III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-11800)
Resolución de 10 de mayo de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Confederación Plena Inclusión España, por el que se canaliza una subvención nominativa para el Centro Español de Accesibilidad Cognitiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Jueves 18 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69020
en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para
la Administración General del Estado.
El logotipo del CEACOG, por su parte, incluirá mención expresa de su vinculación
con el Real Patronato sobre Discapacidad de forma literal, añadiendo el nombre «Real
Patronato sobre Discapacidad» o de forma gráfica, incluyendo el logo del organismo.
Asimismo, le corresponde al Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte
proporcional al porcentaje de financiación, los derechos de explotación de la obra
recogidos en la sección segunda del capítulo III del título II el libro I, de la Ley de
Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril,
mientras que el autor se reserva en todo caso el denominado «moral», regulado en la
sección primera de ese mismo capítulo, que la ley le atribuye en todo caso por la
creación de la obra.
Décima.
Protección de datos.
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas del Reglamento
General de Protección de Datos (RGPD), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa al
representante de Plena inclusión España de que sus datos personales se incorporan en
ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre
Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la
agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden
ante el Real Patronato sobre Discapacidad –rpdadmon@mdsocialesa2030.gob.es– calle
Serrano, 140, 28006 Madrid.
Undécima.
Generación de empleo de las personas con discapacidad.
Este convenio debe impactar, a su vez, en la empleabilidad de las personas con
discapacidad. En este sentido, las partes acuerdan que al menos el 30 % del personal
contratado con los fondos de esta subvención para el desarrollo de las actividades del
CEACOG deberán ser personas con discapacidad, lo que deberá certificarse
documentalmente en las correspondientes justificaciones.
Reintegros y régimen sancionador.
Todas y cada una de las entidades beneficiarias de la subvención responderán de
forma solidaria de los reintegros motivados por cualquiera de los supuestos señalados en la
Ley 38/2033, General de Subvenciones. A estos efectos, la responsabilidad solidaria
alcanza a la entidad beneficiaria principal y a las entidades beneficiarias asociadas.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de
demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que
se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos establecidos y en la cuantía fijada en
los artículos 37 y 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El procedimiento declarativo de incumplimiento y de procedencia del reintegro se
iniciará de oficio como consecuencia de la propia iniciativa del órgano competente, una
vez revisada la documentación justificativa del gasto de la subvención y no hallada
completa y conforme en todo o en parte, o ante la detección de cualquiera de las
restantes causas de reintegro.
También procederá la iniciación de oficio del procedimiento como consecuencia de
una orden superior, de la petición razonada de otros órganos que tengan o no atribuidas
facultades de inspección en la materia, o de la formulación de una denuncia. Asimismo,
se iniciará a consecuencia del informe de control financiero emitido por la Intervención
General de la Administración del Estado, resultando de aplicación al respecto lo
cve: BOE-A-2023-11800
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 118
Jueves 18 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 69020
en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para
la Administración General del Estado.
El logotipo del CEACOG, por su parte, incluirá mención expresa de su vinculación
con el Real Patronato sobre Discapacidad de forma literal, añadiendo el nombre «Real
Patronato sobre Discapacidad» o de forma gráfica, incluyendo el logo del organismo.
Asimismo, le corresponde al Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte
proporcional al porcentaje de financiación, los derechos de explotación de la obra
recogidos en la sección segunda del capítulo III del título II el libro I, de la Ley de
Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril,
mientras que el autor se reserva en todo caso el denominado «moral», regulado en la
sección primera de ese mismo capítulo, que la ley le atribuye en todo caso por la
creación de la obra.
Décima.
Protección de datos.
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas del Reglamento
General de Protección de Datos (RGPD), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa al
representante de Plena inclusión España de que sus datos personales se incorporan en
ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre
Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la
agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden
ante el Real Patronato sobre Discapacidad –rpdadmon@mdsocialesa2030.gob.es– calle
Serrano, 140, 28006 Madrid.
Undécima.
Generación de empleo de las personas con discapacidad.
Este convenio debe impactar, a su vez, en la empleabilidad de las personas con
discapacidad. En este sentido, las partes acuerdan que al menos el 30 % del personal
contratado con los fondos de esta subvención para el desarrollo de las actividades del
CEACOG deberán ser personas con discapacidad, lo que deberá certificarse
documentalmente en las correspondientes justificaciones.
Reintegros y régimen sancionador.
Todas y cada una de las entidades beneficiarias de la subvención responderán de
forma solidaria de los reintegros motivados por cualquiera de los supuestos señalados en la
Ley 38/2033, General de Subvenciones. A estos efectos, la responsabilidad solidaria
alcanza a la entidad beneficiaria principal y a las entidades beneficiarias asociadas.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de
demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que
se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos establecidos y en la cuantía fijada en
los artículos 37 y 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El procedimiento declarativo de incumplimiento y de procedencia del reintegro se
iniciará de oficio como consecuencia de la propia iniciativa del órgano competente, una
vez revisada la documentación justificativa del gasto de la subvención y no hallada
completa y conforme en todo o en parte, o ante la detección de cualquiera de las
restantes causas de reintegro.
También procederá la iniciación de oficio del procedimiento como consecuencia de
una orden superior, de la petición razonada de otros órganos que tengan o no atribuidas
facultades de inspección en la materia, o de la formulación de una denuncia. Asimismo,
se iniciará a consecuencia del informe de control financiero emitido por la Intervención
General de la Administración del Estado, resultando de aplicación al respecto lo
cve: BOE-A-2023-11800
Verificable en https://www.boe.es
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