III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-11551)
Resolución de 3 de mayo de 2023, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Fundación Pública Galega de Medicina Xenómica, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de salud mental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 67765
Causas de extinción y resolución.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución del presente convenio:
– El acuerdo unánime de todos los firmantes.
– La expiración del plazo de eficacia inicial o, en su caso, de cualquiera de sus
prórrogas.
– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y a la otra parte firmante. Si trascurrido el plazo indicado en el
requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte
firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados de acuerdo con los criterios que se determinen por la comisión de
seguimiento.
– Extinción por denuncia unilateral de cualquiera de las partes, para lo cual es
suficiente un preaviso de tres meses.
– Por decisión judicial de la nulidad del convenio.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en Madrid el 3 de mayo
de 2023.–La Gerente del Consorcio, Margarita Blazquez Herranz.–El Director de
FPGMX, Ángel Carracedo.
ANEXO I
Título del proyecto: Procesado, custodia y conservación, a baja temperatura de las
muestras biológicas gestionadas por la Plataforma de ADN
1.
1.1
Muestras.
Tipos de muestras y depósito de las mismas.
La Plataforma de ADN dispone de muestras de ADN de las principales
enfermedades de salud mental. Estas muestras pertenecen a diversas colecciones que
figuran inscritas en el Registro Nacional de Biobancos del Instituto de Salud Carlos III,
O.A, M.P.
cve: BOE-A-2023-11551
Verificable en https://www.boe.es
La creación de una Plataforma de ADN ha sido uno de los objetivos estratégicos del
CIBER que ha permitido durante los últimos años, gestionar colecciones de muestras
biológicas representativas de la población española con trastornos mentales para
ponerlas a disposición de grupos de investigación, asegurando un uso racional, eficaz,
ético y legal de las mismas, además de garantizar el cumplimiento de los derechos de
los donantes.
Para tal fin, el CIBER cuenta con la colaboración de la FPGMX, para coordinar las
actividades necesarias para el mantenimiento de la Plataforma de ADN, pues dicho
centro dispone de la infraestructura científico-tecnológica para poner a disposición de la
comunidad científica del CIBERSAM muestras biológicas bien caracterizadas y
estandarizadas durante el periodo de vigencia del presente convenio. La Fundación
Publica Galega de Medicina Xenómica asume las acciones necesarias para mantener
los espacios destinados la Plataforma de ADN e igualmente pone a disposición del
CIBERSAM el equipamiento necesario tanto informático como técnico para los fines de
este Proyecto.
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 67765
Causas de extinción y resolución.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución del presente convenio:
– El acuerdo unánime de todos los firmantes.
– La expiración del plazo de eficacia inicial o, en su caso, de cualquiera de sus
prórrogas.
– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y a la otra parte firmante. Si trascurrido el plazo indicado en el
requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte
firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados de acuerdo con los criterios que se determinen por la comisión de
seguimiento.
– Extinción por denuncia unilateral de cualquiera de las partes, para lo cual es
suficiente un preaviso de tres meses.
– Por decisión judicial de la nulidad del convenio.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en Madrid el 3 de mayo
de 2023.–La Gerente del Consorcio, Margarita Blazquez Herranz.–El Director de
FPGMX, Ángel Carracedo.
ANEXO I
Título del proyecto: Procesado, custodia y conservación, a baja temperatura de las
muestras biológicas gestionadas por la Plataforma de ADN
1.
1.1
Muestras.
Tipos de muestras y depósito de las mismas.
La Plataforma de ADN dispone de muestras de ADN de las principales
enfermedades de salud mental. Estas muestras pertenecen a diversas colecciones que
figuran inscritas en el Registro Nacional de Biobancos del Instituto de Salud Carlos III,
O.A, M.P.
cve: BOE-A-2023-11551
Verificable en https://www.boe.es
La creación de una Plataforma de ADN ha sido uno de los objetivos estratégicos del
CIBER que ha permitido durante los últimos años, gestionar colecciones de muestras
biológicas representativas de la población española con trastornos mentales para
ponerlas a disposición de grupos de investigación, asegurando un uso racional, eficaz,
ético y legal de las mismas, además de garantizar el cumplimiento de los derechos de
los donantes.
Para tal fin, el CIBER cuenta con la colaboración de la FPGMX, para coordinar las
actividades necesarias para el mantenimiento de la Plataforma de ADN, pues dicho
centro dispone de la infraestructura científico-tecnológica para poner a disposición de la
comunidad científica del CIBERSAM muestras biológicas bien caracterizadas y
estandarizadas durante el periodo de vigencia del presente convenio. La Fundación
Publica Galega de Medicina Xenómica asume las acciones necesarias para mantener
los espacios destinados la Plataforma de ADN e igualmente pone a disposición del
CIBERSAM el equipamiento necesario tanto informático como técnico para los fines de
este Proyecto.