III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2023-12048)
Resolución de 11 de mayo de 2023, la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Iniciativas y Buenas Prácticas para la Protección de las Mujeres frente a la Violencia Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Lunes 22 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 70398

Base cuarta. Ejecución de los proyectos.
Pueden optar al premio los proyectos objeto de este premio elaborados y ejecutados
con anterioridad a la fecha de finalización del plazo para su presentación.
Base quinta.

Dotación del premio.

Si el proyecto ganador correspondiese a una persona física o entidad de naturaleza
privada, el premio consistirá en una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 €) y
la difusión del trabajo premiado por parte de la AEPD a través de su página web.
El jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos euros
(1.500,00 €). Si el jurado propusiese declarar desierto el premio, podrá sugerir otorgar un
accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 €).
En el caso de que la candidatura ganadora del premio o el accésit fuese una entidad
de naturaleza pública, el premio consistirá en una mención honorífica, mediante diploma
concedido al efecto, sin dotación económica y la difusión de las buenas prácticas.
Asimismo, se otorgará a los premiados un trofeo acreditativo del premio obtenido.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.301.135M.48, con una cuantía estimada máxima de cuatro mil
quinientos euros (4.500,00 €), quedando condicionada su concesión a la existencia de
crédito presupuestario adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la
resolución de concesión.
Plazo de presentación de solicitudes y formalización.

Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de presentación
concluirá el 15 de octubre de 2023.
Los proyectos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud que figura
en el anexo 1, debidamente cumplimentado y firmado.
Para la presentación de los proyectos se atenderá a lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse
electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la citada ley, la
documentación relativa al proyecto a valorar, así como otra documentación justificativa
de requisitos y méritos, deberá ser presentada de manera telemática obligatoriamente.
Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la Agencia Española de
Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la Agencia Española de
Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán, preferentemente, sus candidaturas y proyectos de forma
telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de
Datos (sedeagpd.gob.es), aunque también se podrá hacer en el Registro de la Agencia
Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan número 6, planta baja, 28001 Madrid,
o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, haciendo constar en el sobre la misma dirección.
Para la presentación telemática de solicitudes se deberán tener en cuenta las
instrucciones y restricciones técnicas que se detallan a continuación:
– Podrá acceder a la Sede Electrónica de la AEPD y su registro a través del enlace:
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formPremiosAEPD/
premiosAEPD.jsf.
– Tipos de documentos permitidos: PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS,
PDF, ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF.
– No se pueden adjuntar dos documentos iguales.

cve: BOE-A-2023-12048
Verificable en https://www.boe.es

Base sexta.