III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Becas. (BOE-A-2023-11612)
Orden TMA/488/2023, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y especialización científico y técnica por el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67973
b) Las funciones de la Comisión de Valoración serán las siguientes:
1.º Valoración de los méritos acreditados en la documentación presentada,
conforme a los criterios establecidos.
2.º Realización y valoración de las entrevistas personales a los candidatos
seleccionados en la primera fase, conforme a los criterios establecidos.
3.º Elaboración del informe en el que se concrete el resultado de la evaluación
efectuada.
Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria
pública, adoptada por Resolución de la persona titular de la Dirección del CEDEX. La
convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un
extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado», en la que se hará mención
expresa de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; al Real Decreto 887/2006, de 21 de
junio; y a la presente Orden; así como a la aplicación supletoria de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y
a la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. Las solicitudes se realizarán mediante formulario de inscripción, que deberá ir
acompañado de la documentación acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en
el artículo 3, que se adjuntará a las solicitudes electrónicamente.
3. En virtud de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará a través de la sede
electrónica del CEDEX.
4. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado».
5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor realizará
las comprobaciones de los requisitos de acceso y elaborará la lista provisional de
personas admitidas y excluidas, que se publicarán en la página web del CEDEX, con
indicación en cada caso de la causa o causas de exclusión.
6. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del
día siguiente a la publicación de la lista de excluidos, para poder subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión u omisión en dicha lista provisional. Conforme al artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se tendrá por desistidas de su solicitud a las
personas que no realizaran la subsanación en plazo, previa resolución elevando a
definitiva la lista.
7. El procedimiento de evaluación y selección se realizará por la Comisión de
Valoración en los términos desarrollados en el artículo 6.
8. Concluido el procedimiento de evaluación y selección, la Comisión de Valoración
emitirá un informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada, así
como una prelación ordenada de los candidatos en función de la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases. El citado informe será elevado al órgano
instructor.
9. El órgano instructor, a la vista del informe de la Comisión de Valoración,
formulará la oportuna propuesta de resolución provisional de las becas, que incluirá la
relación ordenada de beneficiarios, así como una relación ordenada de suplentes, para
el caso de renuncia de los adjudicatarios.
La propuesta de resolución provisional se publicará en la página web del CEDEX y
se concederá un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
10. Concluido el plazo anterior y examinadas las alegaciones aducidas en su caso
por los interesados, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, que
incluirá la relación ordenada de beneficiarios, así como una relación ordenada de
suplentes.
cve: BOE-A-2023-11612
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 5.
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67973
b) Las funciones de la Comisión de Valoración serán las siguientes:
1.º Valoración de los méritos acreditados en la documentación presentada,
conforme a los criterios establecidos.
2.º Realización y valoración de las entrevistas personales a los candidatos
seleccionados en la primera fase, conforme a los criterios establecidos.
3.º Elaboración del informe en el que se concrete el resultado de la evaluación
efectuada.
Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria
pública, adoptada por Resolución de la persona titular de la Dirección del CEDEX. La
convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un
extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado», en la que se hará mención
expresa de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; al Real Decreto 887/2006, de 21 de
junio; y a la presente Orden; así como a la aplicación supletoria de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y
a la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. Las solicitudes se realizarán mediante formulario de inscripción, que deberá ir
acompañado de la documentación acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en
el artículo 3, que se adjuntará a las solicitudes electrónicamente.
3. En virtud de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará a través de la sede
electrónica del CEDEX.
4. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado».
5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor realizará
las comprobaciones de los requisitos de acceso y elaborará la lista provisional de
personas admitidas y excluidas, que se publicarán en la página web del CEDEX, con
indicación en cada caso de la causa o causas de exclusión.
6. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del
día siguiente a la publicación de la lista de excluidos, para poder subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión u omisión en dicha lista provisional. Conforme al artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se tendrá por desistidas de su solicitud a las
personas que no realizaran la subsanación en plazo, previa resolución elevando a
definitiva la lista.
7. El procedimiento de evaluación y selección se realizará por la Comisión de
Valoración en los términos desarrollados en el artículo 6.
8. Concluido el procedimiento de evaluación y selección, la Comisión de Valoración
emitirá un informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada, así
como una prelación ordenada de los candidatos en función de la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases. El citado informe será elevado al órgano
instructor.
9. El órgano instructor, a la vista del informe de la Comisión de Valoración,
formulará la oportuna propuesta de resolución provisional de las becas, que incluirá la
relación ordenada de beneficiarios, así como una relación ordenada de suplentes, para
el caso de renuncia de los adjudicatarios.
La propuesta de resolución provisional se publicará en la página web del CEDEX y
se concederá un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
10. Concluido el plazo anterior y examinadas las alegaciones aducidas en su caso
por los interesados, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, que
incluirá la relación ordenada de beneficiarios, así como una relación ordenada de
suplentes.
cve: BOE-A-2023-11612
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 5.