III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-11876)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se instrumenta la subvención nominativa en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 para el fortalecimiento de la Red de Entidades Locales para la Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Viernes 19 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 69327

artículo 69 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, deberá justificar el cumplimiento de las condiciones
impuestas y de la consecución de los objetivos previstos conforme a la modalidad de
cuenta justificativa con aportación de informe de auditor de acuerdo con el artículo 74 del
citado Reglamento, y con aportación, en todo caso, de la siguiente documentación:
a) Certificado del Secretario General de la FEMP que acredite haber registrado en
su contabilidad el ingreso del importe de la cantidad recibida, así como que dicha
cantidad se ha destinado exclusivamente a la finalidad para la que ha sido concedida.
b) Certificado que, en caso de que las haya, acredite la percepción de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos destinadas a la misma finalidad, procedentes
de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de Organizaciones Internacionales, con indicación de la cantidad recibida, así
como que dichas cantidades se han destinado a la misma finalidad y son compatibles
con la subvención que se canaliza a través de este Convenio.
c) Memoria final en la que se incluya la evaluación de las actividades objeto del
Convenio.
Novena.

Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

Se establece una Comisión de Seguimiento y Evaluación que tendrá atribuidas
competencias en orden al seguimiento y control de las actividades que deben
desarrollarse para la ejecución del presente Convenio, todo ello sin perjuicio de las
competencias de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, en cuanto Administración Pública que aporta fondos.
La Comisión de Seguimiento y Evaluación estará compuesta por cuatro personas,
dos nombradas por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y las otras dos
nombradas por la Federación Española de Municipios y Provincias.
Como Presidente actuará el miembro de mayor jerarquía de los designados por la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y como Secretario quien designe la FEMP de
entre sus representantes.
Los acuerdos de esta Comisión de Seguimiento y Evaluación se adoptarán por
mayoría de sus miembros, teniendo la presidencia el voto dirimente en caso de empate.
Sus decisiones serán vinculantes para las Partes y su incumplimiento tendrá los efectos
previstos en la cláusula decimocuarta.
En todo lo no regulado en esta cláusula respecto al funcionamiento de la Comisión,
será aplicable lo establecido en la Sección Tercera del Capítulo II del Título Preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a los
órganos colegiados de las Administraciones Públicas.
Las funciones de la Comisión de Seguimiento y Evaluación serán las siguientes:

Décima.

Régimen de modificación.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Las modificaciones se ajustarán a lo previsto en el artículo 19.3 y 19.4 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

cve: BOE-A-2023-11876
Verificable en https://www.boe.es

a) Aprobación de la propuesta de plan de actividades y del presupuesto
correspondiente a cada una de ellas consecuencia de la aplicación del objeto de este
Convenio y de las líneas generales a desarrollar referidas en su cláusula sexta, en un
plazo máximo de 15 días a partir de la firma de este Convenio.
b) Interpretación y control del desarrollo y ejecución del presente Convenio.
c) Evaluación y seguimiento de las actividades desarrolladas en el marco del Convenio.