I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2023-11641)
Real Decreto 366/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la cooperación para la preparación y ejecución de proyectos de innovación de interés general llevados a cabo por grupos operativos supraautonómicos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 68191

2. Los proyectos innovadores de interés general objeto de las presentes ayudas se
basarán en el modelo de innovación interactiva que consiste en:
a) Desarrollar soluciones innovadoras que se centren en las necesidades de
quienes se dedican a la agricultura o la silvicultura y, al mismo tiempo, abordar las
interacciones en el conjunto de la cadena de suministro, cuando proceda;
b) contar con una agrupación de los socios y socias con conocimientos
complementarios, como agricultores, personal asesor, personal investigador, empresas u
organizaciones no gubernamentales, en la combinación específica que resulte más
adecuada para alcanzar los objetivos del proyecto, y
c) toma decisiones y creación de forma conjunta durante todo el proyecto, por parte
de la agrupación.
3. Los proyectos deben promover nuevas formas de cooperación, lo que
comprende también las formas de cooperación existentes en caso de inicio de una
nueva actividad. Por ello deberán contener nuevas actividades, en ningún caso
actividades que ya se estén llevando a cabo.
4. Los proyectos de innovación contemplarán como mínimo los siguientes
aspectos, los cuales podrán ser objeto de concreción en la convocatoria
correspondiente:
a) Objetivos del proyecto: Innovación perseguida. Descripción de los resultados
previstos y cómo se alinea con la AEI-Agri y atiende a los objetivos específicos de la PAC
establecidos en el artículo 6, apartados 1 y 2 del Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
b) Producto objetivo, en su caso, y subsector afectado.
c) Estado del conocimiento, de la técnica y de la práctica. Problemas a resolver y
oportunidades a aprovechar.
d) Diseño del grupo operativo previsto para su ejecución.
e) Programa de trabajo: descripción muy detallada de la lógica de intervención, con
indicación de las actividades que conduzcan a alcanzar los resultados y objetivos fijados
y asignación de responsables de su ejecución y recursos económicos.
f) Presupuesto de ejecución junto con una memoria justificativa del coste de las
actividades.
g) Plan de transferencia de resultados y divulgación de información a usuarios
potenciales. Cronograma del plan de transferencia y divulgación de resultados.
h) Cronograma valorado de ejecución del proyecto. Calendario de ejecución de las
actividades previstas con indicación de las fechas de inicio y fin de las mismas, así como
del presupuesto previsto para cada una de ellas.
i) Hitos y resultados esperados para cada período de ejecución que se establezca
en la convocatoria. Indicadores de seguimiento.
j) Impacto esperado: usuarios potenciales de la innovación y relevancia que tendrá
para ellos en la práctica. Impactos económicos, sociales y medioambientales. El
proyecto explicará, cuando proceda, cómo incorpora la perspectiva de género y si
contribuye a la igualdad efectiva de hombres y mujeres.
k) La memoria del proyecto deberá dar publicidad a las fuentes de financiación
como sigue a continuación: «Se redacta el presente proyecto al objeto de ser financiado
en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España, financiado por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER)».
5. El plazo de ejecución de los proyectos y del plan de transferencia de
conocimientos e información de sus resultados se establecerá en cada convocatoria, y
no superará los siete años.
En todo caso, con el fin de cumplir con el efecto incentivador, se requerirá que antes
de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, la entidad beneficiaria haya

cve: BOE-A-2023-11641
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Núm. 117