III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2023-12050)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la Proactividad y Buenas Prácticas en el Cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70416
Base cuarta. Plazo de ejecución de los proyectos.
Pueden optar al premio los proyectos puestos en marcha con anterioridad a la fecha
de finalización del plazo para su presentación.
Base quinta.
Dotación del premio.
Ambas modalidades del premio consisten en una mención honorífica, mediante
diploma y trofeo acreditativo, sin dotación económica, que se otorgará a cada uno de los
premiados y la difusión de los proyectos y buenas prácticas premiadas a través de la
página web de la AEPD.
Base sexta.
Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
– Podrá acceder a la Sede Electrónica de la AEPD y su registro a través del enlace:
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formPremiosAEPD/
premiosAEPD.jsf
– Tipos de documentos permitidos: PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS,
PDF, ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF.
– No se pueden adjuntar dos documentos iguales.
– Tamaño máximo permitido para un documento: 100,0 MB. Si supera el tamaño
máximo de fichero se deberá fraccionar.
– El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es de 4. Si son varios
ficheros, y exceden de 4, se deberá realizar un primer envío con los 4 primeros, y
sucesivos envíos adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de
cve: BOE-A-2023-12050
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo concluirá el 15 de
octubre de 2023.
Quienes deseen participar en la modalidad A deberán presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-A debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo que se estime oportuno.
En la modalidad B, los participantes habrán de presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-B debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo oportuno.
Para la presentación de los trabajos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la
citada ley, la documentación relativa al proyecto a valorar, así como cualquier otra
documentación justificativa de requisitos y méritos, deberá ser presentada de manera
telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la
Agencia Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la
Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y proyectos de forma telemática
a través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos
(sedeagpd.gob.es), aunque también podrán hacerlo en el Registro de la Agencia
Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan, n.º 6, planta baja, 28001 Madrid, o en
cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
haciendo constar en el sobre la misma dirección.
Para la presentación telemática de solicitudes se deberán tener en cuenta las
instrucciones y restricciones técnicas que se detallan a continuación:
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70416
Base cuarta. Plazo de ejecución de los proyectos.
Pueden optar al premio los proyectos puestos en marcha con anterioridad a la fecha
de finalización del plazo para su presentación.
Base quinta.
Dotación del premio.
Ambas modalidades del premio consisten en una mención honorífica, mediante
diploma y trofeo acreditativo, sin dotación económica, que se otorgará a cada uno de los
premiados y la difusión de los proyectos y buenas prácticas premiadas a través de la
página web de la AEPD.
Base sexta.
Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
– Podrá acceder a la Sede Electrónica de la AEPD y su registro a través del enlace:
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formPremiosAEPD/
premiosAEPD.jsf
– Tipos de documentos permitidos: PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS,
PDF, ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF.
– No se pueden adjuntar dos documentos iguales.
– Tamaño máximo permitido para un documento: 100,0 MB. Si supera el tamaño
máximo de fichero se deberá fraccionar.
– El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es de 4. Si son varios
ficheros, y exceden de 4, se deberá realizar un primer envío con los 4 primeros, y
sucesivos envíos adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de
cve: BOE-A-2023-12050
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo concluirá el 15 de
octubre de 2023.
Quienes deseen participar en la modalidad A deberán presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-A debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo que se estime oportuno.
En la modalidad B, los participantes habrán de presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-B debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo oportuno.
Para la presentación de los trabajos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la
citada ley, la documentación relativa al proyecto a valorar, así como cualquier otra
documentación justificativa de requisitos y méritos, deberá ser presentada de manera
telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la
Agencia Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la
Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y proyectos de forma telemática
a través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos
(sedeagpd.gob.es), aunque también podrán hacerlo en el Registro de la Agencia
Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan, n.º 6, planta baja, 28001 Madrid, o en
cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
haciendo constar en el sobre la misma dirección.
Para la presentación telemática de solicitudes se deberán tener en cuenta las
instrucciones y restricciones técnicas que se detallan a continuación: