III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-11285)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de pilotos de easyJet Airline Company Limited, Sucursal en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Artículo 53.
Sec. III. Pág. 66179
Retirada de servicio.
Cuando un vuelo es cancelado, el piloto cobrará un pago (retirada de servicio), de
conformidad con el apéndice de pagos. El pago deberá́ reclamarse manualmente,
mediante formulario presentado al administrador de la base del piloto. Se considera que
un piloto haya sido «retirado de servicio», cuando, a partir del momento en que éste
haya salido de su domicilio hacía al aeropuerto con la intención de efectuar un servicio
de vuelo, y/o un servicio de imaginaria en el aeropuerto, la Compañía haya decidido
cancelar el servicio a prestar, y que no se le haya asignado otro servicio para ese día.
Artículo 54. Bono de fidelidad.
1. Los pilotos con base en España tienen derecho a recibir el pago de un bono de
fidelidad.
2. El bono de fidelidad se calcula en base al sueldo real con derecho a primas, es
decir, el sueldo básico pagado por servicios prestados en vuelos y tierra, durante los 12
meses anteriores antes de la fecha de aniversario del piloto.
3. El bono de fidelidad se paga el mes del aniversario del servicio del piloto (fecha
válida) siempre y cuando el piloto no haya dado o recibido aviso de la rescisión del
contrato de empleo en su fecha válida. El referido pago se realizará mensualmente y de
forma vencida, siempre que los acuerdos transitorios al respecto sean acordados entre
las partes.
4. El bono de fidelidad se paga a todos los pilotos que alcancen una determinada
antigüedad en la empresa según los apéndices de pagos.
Artículo 55. Plus de productividad.
1. Un esquema de plus de productividad es aplicable a los pilotos basados en
España de conformidad con los términos y condiciones publicados por easyJet para
cada año fiscal.
2. La definición de la naturaleza, los criterios, los objetivos y la forma de pago del
plus de productividad corresponderá a la Compañía bajo el control del Comité de
Remuneración.
3. El pago del plus de productividad depende del logro de los objetivos de
rendimiento financiero de la Compañía (Beneficios brutos).
4. El desembolso del plus de productividad se aplica a partir del marzo 2022, según
los apéndices de pagos.
CAPÍTULO 8
Régimen Disciplinario
El ejercicio de esta facultad comprende el conocimiento y, en su caso, sanción del
incumplimiento laboral y contractual del trabajador, de acuerdo con la valoración de las
faltas y sanciones previstas en el Convenio.
No podrán aplicarse, en ninguna circunstancia, sanciones que supongan una
reducción del derecho a vacaciones o cualquier otra merma de los derechos del
trabajador con respecto a los períodos de descanso o multa de haber.
Artículo 57. Requisitos Formales.
La imposición de sanciones por faltas graves y muy graves requerirá la apertura de
un Expediente Disciplinario con el nombramiento de un instructor que recabará los
argumentos y pruebas que considere pertinentes. Además, se requerirá al piloto para
cve: BOE-A-2023-11285
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 56. Potestad Disciplinaria.
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Artículo 53.
Sec. III. Pág. 66179
Retirada de servicio.
Cuando un vuelo es cancelado, el piloto cobrará un pago (retirada de servicio), de
conformidad con el apéndice de pagos. El pago deberá́ reclamarse manualmente,
mediante formulario presentado al administrador de la base del piloto. Se considera que
un piloto haya sido «retirado de servicio», cuando, a partir del momento en que éste
haya salido de su domicilio hacía al aeropuerto con la intención de efectuar un servicio
de vuelo, y/o un servicio de imaginaria en el aeropuerto, la Compañía haya decidido
cancelar el servicio a prestar, y que no se le haya asignado otro servicio para ese día.
Artículo 54. Bono de fidelidad.
1. Los pilotos con base en España tienen derecho a recibir el pago de un bono de
fidelidad.
2. El bono de fidelidad se calcula en base al sueldo real con derecho a primas, es
decir, el sueldo básico pagado por servicios prestados en vuelos y tierra, durante los 12
meses anteriores antes de la fecha de aniversario del piloto.
3. El bono de fidelidad se paga el mes del aniversario del servicio del piloto (fecha
válida) siempre y cuando el piloto no haya dado o recibido aviso de la rescisión del
contrato de empleo en su fecha válida. El referido pago se realizará mensualmente y de
forma vencida, siempre que los acuerdos transitorios al respecto sean acordados entre
las partes.
4. El bono de fidelidad se paga a todos los pilotos que alcancen una determinada
antigüedad en la empresa según los apéndices de pagos.
Artículo 55. Plus de productividad.
1. Un esquema de plus de productividad es aplicable a los pilotos basados en
España de conformidad con los términos y condiciones publicados por easyJet para
cada año fiscal.
2. La definición de la naturaleza, los criterios, los objetivos y la forma de pago del
plus de productividad corresponderá a la Compañía bajo el control del Comité de
Remuneración.
3. El pago del plus de productividad depende del logro de los objetivos de
rendimiento financiero de la Compañía (Beneficios brutos).
4. El desembolso del plus de productividad se aplica a partir del marzo 2022, según
los apéndices de pagos.
CAPÍTULO 8
Régimen Disciplinario
El ejercicio de esta facultad comprende el conocimiento y, en su caso, sanción del
incumplimiento laboral y contractual del trabajador, de acuerdo con la valoración de las
faltas y sanciones previstas en el Convenio.
No podrán aplicarse, en ninguna circunstancia, sanciones que supongan una
reducción del derecho a vacaciones o cualquier otra merma de los derechos del
trabajador con respecto a los períodos de descanso o multa de haber.
Artículo 57. Requisitos Formales.
La imposición de sanciones por faltas graves y muy graves requerirá la apertura de
un Expediente Disciplinario con el nombramiento de un instructor que recabará los
argumentos y pruebas que considere pertinentes. Además, se requerirá al piloto para
cve: BOE-A-2023-11285
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 56. Potestad Disciplinaria.