III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-11397)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora, para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación del "Proyecto de construcción de obra de drenaje transversal en cauce de la Rambla de Canalejas, paraje El Largo en Cuevas del Almanzora (Almería)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Sábado 13 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 67039

posterioridad al acto de recepción. Esta garantía no cubrirá los desperfectos por un uso
inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos, ni los deterioros debidos
al paso del tiempo.
7. Tramitar ante la Dirección General del Patrimonio el correspondiente expediente
de mutación demanial.
8. La CHS se reserva las funciones de inspección y control sobre los bienes cuyo
uso se entrega.
Novena.

Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora.

Le corresponderán al Ayuntamiento, las siguientes obligaciones y facultades:
1. El mantenimiento y conservación de las obras objeto de este convenio, a partir
del día siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de la
cláusula séptima, convirtiéndose a todos los efectos, en el único responsable de la
infraestructura construida, asumiendo los derechos, obligaciones y cargas inherentes a
dicho mantenimiento y conservación, transitoriamente en régimen de encomienda de
gestión y luego en base a la mutación demanial que se tramite.
2. El pago de todos cuantos tributos graven dichas instalaciones, incluso, en su caso,
el impuesto sobre bienes inmuebles y los costes de suministros y servicios necesarios para
la conservación de lo actuado y en general, de todos los gastos derivados de la gestión,
mantenimiento y conservación de las obras objeto de este convenio.
3. Las autorizaciones necesarias referentes al proyecto constructivo de forma que
sustituya al otorgamiento de la licencia municipal, en caso de que ésta resultara necesaria.
4. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
5. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica Segura, O.A. los terrenos
precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes.
6. La obtención, en caso de ser necesaria, de todos los permisos para la ejecución
de las obras y en particular los correspondientes a la Dirección General de Patrimonio
Cultural y a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Comunidad
Autónoma.
7. Otorgar el acta de mutación demanial una vez tramitado el correspondiente
expediente ante la Dirección General de Patrimonio por parte de la Confederación
Hidrográfica del Segura, O.A.
8. El Ayuntamiento queda autorizado, a partir de la entrega de lo construido, a
utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su ejecución.
Décima. Puesta a disposición de los terrenos.
El Ayuntamiento pondrá a disposición los terrenos necesarios para la ejecución de
las obras. En caso de incumplimiento de tal obligación, este convenio quedará
automáticamente extinguido, debiendo asumir dicha corporación los gastos que se
hubiesen generado hasta esa fecha y los que se determinen por la Comisión de
Seguimiento conforme a lo establecido para la resolución por la cláusula segunda.
Régimen de titularidad.

1. La actuación objeto de este convenio se entregará inicialmente al Ayuntamiento
en régimen de encomienda de gestión mediante la suscripción de convenio tramitado
con tal fin, por lo que no supondrá cambio en el régimen de la titularidad de las obras e
instalaciones objeto de ésta, sin perjuicio de las competencias que sobre la materia le
corresponden al Estado.
2. De acuerdo con lo anterior, la CHS figurará como encomandante para la gestión
del mantenimiento y conservación de las obras de infraestructura de saneamiento
realizadas al Ayuntamiento que actuará como parte encomendada aceptándolas.

cve: BOE-A-2023-11397
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.