III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-12042)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Universitat de Valencia, para el mantenimiento del Registro Español de Tumores Infantiles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
2.
Sec. III. Pág. 70346
Por parte de la Universitat de València:
– La persona titular de la Dirección Científica del RETI-SEHOP.
– Dos miembros del equipo central del RETI-SEHOP.
La Comisión de Seguimiento y Control se reunirá al menos una vez al año y cuando
alguna de las partes lo considere necesario.
Su funcionamiento se ajustará al régimen de funcionamiento de los órganos
colegiados, establecido en la sección 3.ª del capítulo II, del título preliminar, de la
Ley 40 /2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Cuarta.
Financiación y pago.
Por parte del Ministerio de Sanidad se aportará la cantidad total de 479.160 euros
para
la
financiación
del
convenio
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 26.07.313B.226.10 de los Presupuestos Generales del Estado
correspondientes a los ejercicios de 2023, 2024, 2025 y 2026.
– Desde el 1 de marzo a 30 de noviembre de 2023 se realizará un pago
de 97.329,00 euros;
– Desde el 1 de diciembre de 2023 a 30 noviembre de 2024 se realizará un pago
de 127.277,00 euros;
– Desde el 1 de diciembre de 2024 a 30 de noviembre de 2025 se realizará un pago
de 127.277,00 euros;
– Desde el 1 de diciembre de 2025 a 30 de noviembre de 2026 se realizará un pago
de 127.277,00 euros.
Para efectuar el pago, la UV deberá hacer entrega de una memoria anual que recoja
las actividades desarrolladas dentro del marco del presente convenio. Será la
Subdirección General de Calidad Asistencial, la unidad a cargo de la revisión de las
actividades desarrolladas por la UV y realizará el informe correspondiente para que la
persona titular de la Dirección General de Salud Pública emita el correspondiente
certificado, tanto la realización de las actividades financiadas con cargo al Ministerio
como las financiadas con cargo a la UV, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21
de la Ley General Presupuestaria.
Los gastos sufragados por el Ministerio de Sanidad incluyen las actividades
necesarias para el desarrollo y mantenimiento del Registro.
Por parte de la UV se aportará en concepto de abono de las horas de dedicación del
personal técnico del equipo central, así como de material fungible y reprografía,
necesarios para la consecución de los objetivos del presente convenio, la cantidad total
de 132.000,00 euros de acuerdo con las siguientes anualidades.
Quinta.
30 de noviembre de 2023 se realizará un pago
2023 a 30 de noviembre de 2024 se realizará un pago
2024 a 30 de noviembre de 2025 se realizará un pago
2025 a 30 de noviembre de 2026 se realizará un pago
Protección de datos personales.
El tratamiento automatizado de datos de carácter personal que pudiera ser necesario
realizar como consecuencia del desarrollo del presente convenio se regirá conforme a lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
cve: BOE-A-2023-12042
Verificable en https://www.boe.es
– Desde el 1 de marzo a
de 26.812,50 euros;
– Desde el 1 de diciembre de
de 35.062,50 euros;
– Desde el 1 de diciembre de
de 35.062,50 euros;
– Desde el 1 de diciembre de
de 35.062,50 euros.
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
2.
Sec. III. Pág. 70346
Por parte de la Universitat de València:
– La persona titular de la Dirección Científica del RETI-SEHOP.
– Dos miembros del equipo central del RETI-SEHOP.
La Comisión de Seguimiento y Control se reunirá al menos una vez al año y cuando
alguna de las partes lo considere necesario.
Su funcionamiento se ajustará al régimen de funcionamiento de los órganos
colegiados, establecido en la sección 3.ª del capítulo II, del título preliminar, de la
Ley 40 /2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Cuarta.
Financiación y pago.
Por parte del Ministerio de Sanidad se aportará la cantidad total de 479.160 euros
para
la
financiación
del
convenio
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 26.07.313B.226.10 de los Presupuestos Generales del Estado
correspondientes a los ejercicios de 2023, 2024, 2025 y 2026.
– Desde el 1 de marzo a 30 de noviembre de 2023 se realizará un pago
de 97.329,00 euros;
– Desde el 1 de diciembre de 2023 a 30 noviembre de 2024 se realizará un pago
de 127.277,00 euros;
– Desde el 1 de diciembre de 2024 a 30 de noviembre de 2025 se realizará un pago
de 127.277,00 euros;
– Desde el 1 de diciembre de 2025 a 30 de noviembre de 2026 se realizará un pago
de 127.277,00 euros.
Para efectuar el pago, la UV deberá hacer entrega de una memoria anual que recoja
las actividades desarrolladas dentro del marco del presente convenio. Será la
Subdirección General de Calidad Asistencial, la unidad a cargo de la revisión de las
actividades desarrolladas por la UV y realizará el informe correspondiente para que la
persona titular de la Dirección General de Salud Pública emita el correspondiente
certificado, tanto la realización de las actividades financiadas con cargo al Ministerio
como las financiadas con cargo a la UV, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21
de la Ley General Presupuestaria.
Los gastos sufragados por el Ministerio de Sanidad incluyen las actividades
necesarias para el desarrollo y mantenimiento del Registro.
Por parte de la UV se aportará en concepto de abono de las horas de dedicación del
personal técnico del equipo central, así como de material fungible y reprografía,
necesarios para la consecución de los objetivos del presente convenio, la cantidad total
de 132.000,00 euros de acuerdo con las siguientes anualidades.
Quinta.
30 de noviembre de 2023 se realizará un pago
2023 a 30 de noviembre de 2024 se realizará un pago
2024 a 30 de noviembre de 2025 se realizará un pago
2025 a 30 de noviembre de 2026 se realizará un pago
Protección de datos personales.
El tratamiento automatizado de datos de carácter personal que pudiera ser necesario
realizar como consecuencia del desarrollo del presente convenio se regirá conforme a lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
cve: BOE-A-2023-12042
Verificable en https://www.boe.es
– Desde el 1 de marzo a
de 26.812,50 euros;
– Desde el 1 de diciembre de
de 35.062,50 euros;
– Desde el 1 de diciembre de
de 35.062,50 euros;
– Desde el 1 de diciembre de
de 35.062,50 euros.