III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-11528)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para prácticas académicas externas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67549
incorporarse a ficheros de titularidad de cada una de ellas con la única finalidad de
proceder a la gestión adecuada del mismo.
La URJC será la responsable de los tratamientos de datos personales efectuados en
el marco de la relación convenida. Los datos personales que se recojan derivados del
presente convenio serán incorporados a los sistemas de gestión de la información de los
que, en su caso, las partes firmantes serán responsables a los efectos de llevar a buen
fin el presente convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal
proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado,
previstas tanto en la normativa vigente a nivel nacional como en el Reglamento General
de Protección de Datos europeo (RGPD).
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al
cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con el
deber de información a los titulares de los datos personales, el deber de secreto y
confidencialidad, las medidas de seguridad y la firma del correspondiente Acuerdo de
confidencialidad entre responsable del tratamiento y encargado del mismo, donde se
detallarán los aspectos concretos relacionados con el tratamiento de datos efectuado por
el encargado del tratamiento.
Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las
informaciones a las que haya podido tener acceso durante la vigencia del presente
convenio, pudiendo aplicarlas y usarlas solamente para la finalidad prevista como
consecuencia del mismo o para la ejecución de éste, de conformidad con lo preceptuado
en la vigente normativa de protección de datos personales nacional y comunitaria.
Cada parte será responsable del tratamiento de datos personales que efectúe. Así,
las partes firmantes responderán exclusivamente por las infracciones en las que las
mismas hubieren incurrido por incumplimiento de las obligaciones asumidas en el
presente convenio en materia de protección de datos o en el Acuerdo de
confidencialidad suscrito.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado éste.
Se informa a las partes de que en relación con la firma de este convenio los datos
contenidos en el mismo se incorporarán a la actividad de tratamiento «asesoramiento en
convenios» del que es responsable la URJC. La finalidad es el análisis y tratamiento de
datos identificativos y cuya base legal es la prevista en el artículo 6.1.b) del RGPD: «el
tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es
parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales»; y la prevista
en el artículo 6.1.e) del RGPD: «el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una
misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al
responsable del tratamiento». Los datos personales podrán ser comunicados a las
Administraciones Públicas y autoridades que establezca la ley y serán conservados el
tiempo necesario para la ejecución del presente convenio.
Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del
tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido a las direcciones que
constan en el encabezamiento del presente convenio, en los términos previstos en la
legislación de protección de datos, aportando fotocopia de su DNI o documento
equivalente, o en las direcciones de correo electrónico habilitadas a tales efectos.
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Novena.
Eficacia y vigencia.
Conforme lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
(REOICO). Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-11528
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67549
incorporarse a ficheros de titularidad de cada una de ellas con la única finalidad de
proceder a la gestión adecuada del mismo.
La URJC será la responsable de los tratamientos de datos personales efectuados en
el marco de la relación convenida. Los datos personales que se recojan derivados del
presente convenio serán incorporados a los sistemas de gestión de la información de los
que, en su caso, las partes firmantes serán responsables a los efectos de llevar a buen
fin el presente convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal
proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado,
previstas tanto en la normativa vigente a nivel nacional como en el Reglamento General
de Protección de Datos europeo (RGPD).
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al
cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con el
deber de información a los titulares de los datos personales, el deber de secreto y
confidencialidad, las medidas de seguridad y la firma del correspondiente Acuerdo de
confidencialidad entre responsable del tratamiento y encargado del mismo, donde se
detallarán los aspectos concretos relacionados con el tratamiento de datos efectuado por
el encargado del tratamiento.
Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las
informaciones a las que haya podido tener acceso durante la vigencia del presente
convenio, pudiendo aplicarlas y usarlas solamente para la finalidad prevista como
consecuencia del mismo o para la ejecución de éste, de conformidad con lo preceptuado
en la vigente normativa de protección de datos personales nacional y comunitaria.
Cada parte será responsable del tratamiento de datos personales que efectúe. Así,
las partes firmantes responderán exclusivamente por las infracciones en las que las
mismas hubieren incurrido por incumplimiento de las obligaciones asumidas en el
presente convenio en materia de protección de datos o en el Acuerdo de
confidencialidad suscrito.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado éste.
Se informa a las partes de que en relación con la firma de este convenio los datos
contenidos en el mismo se incorporarán a la actividad de tratamiento «asesoramiento en
convenios» del que es responsable la URJC. La finalidad es el análisis y tratamiento de
datos identificativos y cuya base legal es la prevista en el artículo 6.1.b) del RGPD: «el
tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es
parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales»; y la prevista
en el artículo 6.1.e) del RGPD: «el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una
misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al
responsable del tratamiento». Los datos personales podrán ser comunicados a las
Administraciones Públicas y autoridades que establezca la ley y serán conservados el
tiempo necesario para la ejecución del presente convenio.
Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del
tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido a las direcciones que
constan en el encabezamiento del presente convenio, en los términos previstos en la
legislación de protección de datos, aportando fotocopia de su DNI o documento
equivalente, o en las direcciones de correo electrónico habilitadas a tales efectos.
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Novena.
Eficacia y vigencia.
Conforme lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
(REOICO). Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-11528
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115