III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2023-12031)
Orden APA/506/2023, de 3 de mayo, por la que se prorroga la Orden APA/484/2022, de 19 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a transformación, que regirá para la campaña 2022/2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70271
10º EXTINCIÓN. - El contrato podrá extinguirse por mutuo acuerdo de ambas partes, o en los supuestos de muerte, cese
de actividad, insolvencia o incapacidad de cualquiera de ellas. Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, sin
necesidad de requerimiento alguno, en caso de que no resultasen ciertas las declaraciones realizadas en el mismo, o en
el caso de que la otra parte incumpliera alguna de sus obligaciones. En particular, se considerarán causas de extinción las
siguientes: impago, incumplimiento de los calendarios de entrega y/o recepción, así como el incumplimiento reiterado de
los parámetros de calidad, entendiendo como incumplimiento reiterado el que se produzca al menos tres veces en el plazo
de vigencia del contrato y que haya sido comunicado por la parte afectada a la causante y a la Comisión de Seguimiento.
El fallecimiento o extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes, no implicará la resolución del contrato
cuando otra persona física o jurídica le suceda en la titularidad de la industria, almacén de manipulado o explotación, según
proceda. En estos casos, los derechos habientes se subrogarán en los derechos y obligaciones del causante que se
deriven del contrato.
11º COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. FUNCIONES Y FINANCIACIÓN. - El control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento
del presente contrato se realizará por la Comisión de Seguimiento a la que se podrán dirigir cualquiera de las partes para
solucionar los posibles conflictos en el plazo de 7 días desde que surja la discrepancia. Estará designada en la
Interprofesional AILIMPO, formada paritariamente, y cubrirá sus gastos de funcionamiento y custodia, mediante
aportaciones paritarias de los sectores productor y comercial, que se fijarán cada campaña, a razón de _____ €/Tm. de
limón transformado, haciéndose responsable el comprador del pago de la totalidad de dicha aportación, previo descuento
en la factura de la parte correspondiente (50%) al proveedor.
12º ARBITRAJE. - En caso de existir diferencias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las partes deberán
someter la controversia al procedimiento de conciliación y vista previa ofrecido por AILIMPO. Las solicitudes de inicio del
procedimiento deberán presentarse dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se produjo el supuesto incumplimiento,
y el procedimiento de conciliación, y los aranceles a abonar se pueden consultar en la página web de AILIMPO
www.ailimpo.com.
En el caso de que no se lograra una solución al conflicto planteado de acuerdo con el punto anterior, las partes acuerdan
(cumpliméntese necesariamente con un SÍ o un NO en ambas casillas, según proceda una cosa u otra, pues las opciones son
excluyentes):
□
□
a) Someter la controversia a los tribunales ordinarios de ______________
b) Someter la controversia a arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Navegación de Murcia, a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de los árbitros, de acuerdo con
su Reglamento y Estatutos. Igualmente, las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que
se dicte.
En caso de no marcarse una de las dos opciones anteriores, se entenderá que la controversia se someterá a los tribunales
ordinarios de _________.
13º LEY PROTECCION DE DATOS. - De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ambas partes así como la Comisión de Seguimiento
de AILIMPO informan que los datos personales proporcionados serán incorporados a un fichero de datos de carácter
personal responsabilidad de cada entidad con la finalidad de llevar a cabo la gestión de la relación contractual que mantiene
con la misma.
Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación reconocidos por la legislación vigente, el
interesado deberá realizar una comunicación a las direcciones que figuran en el encabezamiento o de AILIMPO a los
referidos efectos, indicando como referencia “LOPD”, adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad o
documento identificativo equivalente.
EL VENDEDOR
cve: BOE-A-2023-12031
Verificable en https://www.boe.es
Leído lo cual, ambas partes lo aceptan en su totalidad, firmándose por triplicado a un solo efecto (ejemplares para las
partes y custodia) en el lugar y fecha arriba indicados.
EL COMPRADOR
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Núm. 121
Lunes 22 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 70271
10º EXTINCIÓN. - El contrato podrá extinguirse por mutuo acuerdo de ambas partes, o en los supuestos de muerte, cese
de actividad, insolvencia o incapacidad de cualquiera de ellas. Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, sin
necesidad de requerimiento alguno, en caso de que no resultasen ciertas las declaraciones realizadas en el mismo, o en
el caso de que la otra parte incumpliera alguna de sus obligaciones. En particular, se considerarán causas de extinción las
siguientes: impago, incumplimiento de los calendarios de entrega y/o recepción, así como el incumplimiento reiterado de
los parámetros de calidad, entendiendo como incumplimiento reiterado el que se produzca al menos tres veces en el plazo
de vigencia del contrato y que haya sido comunicado por la parte afectada a la causante y a la Comisión de Seguimiento.
El fallecimiento o extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes, no implicará la resolución del contrato
cuando otra persona física o jurídica le suceda en la titularidad de la industria, almacén de manipulado o explotación, según
proceda. En estos casos, los derechos habientes se subrogarán en los derechos y obligaciones del causante que se
deriven del contrato.
11º COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. FUNCIONES Y FINANCIACIÓN. - El control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento
del presente contrato se realizará por la Comisión de Seguimiento a la que se podrán dirigir cualquiera de las partes para
solucionar los posibles conflictos en el plazo de 7 días desde que surja la discrepancia. Estará designada en la
Interprofesional AILIMPO, formada paritariamente, y cubrirá sus gastos de funcionamiento y custodia, mediante
aportaciones paritarias de los sectores productor y comercial, que se fijarán cada campaña, a razón de _____ €/Tm. de
limón transformado, haciéndose responsable el comprador del pago de la totalidad de dicha aportación, previo descuento
en la factura de la parte correspondiente (50%) al proveedor.
12º ARBITRAJE. - En caso de existir diferencias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las partes deberán
someter la controversia al procedimiento de conciliación y vista previa ofrecido por AILIMPO. Las solicitudes de inicio del
procedimiento deberán presentarse dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se produjo el supuesto incumplimiento,
y el procedimiento de conciliación, y los aranceles a abonar se pueden consultar en la página web de AILIMPO
www.ailimpo.com.
En el caso de que no se lograra una solución al conflicto planteado de acuerdo con el punto anterior, las partes acuerdan
(cumpliméntese necesariamente con un SÍ o un NO en ambas casillas, según proceda una cosa u otra, pues las opciones son
excluyentes):
□
□
a) Someter la controversia a los tribunales ordinarios de ______________
b) Someter la controversia a arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Navegación de Murcia, a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de los árbitros, de acuerdo con
su Reglamento y Estatutos. Igualmente, las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que
se dicte.
En caso de no marcarse una de las dos opciones anteriores, se entenderá que la controversia se someterá a los tribunales
ordinarios de _________.
13º LEY PROTECCION DE DATOS. - De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ambas partes así como la Comisión de Seguimiento
de AILIMPO informan que los datos personales proporcionados serán incorporados a un fichero de datos de carácter
personal responsabilidad de cada entidad con la finalidad de llevar a cabo la gestión de la relación contractual que mantiene
con la misma.
Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación reconocidos por la legislación vigente, el
interesado deberá realizar una comunicación a las direcciones que figuran en el encabezamiento o de AILIMPO a los
referidos efectos, indicando como referencia “LOPD”, adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad o
documento identificativo equivalente.
EL VENDEDOR
cve: BOE-A-2023-12031
Verificable en https://www.boe.es
Leído lo cual, ambas partes lo aceptan en su totalidad, firmándose por triplicado a un solo efecto (ejemplares para las
partes y custodia) en el lugar y fecha arriba indicados.
EL COMPRADOR
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