III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-11536)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Mejora de capacidad y funcionalidad de la Autovía de Castilla (A-62). Tramo: Dueñas-Cigales, pp. kk. 97,500 a 119,200".
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Lunes 15 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 67616

tierras y actividades más ruidosas en el periodo habitual de cría de la fauna. En cualquier
caso, la eliminación de la vegetación en la ribera del río Pisuerga y del Canal de Castilla
debe realizarse fuera de la época de cría de la mayor parte de las especies de avifauna
presentes, comprendidas entre el 1 de abril y el 15 de julio, tal y como indica el informe
de la DGPNyPF.
2. Se realizará una prospección faunística en las zonas próximas a las salidas de
las ODT 103+933 y ODT 115+726 al río Pisuerga y al arroyo del Prado o Santa Cruz
(PK 114+500) por personal técnico especializado, de manera previa a la ejecución de las
obras, con el fin de determinar la existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso
de detectarse se avisará al Agente Medioambiental de la zona o al órgano ambiental
autonómico competente que darán las indicaciones oportunas.
3. Durante toda la fase de obras, se establecerá un mecanismo de rescate para la
correcta gestión de todos aquellos ejemplares de fauna que pudieran verse afectados
por las obras. Los ejemplares rescatados serán entregados al Centro de Recuperación
de Fauna Silvestre o al Agente Medioambiental de la zona.
4. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá
solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso,
estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no supongan afección a
especies protegidas.
5. Se adecuarán los sistemas de drenaje longitudinal para impedir que pequeños
vertebrados queden atrapados:
– Se instalará en los canales de drenaje pequeñas rampas de hormigón rugoso
cada 40-50 m, hacia el área de la cuneta. Siempre que sea posible es aconsejable la
instalación en los arcenes de canales de drenaje con ángulos abiertos hacia la cuneta
que permitan el escape de los animales sin necesidad de construir rampas especiales.
– En la base de arquetas y sifones, al menos los lados que están orientados en la
dirección del flujo de agua tendrán un acabado rugoso, y serán lo suficientemente
tendidos como para permitir la huida de la pequeña fauna.
6. Se sustituirán los tubos de drenaje de 1.800 mm, tanto sencillos como multitubo,
por marcos de la mayor dimensión técnicamente posible, en aquellas ubicaciones donde
sea viable el cruce de pequeños vertebrados. Se adaptarán las obras de drenaje
transversal para el paso de pequeños vertebrados y 1 paso inferior y 2 superiores para el
paso de fauna vertebrada de gran tamaño, siguiendo el documento «Prescripciones
técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales (segunda edición,
revisada y ampliada). Documento núm. 1 (2015)» .
7. El cerramiento de la autovía será continuo y se diseñará con refuerzo y
enterrado 30 cm cómo mínimo. Se instalarán rampas de escape cada 1,5-2 km y en los
tramos en los que se ha detectado un mayor riesgo de accidentes (pp. kk. 98-99,
102-103, 106-107 y 112-115). Se cumplirán las «Prescripciones técnicas para el diseño
de pasos de fauna y vallados perimetrales (segunda edición, revisada y ampliada).
Documento núm. 1 (2015)» .
(1)

(1)

8. Las pantallas acústicas que se instalen deberán señalizarse, cuando no sean
opacas, garantizando su visibilidad por parte de la avifauna.
6.

Ruido y Población:

1. Se asegurará la minimización de emisiones acústicas en fase de obra mediante
el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas
relativos a construcción, edificación y transporte (limitación de velocidad de circulación
de vehículos, correcto mantenimiento de maquinaria, priorización de maquinaria con

cve: BOE-A-2023-11536
Verificable en https://www.boe.es

(1)
https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/publicaciones/
prescripciones_pasos_vallados_2a_edicion_tcm30-195791.pdf