III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-12024)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Santander, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
H.
Sec. III. Pág. 70226
Financiación.
La suscripción del presente convenio no conlleva contraprestación económica para
ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en el momento en que dicho
desarrollo reglamentario entre en vigor, en la que se contemplen las obligaciones de las
partes para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley; en
caso contrario, se dará por extinguido el convenio.
I.
Derechos y obligaciones del estudiantado.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, serán de aplicación los
derechos y obligaciones que establece el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así
como los establecidos en el Reglamento de Prácticas Externas de la URJC.
Específicamente, el estudiantado asumirá la obligación de guardar confidencialidad en
relación con la información interna de la APS, y guardar secreto profesional sobre sus
actividades durante su estancia y una vez finalizada ésta.
Tercera.
Obligaciones de la URJC.
1. Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante que realice prácticas en
la APS, en el que se consigne la siguiente información: datos personales, titulación, tipo
de práctica (curricular o extracurricular), fecha de incorporación y finalización de la
práctica, dirección, el calendario y el horario, nombre de las personas responsables de la
tutela académica y profesional, la concurrencia o no de una bolsa de ayuda al estudio y
de qué cuantía –de conformidad con lo estipulado por la APS–, y las actividades
formativas que se realizarán en relación con las competencias que se deban desarrollar
conforme al proyecto formativo de la titulación.
2. Supervisar las prácticas externas, estableciendo los mecanismos adecuados
para su seguimiento y evaluación, designando una persona docente que ejercerá la
tutela académica, que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará
con el tutor de la APS en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como
aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
Derechos y obligaciones de la APS.
1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitar que el
estudiantado pueda realizar sus exámenes y el resto de actividad académica, formativa y
de representación y participación, que sea comunicada con suficiente antelación.
2. Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y
de la valoración de su desempeño, facilitando al final de cada período de prácticas, al
tutor académico de la URJC, a través de la Unidad de Prácticas Externas, un informe
sobre el resultado y rendimiento del trabajo realizado por cada estudiante, de forma
individualizada, según el modelo normalizado que a tal efecto le facilitará la URJC, y en
el que con carácter general constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales,
su contenido, el grado de aprovechamiento y participación, su rendimiento y las
competencias adquiridas. Dicho informe será valorado por la URJC, a efectos
académicos, según lo establecido en su Reglamento de Prácticas Externas.
El tutor de la APS también participará en el proceso de Garantía de Calidad del
Programa de Prácticas, mediante la contestación de un cuestionario sobre su desarrollo.
3. Comunicar toda modificación posterior de las condiciones recogidas en la oferta
inicial a la Unidad de Prácticas Externas de la URJC y a la persona que ejerza la tutela
cve: BOE-A-2023-12024
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
H.
Sec. III. Pág. 70226
Financiación.
La suscripción del presente convenio no conlleva contraprestación económica para
ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en el momento en que dicho
desarrollo reglamentario entre en vigor, en la que se contemplen las obligaciones de las
partes para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley; en
caso contrario, se dará por extinguido el convenio.
I.
Derechos y obligaciones del estudiantado.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, serán de aplicación los
derechos y obligaciones que establece el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así
como los establecidos en el Reglamento de Prácticas Externas de la URJC.
Específicamente, el estudiantado asumirá la obligación de guardar confidencialidad en
relación con la información interna de la APS, y guardar secreto profesional sobre sus
actividades durante su estancia y una vez finalizada ésta.
Tercera.
Obligaciones de la URJC.
1. Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante que realice prácticas en
la APS, en el que se consigne la siguiente información: datos personales, titulación, tipo
de práctica (curricular o extracurricular), fecha de incorporación y finalización de la
práctica, dirección, el calendario y el horario, nombre de las personas responsables de la
tutela académica y profesional, la concurrencia o no de una bolsa de ayuda al estudio y
de qué cuantía –de conformidad con lo estipulado por la APS–, y las actividades
formativas que se realizarán en relación con las competencias que se deban desarrollar
conforme al proyecto formativo de la titulación.
2. Supervisar las prácticas externas, estableciendo los mecanismos adecuados
para su seguimiento y evaluación, designando una persona docente que ejercerá la
tutela académica, que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará
con el tutor de la APS en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como
aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
Derechos y obligaciones de la APS.
1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitar que el
estudiantado pueda realizar sus exámenes y el resto de actividad académica, formativa y
de representación y participación, que sea comunicada con suficiente antelación.
2. Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y
de la valoración de su desempeño, facilitando al final de cada período de prácticas, al
tutor académico de la URJC, a través de la Unidad de Prácticas Externas, un informe
sobre el resultado y rendimiento del trabajo realizado por cada estudiante, de forma
individualizada, según el modelo normalizado que a tal efecto le facilitará la URJC, y en
el que con carácter general constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales,
su contenido, el grado de aprovechamiento y participación, su rendimiento y las
competencias adquiridas. Dicho informe será valorado por la URJC, a efectos
académicos, según lo establecido en su Reglamento de Prácticas Externas.
El tutor de la APS también participará en el proceso de Garantía de Calidad del
Programa de Prácticas, mediante la contestación de un cuestionario sobre su desarrollo.
3. Comunicar toda modificación posterior de las condiciones recogidas en la oferta
inicial a la Unidad de Prácticas Externas de la URJC y a la persona que ejerza la tutela
cve: BOE-A-2023-12024
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.