I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-11559)
Estatutos de la Infraestructura de Investigación de Aerosoles, Nubes y Gases Traza (ACTRIS ERIC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Artículo 34.
Sec. I. Pág. 67811
Disposiciones relativas a la creación.
1. El Estado en que tenga su domicilio social la ACTRIS ERIC convocará una
primera reunión de la Asamblea General tan pronto como sea posible a partir de la fecha
en que surta efecto la decisión de la Comisión por la que se crea la ACTRIS ERIC.
2. Antes de que se celebre la primera reunión y en un plazo máximo de cuarenta y
cinco días naturales a partir de la fecha en que surta efecto la decisión de la Comisión
Europea por la que se crea la ACTRIS ERIC, el Estado pertinente notificará a los
miembros fundadores y los observadores cualquier acción legal específica urgente que
deba ejecutarse en nombre de la ACTRIS ERIC. Salvo que un miembro fundador formule
objeciones en el plazo de cinco días hábiles tras la fecha de la recepción de la
notificación, una persona debidamente autorizada por el Estado correspondiente
ejecutará la acción legal.
ANEXO I
Lista de miembros, observadores permanentes, observadores y sus entidades
representantes
Entidades representantes
República de Austria.
Ministerio Federal de Educación, Ciencia e Investigación (Bundesministerium für Bildung, Wissenschaft und
Forschung).
Reino de Bélgica.
Service public de programmation Politique scientifique (BELSPO) — Autoridad federal.
Departement Economie, Wetenscap en Innovatie (EWI) — Vlaamse overheid Service public de Wallonie –
Direction Générale opérationelle de l’Economie, de l’Emploi & de la Recherche (EER) – Región Valona
República de Bulgaria.
Ministerio de Educación y Ciencia.
República de Chipre.
Viceministro de Investigación, Innovación y Política Digital.
República Checa.
Ministerio de Educación, Juventud y Deportes.
Reino de Dinamarca.
Agencia Danesa de Enseñanza Superior y Ciencia
República de Finlandia.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
República Francesa.
Centre national de la recherche scientifique (CNRS).
República Federal de Alemania.
Ministerio Federal de Medio Ambiente, Conservación de la Naturaleza, Seguridad Nuclear y Protección de los
Consumidores.
República Italiana.
Consejo Nacional de Investigación (CNR).
Reino de Noruega.
Consejo de Investigación de Noruega.
República de Polonia.
Ministerio de Educación y Ciencia.
Rumanía.
Ministerul Cercetării, Inovării și Digitalizării (RO), Ministerio de Investigación, Innovación y Digitalización (ES).
Reino de España.
Ministerio de Ciencia e Innovación.
Reino de Suecia.
Consejo Sueco de Investigación (VR).
Observadores.
Entidades representantes.
Confederación Suiza.
Oficina Federal del Medio Ambiente (FOEN).
cve: BOE-A-2023-11559
Verificable en https://www.boe.es
Miembros
Núm. 116
Martes 16 de mayo de 2023
Artículo 34.
Sec. I. Pág. 67811
Disposiciones relativas a la creación.
1. El Estado en que tenga su domicilio social la ACTRIS ERIC convocará una
primera reunión de la Asamblea General tan pronto como sea posible a partir de la fecha
en que surta efecto la decisión de la Comisión por la que se crea la ACTRIS ERIC.
2. Antes de que se celebre la primera reunión y en un plazo máximo de cuarenta y
cinco días naturales a partir de la fecha en que surta efecto la decisión de la Comisión
Europea por la que se crea la ACTRIS ERIC, el Estado pertinente notificará a los
miembros fundadores y los observadores cualquier acción legal específica urgente que
deba ejecutarse en nombre de la ACTRIS ERIC. Salvo que un miembro fundador formule
objeciones en el plazo de cinco días hábiles tras la fecha de la recepción de la
notificación, una persona debidamente autorizada por el Estado correspondiente
ejecutará la acción legal.
ANEXO I
Lista de miembros, observadores permanentes, observadores y sus entidades
representantes
Entidades representantes
República de Austria.
Ministerio Federal de Educación, Ciencia e Investigación (Bundesministerium für Bildung, Wissenschaft und
Forschung).
Reino de Bélgica.
Service public de programmation Politique scientifique (BELSPO) — Autoridad federal.
Departement Economie, Wetenscap en Innovatie (EWI) — Vlaamse overheid Service public de Wallonie –
Direction Générale opérationelle de l’Economie, de l’Emploi & de la Recherche (EER) – Región Valona
República de Bulgaria.
Ministerio de Educación y Ciencia.
República de Chipre.
Viceministro de Investigación, Innovación y Política Digital.
República Checa.
Ministerio de Educación, Juventud y Deportes.
Reino de Dinamarca.
Agencia Danesa de Enseñanza Superior y Ciencia
República de Finlandia.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
República Francesa.
Centre national de la recherche scientifique (CNRS).
República Federal de Alemania.
Ministerio Federal de Medio Ambiente, Conservación de la Naturaleza, Seguridad Nuclear y Protección de los
Consumidores.
República Italiana.
Consejo Nacional de Investigación (CNR).
Reino de Noruega.
Consejo de Investigación de Noruega.
República de Polonia.
Ministerio de Educación y Ciencia.
Rumanía.
Ministerul Cercetării, Inovării și Digitalizării (RO), Ministerio de Investigación, Innovación y Digitalización (ES).
Reino de España.
Ministerio de Ciencia e Innovación.
Reino de Suecia.
Consejo Sueco de Investigación (VR).
Observadores.
Entidades representantes.
Confederación Suiza.
Oficina Federal del Medio Ambiente (FOEN).
cve: BOE-A-2023-11559
Verificable en https://www.boe.es
Miembros