III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-11528)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Lunes 15 de mayo de 2023
Sexta.

Sec. III. Pág. 67548

Obligaciones del CAPN.

El CAPN, tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al adecuado
desarrollo de las prácticas, las siguientes actuaciones:
a) En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitará al
estudiante la realización de sus exámenes y el resto de actividad académica, formativa y
de representación y participación, que sea comunicada con suficiente antelación.
De acuerdo con el órgano responsable de la titulación, nombrará a un tutor que se
responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia,
facilitando a la URJC, al responsable de prácticas o TFG/TFM del Centro en donde esté
matriculado el estudiante, el informe de aprovechamiento de las prácticas a su
finalización. El informe hará constar, con el visto bueno del CAPN, el tiempo de prácticas
realizado, horas totales y su contenido. Este tutor también participará en el proceso de
Garantía de Calidad del Programa de Prácticas, mediante la contestación de un
cuestionario sobre su desarrollo.
b) En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, podrán actuar como
cotutores, investigadores o profesionales de la plantilla del CAPN, en colaboración con
los profesores de la URJC.
c) El CAPN manifiesta que posee los medios materiales y servicios disponibles que
permiten garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando
los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre (BOE de 3 de diciembre), por el que se
aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social.
d) Comunicar toda modificación posterior de las condiciones recogidas en la oferta
inicial a la Unidad de Prácticas Externas de la URJC y a la persona que ejerza la tutela
académica para su aceptación, así como informar de cualquier incidencia que pueda
producirse durante las prácticas.
e) El CAPN observará y hará observar las medidas de Seguridad y Salud
establecidas en el Centro de trabajo asignado. El CAPN informará, formará y hará
cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.
Séptima.

Financiación.

Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto para
el CAPN.
De conformidad con el Real Decreto 1493/2011 (BOE de 27 de octubre de 2011), los
estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas quedarán comprendidos
en el Régimen General de la Seguridad Social si bien el Real Decreto-ley 18/2014, de 15
de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y
la eficiencia (BOE de 17 de octubre de 2014) establece una bonificación del cien por cien
de las cuotas de la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas
curriculares remuneradas (disposición adicional vigesimosexta).

Las partes manifiestan que conocen, cumplen y se someten de forma expresa a lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de esos datos, comprometiéndose a dar un uso debido a los datos de tal
naturaleza que obtengan como consecuencia del desarrollo del presente convenio.
Ambas partes consienten que los datos personales del presente convenio puedan

cve: BOE-A-2023-11528
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Protección de datos.