III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-11287)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Otis Mobility, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Viernes 12 de mayo de 2023
Artículo 17.

Sec. III. Pág. 66264

Anticipo personal.

Para aquellas personas trabajadoras que lo soliciten, se les concederá un anticipo
personal por una cuantía no superior a 1.500 euros. El plazo para la devolución del
mismo será de doce meses.
Se establece un fondo anual de 180.000 euros. La concesión de anticipos no
excederá en su conjunto del importe establecido en este fondo.
Como criterios de aplicación en la concesión de los anticipos personales, se
concederán por orden cronológico de petición y se tendrá en cuenta el número de
anticipos solicitados. No podrá solicitarse un nuevo anticipo hasta transcurrido doce
meses desde la solicitud del precedente y la devolución íntegra del mismo.
Artículo 18. Ayuda familiar.
a) Para aquellas personas trabajadoras con hijos/as/as que tengan dificultades
físicas o psíquicas o sensoriales, existirá un fondo con destino a la subvención de la
formación y educación especializada de los mismos:
Año 2020: 40.000 euros.
Año 2021: 40.000 euros.
Año 2022: 40.000 euros.
La subvención consistirá en el abono del 100 % de las facturas que por este
concepto de formación y educación especializada se produzcan, con un límite mensual
de:
Año 2020: 190 euros.
Año 2021: 190 euros.
Año 2022: 190 euros.
Dicha subvención será abonada hasta que los hijos/as alcancen la edad de 25 años.
En situaciones excepcionales se estudiarán los casos de más edad o parientes en primer
grado a su cargo y tutela.
Para tener derecho a esta prestación la persona trabajadora tendrá que acreditar
bajo informe médico de la Seguridad Social o estamentos oficiales, el grado de
incapacidad física o psíquica. Si el grado es inferior al establecido por la Ley no tendrá
derecho.
b) Como medio de ayuda a Las personas trabajadoras que tengan hijos/as en edad
escolar o en guarderías o que accedan o cursen estudios en la Universidad se crea un
fondo de:
Año 2020: 204.782,10 euros.
Año 2021: 204.782,10 euros.
Año 2022: 204.782,10 euros.
Se mantiene el reglamento a tal fin acordado.
Jubilación.

En lo que respecta a los términos y condiciones en los que se produzca la jubilación
de las personas trabajadoras de Otis Mobility, SA, se atenderá a la normativa aplicable
en el momento en el que la jubilación tenga lugar.

cve: BOE-A-2023-11287
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 19.