III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-11285)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de pilotos de easyJet Airline Company Limited, Sucursal en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66152
permite que los pilotos publiquen fotografías ni videos en redes sociales cuando las
imágenes muestren al piloto y/o a sus compañeros con uniforme, cuando se muestre
cualquiera de las instalaciones de easyJet (incluida la aeronave, la sala de tripulación,
etc.), ni cuando esas imágenes se tomen mientras el piloto esté de servicio.
Asimismo, el cumplimiento del deber de buena fe, tiene especial relevancia e
incidencia en las declaraciones públicas que puedan realizar los pilotos, por lo que
deberán procurar que éstas sean responsables y que no perjudiquen la reputación social
de easyJet.
Al respecto, la Compañía pone a disposición de los pilotos la Oficina de prensa de
easyJet, cuyos datos de contacto son: Teléfono +44 1582 525252
Email:PROnCall@easyjet.com. La Oficina de prensa de easyJet, concentra todas las
comunicaciones públicas sobre informaciones de la compañía y fija los criterios
informativos de todo el personal, a fin de evitar situaciones que puedan vulnerar el deber
de buena fe por parte de cualquier piloto que puedan dar como resultado una conducta
potencialmente indebida que perjudique la reputación social de easyJet.
Por tanto, es recomendable que, ante el contacto de cualquier medio de
comunicación con un piloto, éste notifique tal circunstancia a la Oficina de prensa de
easyJet a fin de que ésta le asesore sobre la conveniencia o no de su participación
pública como piloto de easyJet y evitar así posibles injerencias en el deber de buena fe
que deben respetar los pilotos y sobre la reputación social de la Compañía.
Certificado médico de la tripulación de vuelo.
Es responsabilidad de cada piloto realizar las renovaciones de su certificado médico
de primera clase en su debido momento antes de que caduque. Este proceso debería
iniciarse idealmente al menos 30 días antes de la fecha de caducidad. Las renovaciones
médicas deben cumplir con los Manuales Operativos (Operating Manuals) y Avisos a la
tripulación de easyJet (NTC). La no renovación del certificado médico que obligue al
piloto a estar fuera de servicio también podría acarrear la adopción de medidas
disciplinarias y/o la pérdida del sueldo básico hasta obtener el certificado si queda
demostrado que se debe a una actuación negligente del piloto.
El coste real de la revisión médica realizada para la renovación anual del certificado
médico de primera clase se reembolsa al piloto, en base a los requisitos de EASA y de
los cargos recomendados. Estos importes se describen en la «tabla de gastos» u otro
documento equivalente indicado por easyJet que se actualiza de conformidad con las
tarifas publicadas.
El reembolso no podrá superar el listado de tarifas publicado de EASA y solamente
cubrirá los elementos necesarios para el proceso de validación. Si las tarifas españolas
superan al listado de tarifas equivalente de EASA publicado, entonces easyJet y SEPLA
harán lo posible por reunirse y analizar la revisión del proceso actual. Los costes
relacionados a las pruebas adicionales necesarias a fin de volver a validar un certificado
médico que superen las revisiones médicas obligatorias anuales serán cubiertos por
easyJet si son exclusivamente solicitados por los servicios médicos, si bien, cuando se
produzcan por causa imputable al piloto, no quedarán cubiertos por easyJet.
No obstante lo anterior, y a elección de los pilotos que así lo deseen, éstos podrán
solicitar, de manera alternativa a lo establecido anteriormente, que este proceso de
renovación sea gestionado por la Compañía. En este caso, la Compañía designará tanto
la fecha de la realización del reconocimiento como el centro médico donde se
efectuará. Este reconocimiento médico se asignará en un día laborable (duty day).
En el caso de que la revisión médica no se programara por parte de la compañía en
la ciudad en la que tiene base el piloto la compañía proporcionará el posicionamiento
necesario para atender dicha revisión.
cve: BOE-A-2023-11285
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 11.
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66152
permite que los pilotos publiquen fotografías ni videos en redes sociales cuando las
imágenes muestren al piloto y/o a sus compañeros con uniforme, cuando se muestre
cualquiera de las instalaciones de easyJet (incluida la aeronave, la sala de tripulación,
etc.), ni cuando esas imágenes se tomen mientras el piloto esté de servicio.
Asimismo, el cumplimiento del deber de buena fe, tiene especial relevancia e
incidencia en las declaraciones públicas que puedan realizar los pilotos, por lo que
deberán procurar que éstas sean responsables y que no perjudiquen la reputación social
de easyJet.
Al respecto, la Compañía pone a disposición de los pilotos la Oficina de prensa de
easyJet, cuyos datos de contacto son: Teléfono +44 1582 525252
Email:PROnCall@easyjet.com. La Oficina de prensa de easyJet, concentra todas las
comunicaciones públicas sobre informaciones de la compañía y fija los criterios
informativos de todo el personal, a fin de evitar situaciones que puedan vulnerar el deber
de buena fe por parte de cualquier piloto que puedan dar como resultado una conducta
potencialmente indebida que perjudique la reputación social de easyJet.
Por tanto, es recomendable que, ante el contacto de cualquier medio de
comunicación con un piloto, éste notifique tal circunstancia a la Oficina de prensa de
easyJet a fin de que ésta le asesore sobre la conveniencia o no de su participación
pública como piloto de easyJet y evitar así posibles injerencias en el deber de buena fe
que deben respetar los pilotos y sobre la reputación social de la Compañía.
Certificado médico de la tripulación de vuelo.
Es responsabilidad de cada piloto realizar las renovaciones de su certificado médico
de primera clase en su debido momento antes de que caduque. Este proceso debería
iniciarse idealmente al menos 30 días antes de la fecha de caducidad. Las renovaciones
médicas deben cumplir con los Manuales Operativos (Operating Manuals) y Avisos a la
tripulación de easyJet (NTC). La no renovación del certificado médico que obligue al
piloto a estar fuera de servicio también podría acarrear la adopción de medidas
disciplinarias y/o la pérdida del sueldo básico hasta obtener el certificado si queda
demostrado que se debe a una actuación negligente del piloto.
El coste real de la revisión médica realizada para la renovación anual del certificado
médico de primera clase se reembolsa al piloto, en base a los requisitos de EASA y de
los cargos recomendados. Estos importes se describen en la «tabla de gastos» u otro
documento equivalente indicado por easyJet que se actualiza de conformidad con las
tarifas publicadas.
El reembolso no podrá superar el listado de tarifas publicado de EASA y solamente
cubrirá los elementos necesarios para el proceso de validación. Si las tarifas españolas
superan al listado de tarifas equivalente de EASA publicado, entonces easyJet y SEPLA
harán lo posible por reunirse y analizar la revisión del proceso actual. Los costes
relacionados a las pruebas adicionales necesarias a fin de volver a validar un certificado
médico que superen las revisiones médicas obligatorias anuales serán cubiertos por
easyJet si son exclusivamente solicitados por los servicios médicos, si bien, cuando se
produzcan por causa imputable al piloto, no quedarán cubiertos por easyJet.
No obstante lo anterior, y a elección de los pilotos que así lo deseen, éstos podrán
solicitar, de manera alternativa a lo establecido anteriormente, que este proceso de
renovación sea gestionado por la Compañía. En este caso, la Compañía designará tanto
la fecha de la realización del reconocimiento como el centro médico donde se
efectuará. Este reconocimiento médico se asignará en un día laborable (duty day).
En el caso de que la revisión médica no se programara por parte de la compañía en
la ciudad en la que tiene base el piloto la compañía proporcionará el posicionamiento
necesario para atender dicha revisión.
cve: BOE-A-2023-11285
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 11.