I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Ciencia, tecnología e innovación. (BOE-A-2023-11338)
Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 66791
empresariales en el ámbito de la construcción, la automoción, las tecnologías de la
información y la comunicación, la biotecnología o la madera y el mueble. Por otro lado,
La Rioja dispone de un fuerte tejido industrial altamente competitivo, innovador e
internacionalizado, que está integrado, fundamentalmente, por pymes que, como
consecuencia de las limitaciones asociadas con su tamaño, requieren de apoyo para
planificar e implantar sus estrategias de innovación. Por último, la sociedad riojana viene
desarrollando intereses y capacidades hacia la ciencia, la tecnología y la innovación que
es preciso potenciar y consolidar. Los retos a los que todos estos agentes habrán de
enfrentarse son complejos, variados e irrenunciables: la salud y el bienestar, la gestión
sostenible del agua, de la agricultura y de la cadena agroalimentaria, la movilidad
sostenible, segura y conectada, el crecimiento económico, los habilitadores digitales o el
cuidado del entorno y el medioambiente, biosanitario, agroindustrial y tecnologías de la
comunicación e inteligencia artificial, cultura e industria de la lengua, por citar algunos de
los más relevantes.
Corresponde al Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja el papel de
coordinar a los diferentes agentes y estimular el desarrollo de acuerdos de cooperación
entre ellos. También le corresponde el diseño de la planificación estratégica y operativa
de las actividades de ciencia, tecnología e innovación, así como del desarrollo normativo
dentro de sus competencias. Por último, el Gobierno de La Rioja ha de proporcionar la
financiación pública suficiente para que las actividades de investigación, que se
caracterizan por su naturaleza de bien público, sus largos periodos de maduración y sus
resultados inciertos, puedan desarrollarse y alcanzar el objetivo de progreso social para
el que fueron concebidas. Además, ha de ofrecer estímulos a las entidades tanto
públicas como privadas que apuestan por el desarrollo de estrategias de investigación e
innovación. Por último, ha de apoyar la actividad de transferencia y divulgación de los
resultados obtenidos, de forma que la sociedad riojana valore, conserve y favorezca el
desarrollo de nuevos conocimientos.
III
Esta nueva regulación riojana en materia de ciencia, tecnología e innovación da
respuesta, al menos, a tres necesidades: revisar y actualizar la normativa en esta
materia, armonizarla con la regulación nacional y europea, y ordenar, de forma global y
sistemática, la actuación del Gobierno de La Rioja.
En primer lugar, y en relación con la actualización de la Ley 3/2009, de 23 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la necesidad de nueva regulación surge
como consecuencia de los importantes cambios operados a nivel nacional e
internacional en los ámbitos de la política científica y la innovación. Asimismo, es
necesario desarrollar una ley que cuente con un amplio consenso social que permita
diseñar un marco de prioridades estratégicas en cuestiones estructurales tan relevantes
como las afectadas por la presente ley.
En segundo lugar, y en relación con la armonización nacional y europea, la ley
pretende servir de instrumento para la coordinación y planificación del Sistema Riojano
de Ciencia, Tecnología e Innovación dentro de la Estrategia Española de Ciencia,
Tecnología e Innovación y del Programa Marco de Ciencia e Innovación de la Unión
Europea. Adicionalmente, es preciso enmarcar la política científica e innovadora
desarrollada en La Rioja en el Espacio Europeo de la Investigación, que, además de
crear un área de investigación unificada que refuerce las bases científicas y tecnológicas
de los Estados miembros, persigue incentivar a la industria, escuchándola y contando
con ella, e incrementar la inversión y uso del conocimiento para conseguir un crecimiento
sostenible y la creación de puestos de trabajo. El texto de la presente ley refleja la
voluntad del Gobierno de La Rioja de articular el sistema y de convertir la ciencia, la
tecnología y la innovación en los motores del desarrollo económico y social.
Por último, la ley regula el proceso de planificación y coordinación en materia de
ciencia, tecnología e innovación. Su planificación corresponde a la consejería con
cve: BOE-A-2023-11338
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 66791
empresariales en el ámbito de la construcción, la automoción, las tecnologías de la
información y la comunicación, la biotecnología o la madera y el mueble. Por otro lado,
La Rioja dispone de un fuerte tejido industrial altamente competitivo, innovador e
internacionalizado, que está integrado, fundamentalmente, por pymes que, como
consecuencia de las limitaciones asociadas con su tamaño, requieren de apoyo para
planificar e implantar sus estrategias de innovación. Por último, la sociedad riojana viene
desarrollando intereses y capacidades hacia la ciencia, la tecnología y la innovación que
es preciso potenciar y consolidar. Los retos a los que todos estos agentes habrán de
enfrentarse son complejos, variados e irrenunciables: la salud y el bienestar, la gestión
sostenible del agua, de la agricultura y de la cadena agroalimentaria, la movilidad
sostenible, segura y conectada, el crecimiento económico, los habilitadores digitales o el
cuidado del entorno y el medioambiente, biosanitario, agroindustrial y tecnologías de la
comunicación e inteligencia artificial, cultura e industria de la lengua, por citar algunos de
los más relevantes.
Corresponde al Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja el papel de
coordinar a los diferentes agentes y estimular el desarrollo de acuerdos de cooperación
entre ellos. También le corresponde el diseño de la planificación estratégica y operativa
de las actividades de ciencia, tecnología e innovación, así como del desarrollo normativo
dentro de sus competencias. Por último, el Gobierno de La Rioja ha de proporcionar la
financiación pública suficiente para que las actividades de investigación, que se
caracterizan por su naturaleza de bien público, sus largos periodos de maduración y sus
resultados inciertos, puedan desarrollarse y alcanzar el objetivo de progreso social para
el que fueron concebidas. Además, ha de ofrecer estímulos a las entidades tanto
públicas como privadas que apuestan por el desarrollo de estrategias de investigación e
innovación. Por último, ha de apoyar la actividad de transferencia y divulgación de los
resultados obtenidos, de forma que la sociedad riojana valore, conserve y favorezca el
desarrollo de nuevos conocimientos.
III
Esta nueva regulación riojana en materia de ciencia, tecnología e innovación da
respuesta, al menos, a tres necesidades: revisar y actualizar la normativa en esta
materia, armonizarla con la regulación nacional y europea, y ordenar, de forma global y
sistemática, la actuación del Gobierno de La Rioja.
En primer lugar, y en relación con la actualización de la Ley 3/2009, de 23 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la necesidad de nueva regulación surge
como consecuencia de los importantes cambios operados a nivel nacional e
internacional en los ámbitos de la política científica y la innovación. Asimismo, es
necesario desarrollar una ley que cuente con un amplio consenso social que permita
diseñar un marco de prioridades estratégicas en cuestiones estructurales tan relevantes
como las afectadas por la presente ley.
En segundo lugar, y en relación con la armonización nacional y europea, la ley
pretende servir de instrumento para la coordinación y planificación del Sistema Riojano
de Ciencia, Tecnología e Innovación dentro de la Estrategia Española de Ciencia,
Tecnología e Innovación y del Programa Marco de Ciencia e Innovación de la Unión
Europea. Adicionalmente, es preciso enmarcar la política científica e innovadora
desarrollada en La Rioja en el Espacio Europeo de la Investigación, que, además de
crear un área de investigación unificada que refuerce las bases científicas y tecnológicas
de los Estados miembros, persigue incentivar a la industria, escuchándola y contando
con ella, e incrementar la inversión y uso del conocimiento para conseguir un crecimiento
sostenible y la creación de puestos de trabajo. El texto de la presente ley refleja la
voluntad del Gobierno de La Rioja de articular el sistema y de convertir la ciencia, la
tecnología y la innovación en los motores del desarrollo económico y social.
Por último, la ley regula el proceso de planificación y coordinación en materia de
ciencia, tecnología e innovación. Su planificación corresponde a la consejería con
cve: BOE-A-2023-11338
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 114