III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-11940)
Resolución de 28 de abril de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, por el que se canaliza una subvención nominativa para el Centro Español del Subtitulado y Audiodescripción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Sábado 20 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 69647

notificarse en un plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de entrada de la
solicitud en el Registro del organismo. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución
haya sido dictada y notificada, se entenderá la misma estimada por silencio
administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptima.

Compatibilidad con otras subvenciones.

La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera administraciones o entes
públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.
La Universidad Carlos III de Madrid deberá comunicar a la Dirección del Real
Patronato sobre Discapacidad la obtención de los recursos citados y justificarlos. Deberá
indicarse de forma expresa que el importe total de las subvenciones recibidas, en ningún
caso supera, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos el coste de la actividad subvencionada.
Octava.

Gastos subvencionables.

Esta subvención se destinará a cubrir los gastos necesarios para el normal desarrollo
de la actividad subvencionada y se consideran gastos subvencionables los siguientes:
1. Gastos de personal docente e investigador correspondientes a la organización y
dirección por parte de los profesores responsables del presente convenio. Estos gastos
se detallarán con un certificado de la Universidad Carlos III de Madrid en el que se hará
constar, la siguiente información:
– Nombre y apellidos.
– Categoría.
– Importe total de dedicación al proyecto, que se obtendrá dividiendo el total de
retribuciones efectivas percibidas por cada personal docente e investigador durante el
periodo de ejecución del presente convenio entre el número de horas efectivas de
dedicación durante dicho periodo de ejecución.

– Nombre y apellidos.
– Categoría.
– Importe total de dedicación al proyecto que se obtendrá dividiendo el total de
retribuciones efectivas percibidas por cada personal docente e investigador durante el
periodo de ejecución del presente Convenio entre el número de horas efectivas de
dedicación durante dicho periodo de ejecución.
Este coste se calculará de conformidad con la metodología general de cálculo
recogida en la Resolución rectoral de 4 de febrero de 2015, por la que se regula la
metodología de cálculo real del coste hora del profesor docente e investigador de la
Universidad Carlos III de Madrid, teniendo en cuenta que la jornada laboral anual del

cve: BOE-A-2023-11940
Verificable en https://www.boe.es

Este coste se calculará de conformidad con la metodología general de cálculo
recogida en la Resolución rectoral de 4 de febrero de 2015, por la que se regula la
metodología de cálculo real del coste hora del profesor docente e investigador de la
Universidad Carlos III de Madrid, teniendo en cuenta que la jornada laboral anual del
personal docente e investigador es de 1.665 horas efectivas/año como el valor promedio
de las horas productivas por año.
2. Gastos de personal docente e investigador de la Universidad Carlos III de
Madrid. Estos gastos se detallarán con un certificado de la Universidad Carlos III de
Madrid en el que se hará constar, para cada uno de los profesores involucrados en las
actividades objeto del presente convenio, la siguiente información: