III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-11286)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de la Fundación CEPAIM, Acción Integral con Migrantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66227

trabajo, obligada como consecuencia de ser víctima de cualquiera de estos tipos de
violencia.
La duración de este periodo de suspensión no puede exceder, inicialmente, de 6
meses, salvo que de las actuaciones de tutela judicial se requiera, por la efectividad del
derecho de protección de la víctima, la continuidad de la suspensión. En este caso, el
juez puede prorrogar la suspensión por periodos de tres meses, con un máximo de 18
meses. Durante este periodo se tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo.
e) Extinción del contrato: La trabajadora víctima de violencia de género o víctima de
violencia sexual podrá extinguir su contrato.
f) Permiso no retribuido: La trabajadora víctima de violencia de género o víctima de
violencia sexual podrá solicitar permiso no retribuido dependiendo de las circunstancias
personales.
g) Anticipo preferente: La trabajadora víctima de violencia de género o de violencia
sexual podrá acceder a un anticipo sobre nómina preferente con el fin de hacer frente a
los gastos derivados de su situación. Con tal fin solicitará informe a los servicios sociales
competentes que acredite esta necesidad y evalué las cuantías asumibles por la
trabajadora para restituir esta cantidad.
Artículo 33.

Medidas en materia de igualdad y no discriminación.

La Fundación Cepaim se declara una entidad comprometida con la igualdad de
oportunidades y pone el máximo interés en erradicar y prevenir todo tipo de prácticas
discriminatorias por razón de género, sexo, opción u orientación sexual, religión, etnia,
raza, edad, opción política, sindical o ideológica, en la Fundación Cepaim.
Mujeres y hombres gozarán de igualdad de oportunidades en el acceso y
mantenimiento del empleo, condiciones laborales, la formación, la promoción y el
desarrollo en su trabajo, percibiendo igual salario a igual trabajo.
En este sentido, las partes firmantes se comprometen a desarrollar, cumplimentar y
dar a conocer a todo el personal de la organización las medidas definidas en el Plan de
Igualdad de la Fundación Cepaim vigente en cada momento.
El acoso moral, sexual y por razón de sexo entre personas trabajadoras es
considerado por esta organización como contrario al principio de igualdad de trato, como
una forma de discriminación por razón de sexo y como una manifestación de la violencia
de género; por lo que se hace necesario establecer medidas y estrategias que hagan
efectiva la igualdad de hombres y mujeres en el trabajo y erradiquen las conductas
contrarias a la dignidad de mujeres y hombres.
La Fundación Cepaim dispone de un Protocolo de prevención y actuación frente al
acoso moral, sexual y por razón de sexo, y se encuentra a disposición permanente de
toda la plantilla.
Artículo 34.

Medidas de atención contra problemas de adicciones y/o dependencias.

La persona tendrá derecho a una modificación temporal de horario siempre que no
afecte al servicio a prestar, para acudir a los programas de tratamiento.
La persona tendrá derecho a una reducción de jornada con disminución proporcional
de su retribución, por el período de tiempo que sea necesario para realizar el programa
de tratamiento.
La persona tendrá derecho a una excedencia voluntaria de 6 meses con reserva del
puesto de trabajo, que se podrá prorrogar con los mismos efectos por otros seis meses
en el supuesto de que se acredite la necesidad de continuar con el tratamiento.

cve: BOE-A-2023-11286
Verificable en https://www.boe.es

La Fundación Cepaim facilitará el acceso a los programas de tratamiento a las
personas trabajadoras que tengan problemas de adicción y/o dependencia, que estén
reconocidos por la autoridad sanitaria correspondiente, y que soliciten su participación en
los mismos.
Para ello: