I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Igualdad de género. (BOE-A-2023-11337)
Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 66751

En 2017 se elaboró el Diagnóstico de Igualdad entre Mujeres y Hombres de La Rioja,
resultado de un proceso de trabajo colaborativo liderado por la Consejería de Políticas
Sociales, Familia, Igualdad y Justicia del Gobierno de La Rioja y el Grupo Transversal de
Género creado al efecto.
El primer Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres 2019-2022,
presentado en 2019, quiso dar respuesta al mandato normativo internacional y estatal,
en línea con los objetivos y metas planteados en el Plan Estratégico de Igualdad de
Oportunidades 2018-2021, el Compromiso Estratégico para la Igualdad entre Mujeres y
Hombres de la Comisión Europea 2016-2019 y la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
Del mismo modo y con el objeto de seguir avanzando en el camino hacia la igualdad,
se ha aprobado el Decreto 26/2020, de 24 de junio, por el que se crea y regula la
Comisión Interdepartamental para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, como órgano colegiado de coordinación en la
aplicación del principio de igualdad en el conjunto de las políticas públicas de la
Administración general de La Rioja y sus organismos públicos.
Asimismo, el Gobierno de La Rioja ha aprobado y desarrollado diversos planes, que
extienden el objetivo de la igualdad sustantiva de mujeres y hombres en diversos
ámbitos de la vida pública.
Los pasos ya dados justifican que la Comunidad Autónoma de La Rioja quiera
dotarse, a través de esta ley, con instrumentos de variada naturaleza y desarrollos
eficaces de los mismos que sirvan al propósito común de lograr una sociedad igualitaria,
justa, solidaria y democrática, en la que las mujeres y los hombres tengan, realmente, los
mismos derechos y oportunidades.
III
La desigualdad de género constituye, indudablemente, una de las principales
barreras en el desarrollo social, político y económico de todas las sociedades. Pese a las
grandes transformaciones que la sociedad ha experimentado en los últimos tiempos, en
cuanto a la posición y el lugar que las mujeres y los hombres ocupan en la misma, los
estudios desarrollados desde el ámbito europeo, estatal y autonómico, como el último
diagnóstico de género de la Comunidad Autónoma de La Rioja, coinciden en la
necesidad de adoptar medidas y acciones tendentes a la consecución de la igualdad
sustantiva de mujeres y hombres.
Avanzar hacia la igualdad sustantiva requiere modificar las circunstancias que impiden a
las personas ejercer plenamente sus derechos y garantizar el acceso a oportunidades de
desarrollo mediante medidas estructurales, legales o de política pública.
La crisis de cuidados, agravada por las consecuencias de la pandemia del covid-19,
ha sido evidente. En el ámbito de la familia y especialmente las mujeres han absorbido el
trabajo no retribuido y no reconocido de los cuidados, siendo uno de los principales
obstáculos de la igualdad.
Con el fin de conseguir una sociedad igualitaria, solidaria, justa y democrática, en la
que las mujeres y los hombres tengan una participación igualitaria, deviene necesario
priorizar la aplicación práctica y efectiva del derecho a la igualdad reconocido
formalmente en los textos legales.
Por ello, esta Ley de igualdad real y efectiva de mujeres y hombres aspira a
conseguir la igualdad real y efectiva, a través de un conjunto de medidas de acción
específica en distintos ámbitos de intervención, instaurando y, en su caso, reforzando,
mecanismos concretos para conseguir que los poderes públicos lleven a cabo políticas y
actuaciones destinadas a erradicar el fenómeno de la desigualdad de mujeres y
hombres. Con este fin, la presente norma pretende garantizar el ejercicio de
competencias autonómicas en clave de género, la máxima vinculación de los poderes
públicos en la causa igualitaria y la incorporación transversal del principio de igualdad en
las políticas públicas, combatiendo toda forma de discriminación.

cve: BOE-A-2023-11337
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 114