III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-11635)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universitat Autònoma de Barcelona, para el desarrollo de tesis doctorales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Martes 16 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 68125

i) A conciliar, en caso de discapacidad, la realización de la tesis con aquellas
actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de
discapacidad.
j) Al tratamiento de sus datos de carácter personal de conformidad con la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
k) A aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente.
2.

Deberes del alumnado:

a) Cumplir la normativa de doctorado vigente establecida por la Universidad.
b) Conocer y cumplir el proyecto de tesis siguiendo las indicaciones de la persona
que ejerza como director/a de tesis en el CSIC, bajo la supervisión la persona que ejerza
como tutor/a académico/a de la Universidad.
c) Incorporarse al ICU del CSIC en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en
el proyecto de tesis y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales.
d) Desarrollar el proyecto de tesis y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con los ICU del CSIC, conforme a las líneas establecidas en dicho proyecto.
e) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de los ICU del
CSIC y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante la realización de su
tesis, y por un periodo de tres años, finalizadas éstas. En todo caso, si durante la
realización de la tesis surgiera algún resultado susceptible de protección, el/la alumno/a
deberá figurar como coautor/a de la invención, sin que ninguna de las cláusulas de este
convenio suponga la cesión o transmisión de cualquier derecho de propiedad intelectual
o industrial titularidad del CSIC.
f) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CSIC,
salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenece.
g) Cualquier otro deber previsto en la normativa.
Quinta.

Solicitud de admisión a un programa de doctorado de la UAB.

1.º Se requerirá la remisión firmada por la universidad y el doctorando/a del Anexo
de este convenio, para cuya efectividad deberá contar con la firma del director/a de tesis
y del director/a responsable del ICU en que ésta vaya a realizarse.
La dirección del ICU del CSIC aprobará cada solicitud de realización de tesis
atendiendo a las necesidades del servicio de su ICU y a las posibilidades de acogida y
dirección de las que en ese momento disponga.
Los detalles concretos del proyecto de tesis se recogerán en el Anexo de este
convenio.
2.º Tendrán la misma consideración y efectos del anexo incluido en este convenio,
los formularios físicos o electrónicos de la Universidad dirigidos al mismo fin, siempre
que cumplan con los requisitos previstos en este convenio, debiendo quedar, en todo
caso, a disposición del CSIC.

cve: BOE-A-2023-11635
Verificable en https://www.boe.es

La solicitud de admisión a un programa de doctorado de la UAB por parte del
personal investigador en formación del CSIC se tramitará siempre a través de los
servicios competentes de la Universidad, cumpliendo los procedimientos establecidos
por ésta.
En cualquier caso, la solicitud y autorización de doctorandos matriculados en la UAB,
para la realización de la tesis doctoral en los ICU del CSIC se concretará mediante la
firma del anexo: