividad.

1. En el SGPMA se elaborará a los/las penado/as el Plan de Ejecución
«Participación en ruedas de reconocimiento» en un número de 15/20 penados/as, en
régimen de lunes a viernes, por lo que el día o los días que se hayan establecido en el
Plan, los penados/as se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano, del
Juzgado Decano, sito en el Prado de San Sebastián, Edificio Juzgados, Planta Baja, a
las 09:00 horas, aportando la documentación facilitada por el SGPMA y acreditando su
identidad (DNI, NIE, Pasaporte…).
2. Desde el SGPMA cada quince días se remitirá al Servicio de Atención al
Ciudadano, relación de los penados/as con nombre, apellidos, DNI y número de teléfono.
3. Las personas penadas deberán estar disponibles y localizables desde las 09:00
horas hasta las 13:00 horas, debiendo facilitar el medio de localización que se considere

cve: BOE-A-2023-12021
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Forma de cumplimiento.