III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-11391)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Álava, para el intercambio de información con fines tributarios y la utilización de las aplicaciones de gestión de impuestos especiales e impuestos medioambientales.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66967
Apartado tercero. Intercambio de información sobre el Registro de Operadores
Intracomunitarios.
El objeto de este intercambio es la información necesaria para mantener actualizado
el Registro de Operadores Intracomunitarios.
I. Colectivo de obligados tributarios respecto de los que se realizará el intercambio
de información
El intercambio de información se referirá al colectivo de obligados tributarios inscritos
en el citado Registro gestionados por la Diputación Foral de Álava.
II.
Información objeto de intercambio.
Se producirán dos tipos de intercambio de información:
1. La Diputación Foral de Álava remitirá a la Agencia Tributaria información sobre
los operadores por ella gestionados, a efectos de la actualización del Registro de
Operadores Intracomunitarios.
Respecto de cada operador se enviarán los siguientes datos:
–
–
–
–
–
Clave de actualización (alta en ROI, baja en ROI, modificación de datos).
NIF.
Nombre o razón social.
Domicilio.
Marcas de riesgo.
A su recepción, la Agencia Tributaria aplicará los movimientos al subregistro
gestionado por la Diputación Foral de Álava, pudiendo darse alguna de las siguientes
situaciones:
a) Se acepta el movimiento (alta, baja o modificación) en cuyo caso los
movimientos son aplicados en la fecha en que se ejecuta el proceso.
b) Se acepta el movimiento con incidencia en el caso de modificaciones relativas a
operadores que no constan en el Registro.
c) Se rechaza el movimiento con incidencias si se trata de alta de un operador ya
en alta, o modificación o baja de un operador en baja.
d) Se rechaza el movimiento por diversos errores:
–
–
–
–
–
NIF sintácticamente incorrecto.
NIF no identificado.
NIF duplicado.
Código de Delegación inconsistente.
Otros errores sintácticos.
2. La Agencia Tributaria proporcionará a la Diputación Foral de Álava los datos
completos del correspondiente subregistro gestionado por esta.
Se facilitará la lista completa de operadores con su situación fiscal actual: NIF,
nombre o razón social, domicilio, situación de alta o baja, y fecha de alta y de baja (si
existiese).
III.
Periodicidad y calendario de los intercambios de información.
El envío de información de la Diputación Foral de Álava a la Agencia Tributaria
relativa a los movimientos censales tendrá una periodicidad al menos mensual. Por su
cve: BOE-A-2023-11391
Verificable en https://www.boe.es
La Agencia Tributaria comunicará a la Diputación Foral de Álava detalle de los
rechazos que se han producido en la carga del fichero procesado.
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66967
Apartado tercero. Intercambio de información sobre el Registro de Operadores
Intracomunitarios.
El objeto de este intercambio es la información necesaria para mantener actualizado
el Registro de Operadores Intracomunitarios.
I. Colectivo de obligados tributarios respecto de los que se realizará el intercambio
de información
El intercambio de información se referirá al colectivo de obligados tributarios inscritos
en el citado Registro gestionados por la Diputación Foral de Álava.
II.
Información objeto de intercambio.
Se producirán dos tipos de intercambio de información:
1. La Diputación Foral de Álava remitirá a la Agencia Tributaria información sobre
los operadores por ella gestionados, a efectos de la actualización del Registro de
Operadores Intracomunitarios.
Respecto de cada operador se enviarán los siguientes datos:
–
–
–
–
–
Clave de actualización (alta en ROI, baja en ROI, modificación de datos).
NIF.
Nombre o razón social.
Domicilio.
Marcas de riesgo.
A su recepción, la Agencia Tributaria aplicará los movimientos al subregistro
gestionado por la Diputación Foral de Álava, pudiendo darse alguna de las siguientes
situaciones:
a) Se acepta el movimiento (alta, baja o modificación) en cuyo caso los
movimientos son aplicados en la fecha en que se ejecuta el proceso.
b) Se acepta el movimiento con incidencia en el caso de modificaciones relativas a
operadores que no constan en el Registro.
c) Se rechaza el movimiento con incidencias si se trata de alta de un operador ya
en alta, o modificación o baja de un operador en baja.
d) Se rechaza el movimiento por diversos errores:
–
–
–
–
–
NIF sintácticamente incorrecto.
NIF no identificado.
NIF duplicado.
Código de Delegación inconsistente.
Otros errores sintácticos.
2. La Agencia Tributaria proporcionará a la Diputación Foral de Álava los datos
completos del correspondiente subregistro gestionado por esta.
Se facilitará la lista completa de operadores con su situación fiscal actual: NIF,
nombre o razón social, domicilio, situación de alta o baja, y fecha de alta y de baja (si
existiese).
III.
Periodicidad y calendario de los intercambios de información.
El envío de información de la Diputación Foral de Álava a la Agencia Tributaria
relativa a los movimientos censales tendrá una periodicidad al menos mensual. Por su
cve: BOE-A-2023-11391
Verificable en https://www.boe.es
La Agencia Tributaria comunicará a la Diputación Foral de Álava detalle de los
rechazos que se han producido en la carga del fichero procesado.