I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-11559)
Estatutos de la Infraestructura de Investigación de Aerosoles, Nubes y Gases Traza (ACTRIS ERIC).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 67807
reunión con el mismo orden del día lo antes posible. En la segunda reunión, se
considerará que hay cuórum si están presentes el 50 % de los miembros y los votos.
8. En particular, la Asamblea General hará lo siguiente:
Decidirá por unanimidad de los miembros presentes en la reunión sobre la
modificación de los estatutos de la ACTRIS ERIC.
De conformidad con el artículo 26, apartado 2, las decisiones sobre los siguientes
asuntos requieren: a) una mayoría de dos tercios de los votos de los miembros
presentes en la reunión y b) una mayoría del 60 % de las contribuciones anuales de los
miembros correspondientes al ejercicio financiero completo más reciente:
a)
b)
La aprobación del plan financiero de la ACTRIS ERIC;
La aprobación de las normas financieras internas.
De conformidad con el artículo 26, apartado 2, las decisiones sobre los siguientes
asuntos requerirán una mayoría de dos tercios de los votos de los miembros presentes
en la reunión:
a) La aprobación de los planes de trabajo anuales y del presupuesto anual;
b) La aprobación de un reglamento interno aparte de las normas financieras
internas;
c) Las contribuciones de los miembros y los observadores permanentes;
d) La liquidación voluntaria y disolución de la ACTRIS ERIC;
e) La aprobación de las cuentas anuales y del informe de actividad del ejercicio
anterior;
f) El nombramiento del presidente y del vicepresidente;
g) El nombramiento o la destitución del director general;
h) La aprobación de nuevos miembros, observadores permanentes y observadores
y la prórroga de la condición de observador;
i) El cese de un miembro o de un observador por decisión de la Asamblea General,
sin el voto del miembro de que se trate;
j) La creación y la eliminación de otros órganos consultivos no regulados por los
presentes estatutos, así como de comités y grupos de trabajo.
Decidirá por mayoría simple: sobre cualquier otro asunto.
Director general.
1. El director general será designado por la Asamblea General según un
procedimiento aprobado por la propia Asamblea. Será contratado por la ACTRIS ERIC y
asumirá su representación jurídica. Será responsable de la ejecución de las decisiones
que adopte la Asamblea General y velará por que el desarrollo científico y estratégico de
la ACTRIS responda a las expectativas sobre el impacto socioeconómico, el desarrollo
tecnológico y la innovación. Contribuirá activamente al desarrollo de la comunidad y al
fomento de las relaciones exteriores y las asociaciones estratégicas, además de
supervisar y coordinar las actividades de la ACTRIS. Representará al ACTRIS ERIC en
cualquier litigio.
2. El director general ocupará su cargo durante cinco años. La Asamblea General
podrá renovar el mandato una vez.
3. El director general tendrá su base en la sede estatutaria de la ACTRIS ERIC y se
encargará de la gestión del personal y las actividades de la ACTRIS ERIC con arreglo a
su presupuesto y su reglamento interno.
cve: BOE-A-2023-11559
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 19.
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 67807
reunión con el mismo orden del día lo antes posible. En la segunda reunión, se
considerará que hay cuórum si están presentes el 50 % de los miembros y los votos.
8. En particular, la Asamblea General hará lo siguiente:
Decidirá por unanimidad de los miembros presentes en la reunión sobre la
modificación de los estatutos de la ACTRIS ERIC.
De conformidad con el artículo 26, apartado 2, las decisiones sobre los siguientes
asuntos requieren: a) una mayoría de dos tercios de los votos de los miembros
presentes en la reunión y b) una mayoría del 60 % de las contribuciones anuales de los
miembros correspondientes al ejercicio financiero completo más reciente:
a)
b)
La aprobación del plan financiero de la ACTRIS ERIC;
La aprobación de las normas financieras internas.
De conformidad con el artículo 26, apartado 2, las decisiones sobre los siguientes
asuntos requerirán una mayoría de dos tercios de los votos de los miembros presentes
en la reunión:
a) La aprobación de los planes de trabajo anuales y del presupuesto anual;
b) La aprobación de un reglamento interno aparte de las normas financieras
internas;
c) Las contribuciones de los miembros y los observadores permanentes;
d) La liquidación voluntaria y disolución de la ACTRIS ERIC;
e) La aprobación de las cuentas anuales y del informe de actividad del ejercicio
anterior;
f) El nombramiento del presidente y del vicepresidente;
g) El nombramiento o la destitución del director general;
h) La aprobación de nuevos miembros, observadores permanentes y observadores
y la prórroga de la condición de observador;
i) El cese de un miembro o de un observador por decisión de la Asamblea General,
sin el voto del miembro de que se trate;
j) La creación y la eliminación de otros órganos consultivos no regulados por los
presentes estatutos, así como de comités y grupos de trabajo.
Decidirá por mayoría simple: sobre cualquier otro asunto.
Director general.
1. El director general será designado por la Asamblea General según un
procedimiento aprobado por la propia Asamblea. Será contratado por la ACTRIS ERIC y
asumirá su representación jurídica. Será responsable de la ejecución de las decisiones
que adopte la Asamblea General y velará por que el desarrollo científico y estratégico de
la ACTRIS responda a las expectativas sobre el impacto socioeconómico, el desarrollo
tecnológico y la innovación. Contribuirá activamente al desarrollo de la comunidad y al
fomento de las relaciones exteriores y las asociaciones estratégicas, además de
supervisar y coordinar las actividades de la ACTRIS. Representará al ACTRIS ERIC en
cualquier litigio.
2. El director general ocupará su cargo durante cinco años. La Asamblea General
podrá renovar el mandato una vez.
3. El director general tendrá su base en la sede estatutaria de la ACTRIS ERIC y se
encargará de la gestión del personal y las actividades de la ACTRIS ERIC con arreglo a
su presupuesto y su reglamento interno.
cve: BOE-A-2023-11559
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 19.