III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-12042)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Universitat de Valencia, para el mantenimiento del Registro Español de Tumores Infantiles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70345

b) Realizar el Informe anual sobre el estado del cáncer infantil en España:
– Análisis de frecuencia, cobertura, incidencia y supervivencia de los diversos
tumores infantiles en España.
– Evaluación de los resultados asistenciales de la oncología pediátrica española.
c) Realizar informes específicos para los centros informantes y producción de
informes a demanda de diferentes colectivos, de acuerdo con las indicaciones del
Ministerio de Sanidad.
d) Proporcionar a la Estrategia de Cáncer del SNS toda la información
epidemiológica necesaria para su implementación, evaluación y actualización:
– Estado de situación del cáncer infantil en España.
– Información relativa a los indicadores de evaluación de la Estrategia.
e) Adecuar el Registro a estándares y recomendaciones internacionales mediante
la participación en actividades y estudios nacionales e internacionales orientados a la
homogenización de datos que mejoren la comparabilidad internacional, la evaluación de
resultados e implique mejoras en el propio Registro Español de Tumores Infantiles, en
beneficio de toda la población infantil de España independientemente de su CCAA de
residencia. Estas actuaciones se llevarán a cabo de acuerdo con el Ministerio de
Sanidad. Se elaborará un informe anual de las actuaciones realizadas para la
adecuación del registro a los estándares y recomendaciones internacionales.
f) Incorporar las nuevas clasificaciones internacionales para oncología y la
correspondiente versión de la International Classification of Childhood Cancer y
actualizando y recodificando la base de datos.
g) Realizar el seguimiento complementario de los casos mediante cruces con el
Índice Nacional de Defunciones y otros registros sanitarios, clínicos y administrativos.
h) Realizar la coordinación con los registros de cáncer de las comunidades
autónomas en relación con:
– Cruces periódicos con los registros de cáncer con los que hay convenios firmados
e intercambio recíproco de casos, para mejorar la cobertura y la calidad de los datos.
– Homologación de criterios, clasificaciones y métodos de trabajo.
– Análisis y explotación conjunta de datos.
i) Elaborar y actualizar los manuales de procedimiento.
j) Actualizar el Sistema de Información para el RETI-SEHOP (SI-RETI), realizando
anualmente las tareas de: análisis, diseño, programación, pruebas y puesta en marcha.
Estas actuaciones se llevarán a cabo de acuerdo con el Ministerio de Sanidad y se
elaborará un informe anual especificando las mismas.
Tercera. Comisión de seguimiento y control.

1.

Por parte del Ministerio de Sanidad:

– La persona titular de la Dirección General de Salud Pública o persona en quien
delegue, como presidenta de la Comisión.
– La persona titular de la Subdirección General de Calidad Asistencial de la DGSP, o
persona en quien delegue.
– La persona titular de la Subdirección General de Información Sanitaria, o persona
en quien delegue.

cve: BOE-A-2023-12042
Verificable en https://www.boe.es

Para el seguimiento, vigilancia y control de este convenio, así como para proponer
cuantas mejoras se consideren oportunas y resolver cualquier duda o controversia que
surja en relación con la interpretación, modificación, efectos o resolución del mismo, se
constituye una Comisión de Seguimiento y Control, formada: