II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-11848)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Lleida, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Viernes 19 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 69142

plantear mediante un escrito, indicando las causas en las que se fundamente. Al día
siguiente, la persona recusada, deberá manifestar si se da o no en ella la causa alegada.
En el primer caso, el rector podrá disponer la sustitución de forma inmediata. Si la
persona recusada niega la causa de recusación, el rector deberá resolver, en el plazo de
tres días, a partir de los informes y comprobaciones previas que considere oportunas.
Contra esta resolución no se podrá interponer recurso alguno, sin perjuicio de la
posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que sea procedente contra el
acto que ponga fin al procedimiento
6.7 En los casos de abstención, recusación o causa justificada que impida la
actuación de los miembros de la comisión titular, estos serán sustituidos por los
miembros suplentes correspondientes.
En el caso excepcional que en alguno de los miembros suplentes concurra alguno de
los supuestos de impedimento citados anteriormente, se sustituirá por orden correlativo
entre los miembros suplentes. Si no fuera posible se deberá efectuar un nuevo
nombramiento.
6.8 Protocolo de actuación de las comisiones:
a) La convocatoria de la comisión la hará el secretario o la secretaria en nombre del
presidente o la presidenta.
b) La constitución de la comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros. Los miembros titulares que no concurran en este acto cesarán de forma
automática y serán sustituidos de acuerdo con los apartados 6.11 y 6.12 de la Normativa
para los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la UdL.
c) Una vez constituida, la comisión podrá actuar válidamente con la participación, al
menos, de tres de sus miembros, entre los que se encontrará el presidente o la
presidenta y el secretario o la secretaria.
d) La comisión adoptará sus acuerdos con el voto favorable de la mayoría de los
miembros asistentes, excepto para determinadas situaciones, indicadas en estas
mismas bases, en las que el acuerdo deba ser unánime.
e) Corresponderán al secretario o a la secretaria las actuaciones administrativas y
la gestión económica propia de la comisión, con el apoyo del personal de administración
y servicios, que designe la Universidad.
f) La comisión resolverá las dudas que pueden surgir en aquellas situaciones no
previstas de acuerdo con la normativa vigente.
Proceso de selección y propuesta de provisión

7.1 El proceso de selección se iniciará con el acto de constitución, seguido de dos
fases en las cuales la comisión valorará la capacidad docente y de investigación de las
personas candidatas, la capacidad para la exposición y el debate en la materia
correspondiente y la adecuación de su currículum y de su proyecto docente y de
investigación al perfil de la plaza y a las necesidades de la Universitat de Lleida.
7.2 Acto de constitución. Las comisiones se constituirán en sesión virtual mediante
medios telemáticos, en un máximo de 20 días hábiles, a partir del día siguiente al de la
publicación definitiva de personas admitidas y excluidas y adoptarán, de esta forma, los
acuerdos que consideren oportunos.
Cada comisión acordará la puntuación que asignará a cada uno de los aspectos a
valorar en los criterios establecidos en el anexo 2 de esta convocatoria, indicando, si así
lo considera oportuno, la puntuación mínima requerida para superar la primera fase.
La comisión acordará también, la ponderación que asignará a cada una de las dos
fases del proceso selectivo, para obtener la puntuación global de las personas
candidatas que completen el proceso selectivo. En ningún caso, la ponderación de cada
una de las fases podrá ser inferior al 40 %. La comisión publicará estos acuerdos, en el
tablón de anuncios de la sede electrónica de la UdL, al día siguiente al de su
constitución.

cve: BOE-A-2023-11848
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