III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Convenios. (BOE-A-2023-11636)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con asociaciones del sector de la distribución de productos no alimenticios, para el establecimiento de un marco de colaboración en materia de la Red de Alertas de productos no alimenticios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 68134
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE,
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, en las disposiciones reglamentarias del ordenamiento interno en
materia de protección de datos de carácter personal, por el Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y por la orden CSM/418/2022,
de 10 de mayo, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito
de la administración electrónica del Ministerio de Consumo y los documentos aprobados
enmarcados en las distintas políticas de seguridad de las Asociaciones que firman el presente
convenio (ACES, ANGED y ASEDAS).
A estos efectos, las partes firmantes se comprometen al cumplimiento de su obligación de
secreto con respecto a los datos suministrados al amparo del presente convenio y al deber de
tratarlos con confidencialidad. Con este fin, adoptarán las medidas necesarias para evitar su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
En materia de protección de datos, su tratamiento al amparo del presente convenio
tendrá por finalidad la gestión de notificaciones de alerta, posibilitando el contacto entre
de la autoridad de control y las empresas asociadas.
El mencionado tratamiento de datos personales es necesario para el cumplimiento
de una obligación legal en los términos previstos en el artículo 19 del Real
Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos, por el
que se transpone la Directiva 2001/95/CE, de 3 de diciembre de 2001 relativa a la
seguridad general de los productos.
Los datos objeto de tratamiento tienen la categorización de información personal de
los puntos de contacto, siendo estos datos el nombre, dirección, teléfono y correo
electrónico.
Los datos personales suministrados al amparo del presente convenio se
comunicarán a las AACVMC en el ámbito competencial de cada una de las partes. Por
su parte, no está prevista transferencia a terceros países u organizaciones
internacionales.
En el caso de la Dirección General de Consumo, el Responsable del Tratamiento y el
Delegado de Protección de datos a los efectos del Reglamento General de Protección de
Datos son:
Responsable del tratamiento:
Dirección General de Consumo.
C/ Príncipe de Vergara, 54, 28006 Madrid.
dgconsumo@consumo.gob.es
Delegado de Protección de Datos:
Subsecretaría de Consumo - División de Tecnologías y Servicios de la Información.
C/ Alcalá 27, 28014 Madrid.
dpd@consumo.gob.es
En el caso de ACES, el Responsable del Tratamiento a los efectos del Reglamento
General de Protección de Datos es don Aurelio del Pino González.
En el caso de ANGED, el Responsable del Tratamiento a los efectos del Reglamento
General de Protección de Datos es don Marcos Casado.
En el caso de ASEDAS, el Responsable del Tratamiento a los efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es don Ignacio García Magarzo.
En prueba de conformidad con sus términos, suscriben el presente convenio con
fecha de firma electrónica 5 de mayo de 2023.–La Directora General de Consumo,
Bibiana Medialdea García.–El Director General de ACES, Aurelio del Pino González.–El
Vicepresidente Ejecutivo de ANGED, Javier Millán-Astray.–El Secretario General Técnico
de ASEDAS, Felipe Medina Martín.
cve: BOE-A-2023-11636
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 68134
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE,
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, en las disposiciones reglamentarias del ordenamiento interno en
materia de protección de datos de carácter personal, por el Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y por la orden CSM/418/2022,
de 10 de mayo, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito
de la administración electrónica del Ministerio de Consumo y los documentos aprobados
enmarcados en las distintas políticas de seguridad de las Asociaciones que firman el presente
convenio (ACES, ANGED y ASEDAS).
A estos efectos, las partes firmantes se comprometen al cumplimiento de su obligación de
secreto con respecto a los datos suministrados al amparo del presente convenio y al deber de
tratarlos con confidencialidad. Con este fin, adoptarán las medidas necesarias para evitar su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
En materia de protección de datos, su tratamiento al amparo del presente convenio
tendrá por finalidad la gestión de notificaciones de alerta, posibilitando el contacto entre
de la autoridad de control y las empresas asociadas.
El mencionado tratamiento de datos personales es necesario para el cumplimiento
de una obligación legal en los términos previstos en el artículo 19 del Real
Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos, por el
que se transpone la Directiva 2001/95/CE, de 3 de diciembre de 2001 relativa a la
seguridad general de los productos.
Los datos objeto de tratamiento tienen la categorización de información personal de
los puntos de contacto, siendo estos datos el nombre, dirección, teléfono y correo
electrónico.
Los datos personales suministrados al amparo del presente convenio se
comunicarán a las AACVMC en el ámbito competencial de cada una de las partes. Por
su parte, no está prevista transferencia a terceros países u organizaciones
internacionales.
En el caso de la Dirección General de Consumo, el Responsable del Tratamiento y el
Delegado de Protección de datos a los efectos del Reglamento General de Protección de
Datos son:
Responsable del tratamiento:
Dirección General de Consumo.
C/ Príncipe de Vergara, 54, 28006 Madrid.
dgconsumo@consumo.gob.es
Delegado de Protección de Datos:
Subsecretaría de Consumo - División de Tecnologías y Servicios de la Información.
C/ Alcalá 27, 28014 Madrid.
dpd@consumo.gob.es
En el caso de ACES, el Responsable del Tratamiento a los efectos del Reglamento
General de Protección de Datos es don Aurelio del Pino González.
En el caso de ANGED, el Responsable del Tratamiento a los efectos del Reglamento
General de Protección de Datos es don Marcos Casado.
En el caso de ASEDAS, el Responsable del Tratamiento a los efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es don Ignacio García Magarzo.
En prueba de conformidad con sus términos, suscriben el presente convenio con
fecha de firma electrónica 5 de mayo de 2023.–La Directora General de Consumo,
Bibiana Medialdea García.–El Director General de ACES, Aurelio del Pino González.–El
Vicepresidente Ejecutivo de ANGED, Javier Millán-Astray.–El Secretario General Técnico
de ASEDAS, Felipe Medina Martín.
cve: BOE-A-2023-11636
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 116