III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Becas. (BOE-A-2023-11612)
Orden TMA/488/2023, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación y especialización científico y técnica por el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Martes 16 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 67970

becas e introducir modificaciones, fruto de la experiencia adquirida en convocatorias
anteriores como la adaptación de algunos criterios de valoración de méritos y un mayor
aprovechamiento de recursos, al posibilitar la reasignación de becas que hayan quedado
desiertas entre áreas de conocimiento.
Por ello, se aprueba esta Orden que establece las nuevas bases reguladoras para la
concesión de becas de formación y especialización científico y técnica en las materias
propias del CEDEX, en aplicación de la línea de subvención incluida en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
(2022-2024) que desarrolla el Objetivo Estratégico de «Apoyar la formación de los
profesionales y la investigación en los ámbitos de competencia del Ministerio» a la vez
que contribuye a los Objetivos operativos de Favorecer la movilidad y la cohesión social,
fomentar la competitividad y la innovación y enriquecer el patrimonio cultural, todo ello de
acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de junio.
Esta Orden ministerial se adecúa a los principios de buena regulación a que se
refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los principios de necesidad y
eficacia puesto que la norma resulta el instrumento más indicado para los intereses que
se persiguen, cumplir con una de las funciones del CEDEX que es la formación de
personal científico y técnico en los ámbitos de su competencia; el principio de
proporcionalidad ya que contiene la regulación imprescindible para atender a las
necesidades que se pretenden cubrir; y el principio de seguridad jurídica ya que es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional. De acuerdo con el principio de
transparencia, el proceso será público, mediante su publicación en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, en la página web del CEDEX y un extracto de la misma en el
«Boletín Oficial del Estado». El principio de eficiencia se ha buscado reduciendo al
mínimo las cargas administrativas y potenciando los medios electrónicos para presentar
y tramitar solicitudes.
La Orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, establecida en el
artículo 149.1.15.ª de la Constitución y de conformidad con el artículo 17 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, previo informe favorable de la Abogacía del Estado y
de la Intervención Delegada en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
y con la conformidad de la Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana en tanto titular de la Presidencia del CEDEX a tenor del artículo 7 de su Estatuto.
En su virtud, a propuesta de la Dirección del CEDEX y con la aprobación previa del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, dispongo:
Objeto y principios generales.

1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la
concesión, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de
publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de
ayudas para la formación y especialización científico y técnica en las materias propias
del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. y M.P. (en adelante,
CEDEX) que se detallarán en las correspondientes convocatorias.
2. Las ayudas adoptarán la forma de becas y serán financiadas con cargo a los
presupuestos del CEDEX.
3. La formación se llevará a cabo en las sedes y dependencias del CEDEX.
4. Estas bases reguladoras y las correspondientes convocatorias tendrán en cuenta
el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14
de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres.

cve: BOE-A-2023-11612
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.